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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G35/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de mayo de 2005 mentos Preparados para internos, niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento del EstablecimientoPenitenciario de Mujeres Chorrillos Comunes y Estable-cimiento Penitenciario de Régimen Cerrado EspecialMujeres Chorrillos, por el período de cuarenta y cinco(45) días calendario, a partir de la fecha de la presenteResolución, mientras concluye el proceso de selecciónprogramado y se perfecciona el contrato respectivo paralos Establecimientos Penitenciarios de MujeresChorrillos y de Régimen Cerrado Especial de MujeresChorrillos de la Dirección Regional Lima, por los funda-mentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º. - EXONERAR a la Dirección Regional Lima del requisito de Licitación Pública para la adquisición deAlimentos Preparados a que se refiere el artículo primerode la presente Resolución. Artículo 3º. - AUTORIZAR a la Dirección Regional Lima para la adquisición de Suministros de Alimentos Prepa-rados para los internos, niños, personal de seguridad,salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciariode Mujeres Chorrillos Comunes y Establecimiento Peni-tenciario de Régimen Cerrado Especial MujeresChorrillos de la Unidad Ejecutora 002: Dirección Regio-nal Lima, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/. 1 MUJERES CHORRILL OS COMUNES 45 140,535.00 2 RÉGIMEN CERRADO ESPECIAL CHORRILLOS 45 32,332.50 Dicha autorización es por el período de cuarenta y cinco (45) días calendario, con cargo a la Fuente de Fi-nanciamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Si-tuación de Desabastecimiento Inminente prevista en elartículo precedente debiendo de adquirir los alimentospreparados mediante procesos de adjudicación de MenorCuantía bajo responsabilidad, según corresponda, conestricta observancia a las disposiciones establecidas enel Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adop-tando todas las providencias que permitan asegurar latransparencia del proceso. Artículo 4º. - COMUNICAR a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º. - DISPONER el inicio de las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidadde funcionarios, cuya conducta hubiese originado la pre-sencia o configuración de la Situación de Desabasteci-miento que se aprueba. Artículo 6º. - REMITIR copia de la presente Resolu- ción a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 09073 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 262-2005-INPE/P Lima, 10 de mayo de 2005 VISTOS, el Oficio Nº 372-2005-INPE/16 por el que se adjunta el Informe Técnico Legal Nº 005-2005-INPE/16.05,ambos de fecha 5 de mayo de 2005 de la Dirección Re-gional Lima, por el que solicita se declare en Situación deDesabastecimiento Inminente el Suministro de AlimentosPreparados para el Establecimiento Penitenciario de Ré-gimen Cerrado Especial de Piedras Gordas de su Juris-dicción, e Informe Nº 178-2005-INPE/06 de fecha 10 demayo de 2005, de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecu- ción Penal, la Administración Penitenciaria proporciona alinterno la alimentación preparada que cumpla con lasnormas dietéticas y de higiene establecidas por la autori-dad de salud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 261-2005- INPE/P de fecha 10 de mayo de 2005, se modificó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2005; Que, de acuerdo a la referida modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, la Dirección Re-gional Lima tiene previsto llevar a cabo el proceso deselección de Licitación Pública para el "Suministro de Ali-mentos Preparados para internos, personal de seguri-dad, salud y mantenimiento del Establecimiento Peniten-ciario de Régimen Cerrado Especial de Piedras Gordasde la Dirección Regional Lima”; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 005-2005- INPE/16.05 de fecha 5 de mayo de 2005, la DirecciónRegional Lima informa que en el año 2004 se llevó a cabola Licitación Pública Nacional Nº 0010-2004-INPE/17, parael "Suministro de Alimentos Preparados para internos ypersonal de seguridad del Establecimiento Penitenciariode Régimen Cerrado Especial de Piedras Gordas de laDirección Regional Lima”, otorgándose la Buena Pro alCONSORCIO WALL MART S.A.C. - D.F. MULTISERVICEE.I.R.L., por un monto de S/. 1’264.725,00 nuevos soles,suscribiéndose el contrato Nº 0013-2005-INPE/16 de fe-cha 11 de marzo de 2005; Que, asimismo, la Dirección Regional Lima, informa que ante las reiteradas observaciones realizadas por lasautoridades del Establecimiento Penienciario de RégimenCerrado Especial de Piedras Gordas, la administración desu jurisdicción, cursó diversas cartas al citado consorcio,a fin de que cumpla con sus obligaciones contractuales,como se evidencia de la Carta Nº 006-2005-INPE/16 defecha 14 de abril de 2005, la que se le remitió notarial-mente al consorcio para que en el plazo de siete (7) díassubsane las deficiencias en que había incurrido en elsuministro de alimentos preparados para el Establecimien-to Penitenciario en mención; sin embargo vencido el pla-zo otorgado no subsanó dichas deficiencias, motivo porel cual a través de la Resolución Directoral Nº 613-2005-INPE/16 de fecha 5 de mayo de 2005, se resolvió elcontrato Nº 0013-2005-INPE/16 de fecha 11 de marzo de2005, suscrita con el antes mencionado consorcio; Que, ante esta circunstancia la Dirección Regional Lima manifiesta que es necesario declarar en Situación de De-sabastecimiento Inminente la contratación del Suministrode Alimentos Preparados para los internos, personal deseguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Pe-nitenciario de Régimen Cerrado Especial Piedras Gordas,por el período de sesenta (60) días calendario; hasta porla suma de S/. 62.340,00 Nuevos Soles (Sesenta y Dos Mil Trescientos Cuarenta con 00/100 Nuevos Soles),importe que servirá para cubrir los gastos de alimentospreparados mientras se realice el proceso de seleccióncorrespondiente, ya que los internos del mencionado Es-tablecimiento Penitenciario requieren de ellos porque sudesabastecimiento compromete directamente los serviciosesenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario,teniendo en cuenta que el suministro de alimentos nopuede ser suspendido porque su ausencia puede ocasio-nar grave deterioro en la salud de la población penal, asícomo actos de violencia, reclamos y protestas de éstosque comprometerían directa e inminentemente, tanto laseguridad de los internos como de los Centros Peniten-ciarios; debiéndose tener presente que la situación ex-puesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo le- gal, se considera Situación de Desabastecimiento Inmi-nente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma directae inminente la continuidad de las funciones, servicios,actividades u operaciones productivas que la Entidad tie-ne a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situa-ción faculta a la Entidad a la adquisición o contrataciónde los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o can-tidad, según sea el caso, necesario para resolver la situa-ción y llevar a cabo el proceso de selección que corres-ponda; debiendo adquirirse en forma directa medianteacciones inmediatas, adoptando todas las providenciasque permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, trans-parencia y economía en el proceso de adjudicación deacuerdo al artículo 3º de la referida norma legal;