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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G35/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de mayo de 2005 ANEXO PROYECTO DE NORMA PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS COSTOS EFICIENTES AL COORDINADOR DE LA OPERACIÓN DEL SEIN Y A LAS ENTIDADES DELEGADAS Artículo 1º.- OBJETIVO El presente procedimiento tiene por objeto establecer los crite- rios, lineamientos y parámetros necesarios para efectuar el pagode los costos eficientes al Coordinador y a los Delegados, deconformidad con el Decreto Supremo Nº 003-2005-EM. Artículo 2º.- ALCANCES El procedimiento es de aplicación para todos los inte- grantes del COES-SINAC, para el pago de los costos efi-cientes al Coordinador y a los Delegados, por la coordina-ción de la operación en tiempo real del sistema interconec-tado. Asimismo, en los casos que se dicten posteriormentecambios al marco regulatorio, implicará necesariamente larevisión y/o modificación del presente procedimiento. Artículo 3º.- BASE LEGAL/GA7Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctri- cas (en adelante “LCE”) y su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 009-93-EM. /GA7Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. /GA7Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Regu- ladores de la Inversión Privada en los Servicios Pú-blicos. /GA7Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. /GA7Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado porDecreto Supremo Nº 054-2001-PCM. /GA7Resolución Directoral Nº 014-2005-EM/DGE, Norma Técnica para la Coordinación de la Operación enTiempo Real de los Sistemas Interconectados. /GA7Decreto Supremo Nº 020-97-EM, Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos. /GA7Decreto Supremo Nº 003-2005-EM, que sustituye el Art. 92º del Reglamento de la Ley de ConcesionesEléctricas, publicada el 3 de febrero de 2005. /GA7En todos los casos, se incluye las normas modificato- rias, complementarias y conexas a los dispositivos ci-tados; y las normas que los modifiquen o sustituyan. Artículo 4º.- GLOSARIO DE TÉRMINOS COES-SINAC : Comité de Operación Económica del Sis- tema Eléctrico Interconectado Nacional. SEIN: Sistema Eléctrico Interconectado Nacional. DOCOES : Dirección de Operaciones del COES-SINAC. NTCOTR: Norma Técnica para la Coordinación de la Ope- ración en Tiempo Real de los sistemas interconectados. NTCSE: Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos. Artículo 5º.- DEFINICIONES Y CONDICIONES GENE- RALES 5.1 Coordinador Es la entidad encargada de coordinar, supervisar y con- trolar la ejecución de la operación en tiempo real del siste-ma. Dicha función le corresponde al Centro Coordinadorde la Operación del SEIN del COES-SINAC. De acuerdo a lo establecido en la NTCOTR, correspon- de al Coordinador delegar temporalmente parte de susfunciones a uno o más integrantes del Sistema, con lafinalidad de facilitar la subsanación de situaciones del sis-tema en estados de alerta, emergencia y recuperación. 5.2 Integrantes del COES-SINAC Lo conforman las empresas de generación y transmisión integrantes del COES-SINAC, las cuales deberán disponernecesariamente de un centro de control para la operación entiempo real de sus instalaciones, asimismo, estarán obligadosa cumplir las disposiciones del Coordinador y contarán con losrecursos humanos y materiales necesarios para operar física-mente sus instalaciones en condiciones de eficiencia. 5.3 Delegados Corresponde a uno o más integrantes del COES-SI- NAC, las cuales reciben la delegación temporal del Coordi-nador, a fin de facilitar la subsanación de situaciones deestado de alerta, emergencia y recuperación del sistema. La DOCOES definirá la clasificación para la delegación que corresponda a cada integrante del COES-SINAC.5.4 Costos Eficientes Corresponde a los costos de inversión, operación y mantenimiento, asociados al equipamiento para la coordi-nación de la operación en tiempo real del SEIN, en condi-ciones de eficiencia. Las magnitudes de los costos eficien-tes para el Coordinador y los Delegados, serán las queestablezca el OSINERG mediante resolución, con una pe-riodicidad de cinco (5) años. 5.5 Estándares Técnicos Mínimos de Equipamiento Corresponde a las características técnicas mínimas de equipamiento, que el Coordinador deberá contar para elcumplimiento de sus funciones, las cuales serán las esta-blecidas por el OSINERG mediante resolución, con unaperiodicidad de cinco (5) años. Artículo 6º.