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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G31/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 4. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de la LicitaciónPública internacional según relación de ítems Nº0499L00071 "Adquisición de Material Médico" y a la Ge-rencia Central de Adquisiciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente EjecutivoEsSalud 09648 FONDO MIVIVIENDA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G2D/G6E/G65/G74/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G2D/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 056-SE-2005 Lima, 5 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Públi-ca, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM,señala que dicha ley tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el dere- cho fundamental del acceso a la información consagra-do en el numeral 5 del artículo 2º de la ConstituciónPolítica del Perú; Que, de conformidad con el principio de publicidad regulado en el artículo 3º de la Ley citada, todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Admi- nistración Pública están sometidas al principio de publi-cidad; Que, asimismo el artículo citado señala que el Esta- do adoptará medidas básicas que garanticen y promue-van la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la Información Públicaestablece la obligación de las entidades de la Adminis-tración Pública de difundir a través de Internet la infor-mación detallada en el referido artículo, la cual compren- de la publicación en el Portal de las entidades de la Admi- nistración Pública de: los datos generales de la entidad,la información presupuestal, las adquisiciones de bienesy servicios que realicen, actividades oficiales que desa-rrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la res-pectiva entidad y la información adicional que la entidad considere pertinente; Que, asimismo, el último párrafo del citado artículo señala que la entidad pública deberá identificar al funcio-nario responsable de la elaboración de los portales deInternet; Que, de igual modo, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y acceso a la Información Públi- ca, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM,dispone que la designación del funcionario responsablede la elaboración y actualización del Portal de Internet seefectuará mediante Resolución de la máxima autoridadde la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, resulta necesario designar al funcionario titular y al funcionario suplente responsables de la elaboraciónde los portales de Internet establecida por el artículo 5ºde la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26912, el Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, el Decreto Supre-mo Nº 043-2003-PCM, y Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Carlos Rubén Osorio Delgado, Jefe de Informática y Estadística del FondoMIVIVIENDA, como el funcionario titular responsable dela elaboración de los portales de Internet a que se refiere el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2º.- Designar al señor Miguel Ángel Villena Rivera, Especialista en Soporte de Sistemas del FondoMIVIVIENDA, como el funcionario suplente responsablede la elaboración de los portales de Internet a que se refiere el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto publique la presente Resoluciónen el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA ESTEVES DEJO Secretaria Ejecutiva 09688 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G4C/G61/G20 /G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20 /G79/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 475/INC Lima, 20 de abril de 2005 VISTO, el Acuerdo Nº 121 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 06 de fecha 1 de abril de 2005; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsa-ble de la promoción y desarrollo de las manifestacionesculturales del país y de la investigación, preservación,conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na-ción, encarga al Instituto Nacional de Cultura la funciónde registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural dela Nación; Que, mediante el Informe Nº 086-2005-INC/DREPH/ DA-LAMS, de fecha 1 de marzo de 2005, del Lic. Luis A. Moulet Silva, arqueólogo de la Dirección de Arqueología,comunica que luego del análisis respectivo de los expe-dientes, a cargo del personal de topografía, se concluyeque 17 de ellos cumplen con los requisitos solicitados; Que, con Acuerdo Nº 121 de fecha 1 de abril de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura: 1º Aprobar el Plano de Delimitación Nº 225-INC-PETT- 2004, del sitio arqueológico San Antonio, con un área de 1.2351 ha. y un perímetro de 618.27 m. a escala 1/1,000 de fecha noviembre de 2004, ubicado en el distrito deAscope, provincia de Ascope, departamento La Liber-tad, con su respectiva ficha técnica y memoria descrip-tiva; 2º Aprobar el Plano de Delimitación Nº 226-INC-PETT- 2004, del sitio arqueológico San Antonio II, con un área de 10.3309 ha. y un perímetro de 1644.69 m. a escala 1/2,500 de fecha noviembre de 2004, ubicado en el distrito