Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2005 (25/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2005

para realizar un MORDAZA verbal, manifieste expresamente su desistimiento. A efectos de realizar lances verbales, debe contemplarse necesariamente el decremento minimo establecido en la convocatoria. Cuando un postor sea requerido para realizar un MORDAZA verbal, contara con no mas de tres minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendra por desistido. Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por via telefonica u otros medios analogos disponibles, con la finalidad de realizar lances verbales. El periodo de puja culmina cuando se ha identificado el precio mas bajo, luego de que todos los demas postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando lances verbales. Articulo 24º.- Determinacion de puntaje Una vez culminado el periodo de puja, se asignara cien (100) puntos a la propuesta de menor precio, y al resto de propuestas validas el puntaje inversamente proporcional, en funcion al ultimo precio ofrecido. Seguidamente, se asignara la bonificacion especial establecida por la Ley de Promocion del Desarrollo Productivo Nacional y normas complementarias, al puntaje obtenido por los postores que hayan presentado la declaracion jurada a que hacen referencia tales dispositivos. Articulo 25º.- Otorgamiento de la buena pro La buena pro se otorgara al postor que MORDAZA obtenido el mayor puntaje. Si se presentara un solo postor con propuesta valida, se le otorgara la buena pro, de acuerdo a lo establecido en el primer parrafo del articulo 32º de la Ley. De haberse previsto en la convocatoria, se podra distribuir la buena pro en la forma establecida en el articulo 134º del Reglamento de la Ley. El otorgamiento de la buena pro a propuestas que superen el valor referencial hasta el limite senalado en el articulo 33º de la Ley, quedara sujeto a la asignacion suficiente de recursos aprobada por el Titular del Pliego. Para efectos de la aplicacion de lo establecido en el inciso 2) del articulo 203º del Reglamento de la Ley, debe precisarse en el acto publico y anotarse en actas que, en caso que el postor al que se le otorga la buena pro no suscriba el contrato dentro de los plazos establecidos, la misma le correspondera al ultimo de los postores en desistirse por haber ocupado el MORDAZA lugar. Si no participaron en la puja dos o mas postores, el MORDAZA de seleccion sera declarado desierto. Articulo 26º.- Consentimiento del otorgamiento de la buena pro El otorgamiento de la buena pro quedara automaticamente consentido si hasta el momento del cierre del acto publico, ningun participante hubiera dejado constar en actas su intencion de interponer el recurso de revision. Articulo 27º.- Solucion de controversias Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes, desde la convocatoria hasta la celebracion del contrato inclusive, solamente podran dar lugar a la interposicion del recurso de revision ante el Tribunal, dentro de los tres (03) dias habiles siguientes al acto publico de MORDAZA de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro, siempre que, MORDAZA de finalizar el acto publico, se MORDAZA dejado MORDAZA de la voluntad de hacerlo. Para la interposicion del recurso de revision deben cumplirse los requisitos, tasas y garantias establecidos en el Reglamento de la Ley. El Tribunal debera resolver el recurso de revision dentro del termino de diez (10) dias habiles, adjudicando la buena pro a quien corresponda, salvo que requiera informacion o documentacion adicional por parte de la Entidad, en cuyo caso podra ampliar dicho plazo en cinco (05) dias mas, debiendo resolver aunque la Entidad no MORDAZA cumplido con remitir lo requerido. Vencido el plazo para resolver y notificar el recurso de revision, el recurrente debera asumir que aquel fue

denegado, a efectos de la interposicion de la demanda contencioso-administrativa. CAPITULO III: DE LA FASE CONTRACTUAL Articulo 28º.- Formalizacion del contrato Para la formalizacion y ejecucion del contrato se aplicaran todas las reglas, requisitos, plazos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias establecidos en el Titulo V (Ejecucion Contractual) del Reglamento de la Ley. Articulo 29º.- Certificacion de calidad Solamente cuando figure en la Ficha Tecnica respectiva como exigencia, correspondera que el contratista entregue a la Entidad la certificacion de calidad del bien que es objeto de la adquisicion. Articulo 30º.- Solucion de controversias referidas al bien Las controversias que surjan durante la ejecucion contractual seran resueltas mediante conciliacion y/o arbitraje. Si las controversias estuvieran referidas a la adecuacion que debe existir entre las caracteristicas del bien presentado por el contratista a la Entidad y las especificaciones tecnicas contenidas en la Ficha Tecnica respectiva, las partes podran conciliar en funcion al dictamen pericial que emita el perito designado de comun acuerdo por ellas. 09717

CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del SOAT para vehiculos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION JEFATURAL Nº 254-2005-CGBVP San MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 019-2005-CGBVP/DIGO/DITEC, de fecha 9 de MORDAZA de 2005, mediante el cual se remite el Informe Tecnico Nº 001-2005-CGBVP/DITEC, de fecha 6 de MORDAZA de 2005 emitido por la Direccion de Tecnica; y el Oficio Nº 102-2005 CGBVP/AJ, de fecha 11 de MORDAZA de 2005, mediante el cual se remite el Informe Legal Nº 008-2005-CGBVP/AJ, de fecha 11 de MORDAZA de 2005, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 021-2005-CGBVP, de fecha 31 de enero de 2005, el Titular del Pliego interino, aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para el Ano Fiscal 2005; incluyendose el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2005-CGBVP "Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA - SOAT para los Vehiculos del CGBVP", con codigo CIIU 6603; Que, el objetivo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru es prevenir, controlar y extinguir incendios, asi como preservar la MORDAZA humana como consecuencia de accidentes u otros acontecimientos; para lo cual, resulta indispensable que la Entidad cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA SOAT para sus unidades y que permita atender las emergencias que se suscitan en estos siniestros;

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