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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2005 (18/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 292727 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de mayo de 2005 Que, el artículo 83º numeral 3, punto 3.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades, asigna funciones específicas exclusivas a las municipalidades distri- tales en materia de abastecimiento y comercializa-ción de productos y servicios para controlar el cum- plimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comer-cialización de alimentos y bebidas; Que, el artículo 86º numeral 3, punto 3.5 de la norma en mención, prescribe que en materia depromoción del desarrollo económico local, son fun- ciones específicas y exclusivas de las municipalida- des distritales el promover las condiciones favora-bles para la productividad y la competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito; Que, en el marco de las funciones señaladas es política de la administración Municipal mejorar las condiciones sociales en materia de salud preventiva y básica promover la formalización sanitaria de losconductores y trabajadores de los mercados de abas- tos formales e informales, acorde con las disposicio- nes citadas, para lo cual es necesario disponer unbeneficio tributario temporal consistente en la reduc- ción de la tasa por carné sanitario por un plazo de- terminado, con el cual los comerciantes de diversosmercados del distrito podrán obtener su respectivo carné; Que, las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su compe- tencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, pormedio de las cuales se aprueba la organización in- terna, la regulación, administración, y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que lasmunicipalidades tienen competencia normativa, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Muni- cipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁ-NIME del Pleno del Concejo, con la dispensa del trá- mite de lectura y aprobación de actas, aprobó la si- guiente Ordenanza: ORDENANZA QUE DISPONE LA REDUCCIÓN DE LA TASA DE CARNÉ DE SANIDAD EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- DISPONER la reducción de la tasa por Carné Sanitario que corresponde otorgar a los comerciantes conductores y trabajadores de puestos de mercados de abastos formales e informales, confor-me a Ley, a S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles), hasta el 31 de diciembre del presente año, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenan-za. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde a estable- cer las medidas administrativas y tributarias que co-rrespondan para el debido cumplimiento de la presente Ordenanza, en concordancia con las disposiciones municipales vigentes. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 09191 Declaran que monto de dieta de regido- res por los aæos 2004 y 2005 sedetermina de acuerdo al valor de laUIT vigente ACUERDO DE CONCEJO Nº 016 San Juan de Lurigancho, 29 de abril de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en sesión de la fecha, la moción presentada por el Pleno del Concejo Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley deReforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972, señala que los acuerdos sondecisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno parapracticar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, con fecha 10 de enero del 2003, se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 009, que en su artículo ter- cero estableció en 1,25 UIT vigente la dieta de cada regidor, por su asistencia efectiva a cada sesión deConcejo con un máximo de dos sesiones pagadas al mes; Que, mediante Ordenanza Municipal N º 041 de fe- cha 29 de setiembre del 2004, se declaró la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 009 de fecha 10 de enero del 2003, el mismo que regirá durante la presente gestiónmunicipal 2003-2006; Que, el valor de la UIT correspondiente a los años 2004 y 2005 ha sido fijado mediante los Decretos Supre-mos Nºs. 192-2003-EF y 177-2004-EF, respectivamen- te; Que, estando a las facultades conferidas por el artícu- lo 9º numeral 8) y el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite decomisiones y de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR que el monto de la dieta de los regidores correspondiente a los años 2004 y2005 se determina de acuerdo al valor de la UIT vigente en cada año, respectivamente. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Munici- pal y a la Gerencia de Planificación del Desarrollo su debido cumplimiento; y a la Secretaría Municipal su pu- blicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 09193 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PADRE MÁRQUEZ Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU. para participar en la UndØcima Confe-rencia Interamericana de Alcaldes yAutoridades Locales ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2005-SE-MDPM Paoyhan, 29 de marzo del año 2005 VISTOS: La solicitud de autorización de viaje formulada por el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Padre Már-