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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2005 (25/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G31/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 Que, la ausencia del referido seguro es actual y ur- gente, teniendo en cuenta que la Entidad convocó elProceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001-2005-CGBVP “Seguro Obligatorio Contra Accidentes de Trán-sito - SOAT para los Vehículos del C.G.B.V.P.”, y quedicho proceso de selección fue declarado Desierto, por causas externas a la Entidad; y, a que la urgencia se manifiesta en la naturaleza de servicio público que tieneel servicio de atención de emergencias que realiza elCuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y alhecho de que los índices de atención de emergenciasen Lima y Callao se han incrementado; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas del proceso de se-lección, las adquisiciones o contrataciones que se reali-cen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la referida Ley; Que, asimismo, el artículo 20º de la citada norma legal, precisa que las Resoluciones o Acuerdos requie-ren obligatoriamente de un Informe Técnico - Legal pre-vio y sean publicados en el Diario Oficial El Peruano,excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del artículo 19º de la Ley; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2005-CGB- VP/DITEC, de fecha 6 de mayo de 2005, emitido por laDirección de Técnica, se señala la necesidad de la con-tratación definitiva del Seguro Obligatorio de Accidentesde Tránsito - SOAT para la unidades del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, toda vez que el Cuer- po General de Bomberos Voluntarios del Perú cumplecon sus objetivos de promover y coordinar las accionesde prevención de incendios y accidentes; combatir in-cendios, rescatar y salvar vidas expuestas al peligropor incendios y accidentes, atendiendo las emergencias derivadas de los mismos; así como participar en las acciones de apoyo de control de los daños ocasionadospor desastres y calamidades; mediante la utilización devehículos motorizados que requiere de dicho seguro; Que, en ese sentido, el Seguro Obligatorio de Acciden- tes de Tránsito - SOAT constituye un servicio esencial para la Entidad por las actividades inherentes que reali- za el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, mediante Informe Legal Nº 008-2005-CGBVP-AJ, se señala que en virtud de lo señalado en el Informe Técnicoy de lo dispuesto por el artículo 21º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, desde el punto estrictamente legal y en el contexto de los antecedentes, resulta procedente exonerarla contratación definitiva del Seguro Obligatorio de Acciden-tes de Tránsito - SOAT para los Vehículos del Cuerpo Gene-ral de Bomberos Voluntarios del Perú por la causal de Situa-ción de Desabastecimiento Inminente; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, considerasituación de desabastecimiento inminente aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de deter-minado bien, servicio u obra compromete en forma directae inminente la continuidad de las funciones, servicios, acti- vidades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a laentidad a la adquisición o contratación de los bienes, servi-cios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea elcaso, necesarios para resolver la situación y llevar a caboel proceso de selección correspondiente; Que, asimismo, el citado artículo, en su último párra- fo señala que cuando no corresponda realizar un proce-so de selección posterior, en el Informe Técnico - Legalprevio que sustenta la resolución que autoriza la exone-ración, se deberán sustentar las razones técnicas quemotivan la adquisición o contratación definitiva materia de la exoneración; Que, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque la necesidad de los bienes, servicios u obras debeser actual y urgente para atender los requerimientosinmediatos; Que, el artículo 148º del citado Reglamento, dispone que de producirse el supuesto de exoneracióncontemplado en el inciso c) del artículo 19º, la Entidadefectuará las adquisiciones o contrataciones en formadirecta mediante acciones inmediatas, debiendo ser rea- lizada por la dependencia encargada de las adquisicio-nes y contrataciones de la entidad o el órgano designa-do para el efecto; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 21º del referido dispositivo legal, la autoridad competente para autorizar la exoneración, deberá ordenar en el acto apro- batorio de la misma, el inicio de las acciones que corres-pondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley , el cualregula las responsabilidades y sanciones; Que, asimismo, el artículo 147º de la citada norma legal, señala que las resoluciones o acuerdos que aprue- ben las exoneraciones de los procesos de selección, salvo las previstas en los incisos b) y d) del artículo 19ºde la Ley, serán publicadas en el Diario Oficial El Perua-no dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a suemisión o adopción, según corresponda y adicionalmen-te, deberán publicarse a través del SEACE; Que, en reunión los miembros del Comando Nacional acordaron la contratación definitiva del Seguro Obliga-torio de Accidentes de Tránsito - SOAT para los Vehícu-los del CGBVP, a través de exoneración por la causal deSituación de Desabastecimiento Inminente, dado el ries-go en que se encontrarían las vidas humanas y los bie- nes de la ciudadanía, de no contar los vehículos del CGBVP con dicho seguro; Que, estando a lo indicado en los párrafos preceden- tes, la medida adoptada permitirá paliar la ausencia extra-ordinaria e imprevisible de un bien esencial actual, ur-gente del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, al contar con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito adecuado que permita a la institución seguircumpliendo con acudir a cualquier emergencia las vein-ticuatro (24) horas del día y los trescientos sesenta ycinco (365) días del año; Estando a lo dispuesto, en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y en uso de las facultades conferidaspor la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bombe-ros Voluntarios del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la Contratación Definitiva el Seguro Obligatorio deAccidentes de Tránsito - SOAT para los Vehículos del Cuer-po General de Bomberos Voluntarios del Perú. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Di- recta Pública, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsi- to - SOAT para los Vehículos del Cuerpo General de Bombe-ros Voluntarios del Perú, por un valor referencial deS/. 176,524.95 (Ciento Setenta y Seis Mil Quinientos Veinti-cuatro con 95/100 Nuevos Soles), incluido los tributos, se-guros, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecución del servicio. Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección de Logística para contratar el servicio exonerado en forma directamediante acciones inmediatas. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección General de Administración la remisión de una copia de la presente resolución y los Informes Técnico y Legal a la Contralo- ría General de la República y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO-DE, dentro de los diez (10) días siguientes hábiles a lafecha de aprobación, conforme lo establece el artículo20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiéndose su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE. Artículo 5º.- Disponer que las Direcciones correspondientes, realicen el inicio de las acciones quecorrespondan, de ser el caso, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS CÓRDOVA GÓMEZ Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 09712