Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2005 (14/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, mediante los articulos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004PCM, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional MORDAZA y a lo opinado y visado por las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas, por el periodo de Sesenta (60) dias calendario, a partir de la fecha de la presente Resolucion, mientras se lleva a cabo el MORDAZA de seleccion programado para el Establecimiento Penitenciario de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR a la Direccion Regional MORDAZA del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de Alimentos Preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Direccion Regional MORDAZA para la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO REGIMEN CERRADO ESPECIAL DE PIEDRAS GORDAS DIAS TOTAL S/. 60 62,340.00

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Rectifican errores materiales incurridos en resoluciones que declaran Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico de Nahuinpuquio y a las pinturas rupestres de Chanqui
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 558/INC
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 VISTO, el Oficio Nº 187-2005-INC-A/D de fecha 8 de marzo de 2005, del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del visto el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, comunica que existe un error en la ubicacion del sitio arqueologico de Nahuinpuquio; por lo que solicita se rectifique la RDN Nº 368/INC de fecha 11 de MORDAZA de 2000, que declara Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico de Nahuinpuquio, ubicada en el distrito de Nawinpuquio, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, mediante Informe Nº 148-2005-INC/DREPH-DALAMS, fecha 30 de marzo de 2005, del Lic. MORDAZA A. Moulet MORDAZA, arqueologo de la Direccion de Arqueologia, comunica que existe un error en la ubicacion del sitio arqueologico de Nahuinpuquio, el cual debe decir ubicado en el distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, mediante Acuerdo Nº 168 de fecha 21 de MORDAZA de 2005, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Rectificar en el punto 1 de la parte resolutiva de la Resolucion Directoral Nacional Nº 368/INC de fecha 11 de MORDAZA de 2000, la ubicacion del sitio arqueologico Nahuinpuquio, que debe decir, ubicado en el distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento Ayacucho; - Ratificar los demas extremos de la Resolucion Directoral Nacional Nº 368/INC de fecha 11 de MORDAZA de 2000; Que, el inciso 1º del Articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el error material del Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 368/INC de fecha 11 de MORDAZA de 2000, en relacion a la ubicacion del sitio arqueologico Nahuinpuquio, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Sitio Arqueologico Nahuinpuquio ubicado en el distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento Ayacucho". Articulo 2º.- Ratificar los demas extremos de la Resolucion Directoral Nacional Nº 368/INC de fecha 11 de MORDAZA de 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09064

Dicha autorizacion es por el periodo de sesenta (60) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados mediante procesos de adjudicacion de Menor Cuantia bajo responsabilidad, segun corresponda, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- COMUNICAR a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- DISPONER el inicio de las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la Situacion de Desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 09074

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