Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2005 (17/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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MERCOSUR y de sus tecnicas investigativas, Tema II: Alcance social de los organos de control publico del MERCOSUR; Tema III: La evaluacion de los resultados de la gestion de gobierno a la luz de los modelos de control de las haciendas publicas del MERCOSUR; Que, la participacion de la Contraloria General de la Republica del Peru en dicho evento, permitira compartir los conocimientos y avances sobre control de finanzas publicas que vienen desarrollando los organos de control asistentes al evento, asi como identificar nuevos enfoques metodologicos de control; Que, en tal sentido, resulta pertinente la participacion de la CPC. Marleny Duenas MORDAZA, profesional de la Gerencia de Sector Productivo de la Contraloria General de la Republica, designada para participar en el mencionado evento; Que, el financiamiento de los pasajes, viaticos y Tarifa Corpac que irrogue el viaje de la citada profesional a la MORDAZA de Salta - MORDAZA, seran asumidos con cargo a los recursos de la Contraloria General de la Republica, conforme al Memorando Nº 321-2005-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los articulos 32º y 33º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785; y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios de la CPC. MARLENY MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Sector Productivo de la Contraloria General de la Republica, a la MORDAZA de Salta, MORDAZA, del 17 al 21 de MORDAZA de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Corpac que irrogue el financiamiento del viaje de la citada profesional seran con cargo al Pliego 19: Contraloria General, conforme al detalle siguiente: Pasajes aereos US$ Viaticos US$ Tarifa Corpac US$ 485,80 800,00 28,24

milia o Mixtos a nivel nacional en asuntos de Derecho de Familia; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 5º de la Ley Nº 26872 - "Ley de Conciliacion", la Conciliacion Extrajudicial es una institucion que se constituye como un mecanismo alternativo para la solucion de conflictos; Que, mediante Ley Nº 28494 - "Ley de Conciliacion Fiscal en Asuntos de Derechos de Familia", se modifica el articulo 96-Aº de la Ley Organica del Ministerio Publico, siendo una de sus atribuciones intervenir, a solicitud de parte, como conciliador en asuntos de familia; Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 814-2005-MP-FN, de fecha 18 de MORDAZA de 2005, se conforma una Comision para proponer las directivas y normas complementarias que dictara el Ministerio Publico en cumplimiento a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28494; Que, es necesario aprobar la MORDAZA de caracter prejudicial, que permita establecer el MORDAZA de conciliacion en asuntos de Derechos de Familia ante el Ministerio Publico; a efecto de garantizar la correcta aplicacion de la ley y la unificacion de criterios a nivel nacional; Estando a lo propuesto por la Fiscalia Superior de Familia y contando con los vistos de la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico y la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28494 "Ley de Conciliacion Fiscal en Asuntos de Derecho de Familia"; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva General Nº 005-2005-MP-FN, "Normas para la Aplicacion de Conciliacion en Asuntos de Derecho de Familia a Nivel Nacional", el mismo que consta de tres (3) folios, un (1) anexo y cinco (5) formatos que forman parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tesoreria de la Gerencia Central de Recursos Economicos, el control de los ingresos que capte por concepto de MORDAZA de solicitud de conflicto de interes en las Fiscalias Provinciales de Familia o Mixtas, de la cuenta Nº 0000582774 Recursos Directamente Recaudados del Ministerio Publico. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Central de Informatica la inclusion en el Sistema Integrado de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF) del registro de solicitudes y actas de Conciliacion Fiscal. Articulo Cuarto.- Encargar la difusion de la Directiva General aprobada en el articulo primero a la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica; asi como su consignacion en la pagina web del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuada la comision de servicios, la citada profesional presentara al Despacho Contralor, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados del Congreso y sus alcances a nivel Institucional, asi como un ejemplar del material tecnico obtenidos. Asimismo, asume el compromiso de difundir los conocimientos adquiridos entre el personal de la Institucion. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a la profesional cuyo viaje se autoriza, de exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 09207

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

DIRECTIVA GENERAL Nº 005-2005-MP-FN

MINISTERIO PUBLICO
Aprueban Directiva "Normas para la aplicacion de Conciliacion en asuntos de Derecho de Familia a Nivel Nacional"
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1133-2005-MP-FN
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Oficio Nº 121-2005-MP-FSFL, del Fiscal Superior de Familia de MORDAZA, mediante el cual remite el proyecto de Directiva "Aplicacion de la Ley Nº 28494", relacionada con la facultad conciliatoria de los Fiscales Provinciales de Fa-

NORMAS PARA LA APLICACION DE CONCILIACION EN ASUNTOS DE DERECHO DE FAMILIA A NIVEL NACIONAL
I.- OBJETIVO Establecer las normas de caracter prejudicial de conciliacion en asuntos de Derecho de Familia ante el Ministerio Publico a efecto de garantizar la correcta aplicacion de la ley y la unificacion de criterios a nivel nacional. II.- BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. - Codigo Civil , aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295. - Codigo Procesal Civil, promulgado mediante Decreto Legislativo Nº 768 y modificado por Decreto Ley Nº 25940.

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