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PÆg. 292452 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de mayo de 2005 tal de San Martín de Porres, siendo necesario designar al funcionario idóneo; Que, la Dra. HAYDÉE PÉREZ SAAVEDRA fue de- signada mediante Resolución de Alcaldía Nº 150-99-A/MPH, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huancayo, en mérito de la Sétima Disposición Complementaria de la Ley de EjecuciónCoactiva Ley Nº 26979; Que, mediante Oficio Nº 022-2005-MPH/GA-SGP de fecha 3 de mayo del 2005 de la Subgerencia de Personalde la Municipalidad Provincial de Huancayo comunica que el desplazamiento de la Dra. HAYDÉE PÉREZ SAAVEDRA cuenta con la aceptación de parte de la cita-da Comuna; De conformidad con el Artículo 77º del Decreto Su- premo Nº 005-90-PCM, y en uso de las facultades queconfiere el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Dra. HAYDÉE PÉREZ SAAVEDRA, en el cargo de GERENTE DE EJECUTORÍA COACTIVA, Director del Sistema Administrativo I, Ejecutor Coactivo, con NivelRemunerativo F-2, de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, desempeñando las funciones señala- das en el ROF de la Municipalidad de San Martín dePorres, y la Ley Nº 26978 y sus modificatorias; dispo- niendo que una vez culmine su designación, regresará a su plaza de origen, que se reservará en la MunicipalidadProvincial de Huancayo. Artículo Segundo.- El citado funcionario tendrá de- recho a percibir las remuneraciones que correspondande acuerdo a Ley. Artículo Tercero.- El egreso que origine el artículo anterior se afectará a la específica del gasto correspon-diente al presupuesto Municipal vigente. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Recur- sos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08977 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 129-MDSMP Mediante Oficio Nº 0208-2005-SG/MDSMP, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, solici- ta se publique FE DE ERRATAS de la Ordenanza Nº 129-MDSMP, que modifica la Estructura Orgánicade la Municipalidad, publicada en nuestra edición del 30 de abril de 2005. DICE: "Artículo Primero.- Modificar la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Martín de Porres, estable- ciendo la Gerencia de Ejecución Coactiva, como órgano apoyo dependente de la Gerencia Municipal, y los Ar-tículos 20º y 43º del Reglamento de Organización y Fun- ciones (ROF) aprobado por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 065-MDSMP, los mismos que tendrán lossiguientes textos: Artículo 20º.- PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICI- PAL (...) a. Representar y defender a la Municipalidad y sus intereses en los diversos procesos judiciales donde in- tervenga, sean éstos de índole civil, penal, laboral o con- tencioso administrativo, arbitral, diligencias conciliatoriase investigaciones preliminares. b. Ejercer la defensa judicial de autoridades, funciona- rios y servidores municipales, que por el ejercicio de lascompetencias y atribuciones que la Ley les asigna o por el ejercicio de las funciones de sus cargos, sean objeto de denuncia penal.c. Iniciar procesos judiciales previa autorización por parte del Concejo Municipal, con excepción de los deli- tos perseguibles de oficio; los que una vez atendidos se dan cuenta al Concejo.(...) e. Denunciar, prestar instructiva, preventiva y testi- moniales y constituirse en parte civil así como declararcomo imputado." (..) DEBE DECIR: "Artículo Primero.- Modificar la Estructura Orgá- nica de la Municipalidad de San Martín de Porres, en las funciones de la Procuraduría Pública Municipal yestableciendo la Gerencia de Ejecución Coactiva, como órgano de apoyo dependiente de la Gerencia Municipal, quedando la Gerencia de AdministraciónTributaria y Rentas solamente con las tres primeras Unidades Orgánicas que aparecen en el Artículo 39º del ROF; en consecuencia, modificar los Artículos20º y 43º, del Reglamento de Organización y Funcio- nes (ROF) aprobados por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 065-MDSMP; tienen a partir de la fe-cha los siguientes textos: Artículo 20º.- PROCURADURÍA PÚBLICA (...) a. Representar y defender a la Municipalidad y sus intereses en los diversos procesos judicialesdonde intervenga, sean éstos de índole civil, penal, laboral o contencioso administrativo, arbitral, diligen- cias previas e investigaciones preliminares. b. Ejercer la defensa judicial de autoridades, funcionarios y servidores municipales, que por el ejer-cicio de las competencias y atribuciones que la Ley les asigna o por el ejercicio de las funciones de sus cargos, sean objeto de denuncia penal, conforme conla Ley Nº 17537. c. Iniciar procesos judiciales previa autorización por parte del Concejo Municipal, con excepción de los deli- tos flagrantes y perseguibles de oficio; los que una vez atendidos se darán cuenta al Concejo. e. Denunciar, prestar preventiva y testimoniales y constituirse en parte civil." 08998 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 48-2005-ACSS Mediante Oficio Nº 326-2005-SG-MSS la Municipalidad de Santiago de Surco solicita se publi- que Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 48- 2005-ACSS, publicado en la edición del 11 de mayode 2005. DICE: ACUERDO DE CONCEJO Nº 48-2005-ACSS Santiago de Surco, 9 de abril de 2005 DEBE DECIR: ACUERDO DE CONCEJO Nº 48-2005-ACSS Santiago de Surco, 9 de mayo de 2005 08925