Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2005 (14/05/2005)


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c) Valor de adquisicion de la Embarcacion.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2005

7.2 Cuando se transfiera la propiedad de la Embarcacion, el transferente debera proporcionar la siguiente informacion: a) Numero de RUC del adquirente, de ser el caso. b) Apellidos y nombres, denominacion o razon social del adquirente. c) Numero de matricula de la Embarcacion transferida. d) Valor de la transferencia. e) Fecha de la transferencia. 7.3 Cuando se cancele la matricula, el propietario debera proporcionar la siguiente informacion: a) Numero de matricula de la Embarcacion dada de baja b) Numero y fecha de la Resolucion de la Capitania de Puerto. El Formulario Virtual Nº 1691 sera presentado a traves de SUNAT Virtual para lo cual el sujeto del Impuesto debera obtener el codigo de usuario y la clave de acceso referido en el literal a) del articulo 3º. Una vez ingresada la informacion podra imprimir su MORDAZA de MORDAZA de la declaracion informativa. Articulo 8º.- MOTIVOS DE RECHAZO DE LA DECLARACION INFORMATIVA La declaracion informativa a que se refieren los numerales 7.2 y 7.3 del articulo 7º sera considerada como no presentada, de detectarse alguna de las siguientes situaciones: a) Si previamente no se hubiera declarado la embarcacion mediante los Formularios Virtuales Nums. 1690 o 1691. b) Si la embarcacion no correspondiera al transferente o al propietario que cancela la matricula de la embarcacion. De producirse alguna de las situaciones mencionadas se emitira la MORDAZA de rechazo, la cual podra ser impresa por el sujeto del Impuesto. Articulo 9º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion.

aplicacion de las sanciones correspondientes, podran regularizar la MORDAZA de la Declaracion a traves del Formulario Virtual Nº 1690 consignando el ano que se desea regularizar. Dicho formulario sera presentado a traves de SUNAT Virtual. El pago del Impuesto se realizara a traves del Sistema Pago Facil, informando lo siguiente: Codigo de Tributo 7151 Periodo Mes y ano de vencimiento de la obligacion.

Cuarta.- DE LAS DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS Excepcionalmente, las siguientes declaraciones juradas informativas podran ser presentadas hasta el 27 de MORDAZA de 2005 mediante el Formulario Virtual Nº 1691: a) La declaracion jurada sobre transferencias de dominio producidas entre el 1 de enero y el 10 de MORDAZA de 2005. b) La declaracion jurada a que se refiere el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF, por los hechos detallados en el mencionado articulo, producidos entre el 11 de MORDAZA de 2005 y el 30 de junio de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 09099

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Regulan adecuacion de la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Huachipa a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972
ORDENANZA Nº 768
El MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de MORDAZA de 2005, el Dictamen Nº 01-2005-MML/CE de la Comision Especial, conformada mediante Acuerdo de Concejo Nº 051 de 17 de febrero de 2005 y de conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 062-2005-MMLCMAL; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA ADECUACION DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA A LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es regular el MORDAZA de adecuacion de la Municipalidad CP MORDAZA MORDAZA de Huachipa, determinando las competencias, funciones, y atribuciones administrativas economico- tributarias, a ser ejercidas de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, permitiendoles sostener la prestacion de servicios publicos locales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES Previamente a la MORDAZA de la Declaracion y pago del Impuesto o de la MORDAZA de la informacion a que se refiere el articulo 7º de la presente Resolucion, los sujetos del Impuesto o los sujetos obligados al pago que no posean numero de RUC, deberan obtenerlo. Segunda.- DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2005 De conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 057-2005EF la Declaracion correspondiente al ano 2005 se podra efectuar hasta el 31 de MORDAZA de 2005 mediante el Formulario Virtual Nº 1690 a traves de SUNAT Virtual. Igualmente, conforme lo dispone la citada Disposicion, el pago al contado del Impuesto correspondiente al periodo 2005, o de la primera cuota, en el caso se hubiese optado por cancelar el Impuesto en forma fraccionada, se podra efectuar hasta el 31 de MORDAZA de 2005 a traves del Sistema Pago Facil - Formulario Virtual Nº 1662 ­ Boleta de Pago, consignando como periodo 05-2005. Para efecto del pago de las cuotas restantes, correspondientes al ejercicio 2005, se consignara lo siguiente: Numero de cuota - MORDAZA Cuota - Tercera Cuota - Cuarta Cuota Periodo 07 - 2005 10 - 2005 01 - 2006

Tercera.- DECLARACIONES Y PAGO DE EJERCICIOS ANTERIORES Los sujetos del Impuesto que a la fecha de publicacion de la presente Resolucion no hubieran presentado la Declaracion ni realizado el pago del Impuesto correspondiente a ejercicios anteriores al ano 2005, sin perjuicio de la

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