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PÆg. 292726 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de mayo de 2005 Artículo 15º.- DE LA PRIORIZACIÓN DE RECUR- SOS Para la priorización de los proyectos se tomarán en cuenta los criterios siguientes: 1. Articulación al plan de desarrollo concertado 2015 2. Porcentaje de la población distrital beneficiada 3. Que se cuente con saneamiento físico legal - SNIP.4. Que genera impactos positivos al desarrollo inte- gral del distrito. 5. Beneficio a la población de mayor cumplimiento de obligaciones tributarias. 6. Contribuye a la mejora del medio ambiente 7. Que Incorpore el enfoque de género y generacio- nal. Artículo 16º.- DEL RESUMEN EJECUTIVO El equipo Técnico prepara un Resumen Ejecutivo del proceso que contendrá los acuerdos que se logra- ron, el mismo que será elevado al Concejo Municipalpara ser aprobado en Sesión de Concejo. En dicha sesión de Concejo se aprobarán los Acuerdos del pro- ceso del presupuesto participativo 2006, debiéndosepublicar. TÍTULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Municipalidad de Puente Piedra desti- nará el personal técnico y recursos propios necesarios para el proceso del Presupuesto Participativo compro-metiendo la participación de instituciones, empresas y ONGs que se integren a la ejecución de las actividades previstas para cumplir con el proceso del presupuestoparticipativo. Segunda.- El Alcalde, mediante Decreto de Alcal- día dictara las normas complementarias necesariaspara el mejor cumplimiento de la presente Ordenan- za. Tercera.- El Gobierno Local utilizará medios de co- municación masiva para la convocatoria de los agentes participantes en el proceso de Presupuesto Participati- vo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 09304 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Disponen embanderamiento de inmue- bles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2005-MSB-A San Borja, 16 de mayo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, el distrito de San Borja celebra su XXII Ani- versario de Creación Política el 1 de junio del presente año; Que, siendo ésta una fecha importante para toda la comunidad de San Borja, ello constituye oportunidad para renovar nuestro espíritu cívico y amor al distrito; por lo que en expresión de ello corresponde el emban-deramiento del distrito; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; con el visto bue- no de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Muni- cipal;DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embande- ramiento general en los predios públicos, privados ycomerciales del Distrito de San Borja, a partir del 23 de mayo al 5 de junio del presente año; con ocasión de conmemorarse el XXII Aniversario de CreaciónPolítica del distrito. Artículo Segundo.- Las banderas a izar debe- rán estar en buen estado de conservación. Artículo Tercero.- ENCARGAR la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia deComercialización, acorde a sus competencias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 09205 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen reducción de tasa por CarnØ Sanitario de comerciantes conductores y trabajadores de puestos de merca- dos de abastos formales e informales ORDENANZA Nº 057 San Juan de Lurigancho, 29 de abril de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha; el Memorándum Nº 197-2005/GM/MSJL de fecha 1 de marzo de 2005, expedido por la Gerencia Municipalde la Municipalidad de San Juan de Lurigancho sobre reducción del derecho para obtener el carné sanitario para los conductores y trabajadores de los mercadosde abastos formales e informales por un período de seis (6) meses; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma ConstitucionalLey Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el artículo 74º de la Constitución del Estado establece que los gobiernos locales pue- den crear, modificar y suprimir contribuciones y tasaso exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Artículo IV del Título Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, pro- mueven la adecuada prestación de los servicios pú-blicos locales y el desarrollo integral, sostenible y ar- mónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, el artículo VI del Título Preliminar de la citada norma, prescribe que los gobiernos locales promue- ven el desarrollo económico local, con incidencia en la Micro y Pequeña Empresa, a través de planes de de-sarrollo local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus res-pectivas circunscripciones; Que, el artículo 80º numeral 3, punto 3.2 y punto 3.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, asignafunciones específicas exclusivas a las municipalida- des distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud para regular y controlar el aseo, higiene ysalubridad en los establecimientos comerciales, in- dustriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales, así como para expedircarnés de sanidad;