- CRITERIOS PARA LA COORDINACIÓN 6.1 De la Delegación Ante situaciones tales como, estados de alerta, emergen- cia y recuperación descritos en la NTCOTR, el Coordinadorpodrá delegar temporalmente parte de sus funciones a losDelegados, los mismos que están obligados a aceptar la dele-gación dispuesta por el Coordinador en las áreas de influenciapreviamente definidas en un convenio. Asimismo, el Coordina-dor remitirá a los Delegados, la información de la operaciónasociada a cada área operativa de influencia, con el fin que secomplemente la información propia del Delegado. Durante el tiempo que disponga el Delegado para la operación en su zona de influencia, éste contará con lasmismas facultades y prerrogativas del Coordinador y siem-pre bajo las directivas de dicho Coordinador. 6.2 Convenio De acuerdo con lo establecido en la NTCOTR, la delegación de funciones que realice el Coordinador deberá ser previamenteestablecida mediante un convenio, en el cual se deben definir lasresponsabilidades, los procedimientos de maniobra, el equipa-miento y la zona operativa de influencia que le asigne el Coordi-nador al Delegado, con el fin de garantizar la seguridad, el acce-so a las redes y confiabilidad durante las maniobras. Los convenios que realice el Coordinador con los Dele- gados, deberán ser remitidos al OSINERG para la supervi-sión y fiscalización respectiva. Artículo 7º.- ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓN La adecuación de las instalaciones del Coordinador de acuer- do a los numerales 5.4 y 5.5 del presente procedimiento, sellevará a cabo en tres (3) etapas consecutivas, las cuales son: 7.1 Etapa 1 Corresponde a los primeros seis (6) meses de vigencia, durante la cual, el Coordinador deberá iniciar las gestionesnecesarias, con el fin de cumplir con los estándares técni-cos mínimos del equipamiento para la coordinación y ope-ración en tiempo real del sistema. Asimismo, el Coordina-dor deberá iniciar y culminar los convenios necesarios conlos integrantes del COES-SINAC, vinculadas a las diversaszonas de influencia del sistema interconectado. Durante esta etapa, el Coordinador podrá delegar y no habrá pago alguno al Coordinador y a los Delegados. 7.2 Etapa 2 Corresponde a los siguientes veinticuatro (24) meses posteriores a la etapa 1. Durante esta etapa el Coordina-dor está obligado a realizar las inversiones de equipamien-to, operación y mantenimiento para la coordinación de laoperación en tiempo real del sistema en condiciones deeficiencia. Durante esta etapa, el Coordinador podrá dele-gar parte de sus funciones a los Delegados. El OSINERG supervisará y fiscalizará el grado de cumpli- miento del Coordinador a la adecuación de sus instalacionescon el equipamiento mínimo necesario. Asimismo, los integran-tes del COES-SINAC efectuarán los pagos que correspondanal Coordinador y a los Delegados en función a la metodologíadescrita en el Artículo 8º del presente procedimiento. 7.3 Etapa 3 Se inicia una vez culminada la etapa 2 y es de plazo indefi- nido. Durante esta etapa, el Coordinador deberá cumplir susfunciones en condiciones de eficiencia y podrá delegar partede sus funciones a los Delegados. Asimismo, los integrantesdel COES-SINAC efectuarán los pagos que correspondan alCoordinador y a los Delegados en función a la metodologíadescrita en el Artículo 8º del presente procedimiento. Artículo 8º.- PROCEDIMIENTO DEL PAGO AL COOR- DINADOR Y DELEGADOS 8.1 Del Pago al Coordinador Los integrantes del COES-SINAC, reconocerán anual- mente al Coordinador los siguientes costos:/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F