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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G32/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 ORDENANZA Artículo Primero.- DERÓGUENSE las Ordenan- zas Municipales Nºs. 05-98, 009, 015, 000002, 02-2002, 000003 y 000003, que aprueban los RegímenesTributarios de las Tasas Municipales denominados Ar- bitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fiscales delos años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004,respectivamente; así como de sus normas ampliato-rias y, modificatorias. Artículo Segundo.- DECLÁRENSE extinguidas to- das las obligaciones tributarias pendientes de cumpli- miento con respecto a los citados tributos municipalespor los ejercicios señalados ut supra, incluyendo den-tro de este contexto a aquellas obligaciones que hansido materia de determinación y/o que se encuentrenen actual estado de cobranza sea ésta ordinaria o coactiva así como las obligaciones contenidas en Re- soluciones de Determinación, Resoluciones de Multa,Cuponeras, Estados o Reportes de Cuenta u otrosdocumentos vinculados a la determinación de las cita-das tasas de arbitrios por los ejercicios antes referi-dos se encuentren o no en estado de reclamación en sede administrativa o judicial. En su caso se dispon- drá se revoquen, se dejen sin efecto o quiebren losValores y otros documentos que contienen la determi-nación de la obligación o deuda tributaria pendiente decumplimiento con relación a las denominadas Tasasde Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines y Serenazgo por todos los perio- dos correspondientes a los ejercicios fiscales 1998 alaño 2004. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde de San Juan de Miraflores para que mediante Decreto deAlcaldía pueda establecer normas reglamentarias y de aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, y demás áreas dela Municipalidad, el estricto cumplimiento de la presenteOrdenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y a la Oficina de Imagen Institucional lamasiva y oportuna difusión de los alcances de la pre-sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 09647 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 011-MDSA Santa Anita, 20 de mayo de 2005VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 006-2005-CPPRRNCTI/MDSA emitido por la Comi- sión de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Relaciones Nacionales y Cooperación Técnica Interna-cional y el Informe Nº 360-GAJ-GG/MDSA de la Geren-cia de Asesoría Jurídica referente a la modificación de laEstructura Orgánica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972, la administración municipal adopta unaestructura gerencial sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión,control concurrente y posterior, y se rige por los prin-cipios de legalidad, economía, transparencia, simpli-cidad, eficiencia, participación y seguridad ciudada-na y por los contenidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Las faculta- des y funciones se establecen en los instrumentosde gestión y en lo dispuesto por la Ley Orgánica deMunicipalidades; Que, en atención a la gran importancia de concreti- zar metas aprobadas en el Plan Integral de Desarrollo de Santa Anita, es necesario realizar gestiones para la obtención de recursos por otras fuentes de financia-miento no consideradas en el Presupuesto Institucional2005, como son donaciones provenientes de Institucio-nes Nacionales e Internacionales, públicas y privadas,estas gestiones estarían a cargo de un órgano directa- mente dependiente del despacho de Alcaldía, para cuyo efecto se propone la creación de la Secretaría de Co-operación y Relaciones Internacionales. Cuyas funcio-nes y atribuciones se establecerán en las modificacio-nes del Reglamento de Organización y Funciones(ROF), vigente. Que, asimismo, existiendo la necesidad y obligación de la actual gestión municipal de dar a conocer a lapoblación en forma oportuna las metas cumplidas y enproceso de ejecución, tanto en el aspecto de prestaciónde servicios y desarrollo institucional como también y enlo referente a la ejecución de obras públicas, constituye un imperativo el dar mayor impulso y jerarquía a las acciones de imagen institucional, para cuyo efecto esnecesario la supresión de la Subgerencia de ImagenInstitucional y en su lugar debe crearse la Gerencia deImagen Institucional con la finalidad de desarrollar y eje-cutar todos los aspectos vinculados con la misma, como son las Relaciones Públicas y Protocolo así como Pren- sa y Difusión. Sus nuevas funciones y atribuciones seestablecerán en las modificaciones del Reglamento deOrganización y Funciones (ROF), vigente. Que, también es necesario incluir en esta propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la Munici- palidad como órgano de coordinación, al Comité Distrital de Deportes y Recreación Municipal recientemente crea-do por Ordenanza Municipal Nº 007-MDSA, aprobada el28 de abril del 2005. Que, mediante Ordenanza Nº 018-2004-MDSA, de fecha 21 de octubre del 2004, se aprobó la nueva Es- tructura Orgánica de la Municipalidad de Santa Anita, la misma que debe modificarse en atención a lo expuesto ymediante otra norma de igual o mayor jerarquía, porcuanto las ordenanzas son normas de carácter generaly de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Munici-pal y tiene rango de ley, conforme a lo establecido en el Artículo 200º Inciso 4) de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades. En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º, inciso 3) y 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades, así como el artículo 40º de la misma ley, el pleno del Concejo, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado lasiguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la modificación de la Es- tructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de SantaAnita, documento que como anexo forma parte integran-te de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Derogar la Ordenanza Nº 018- 2004/MDSA en la parte que contravenga la presente Ordenanza, manteniendo vigente sus demás extremos. Artículo Tercero.- Encargar a la Alcaldía, Gerencia General y demás gerencias de la Municipalidad la ade-cuación normativa y el cumplimiento de la presente Or-denanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde