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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2005 (25/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G32/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006 DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Título I GENERALIDADES Artículo 1º.- De los Fines y Objetivos Este Reglamento establece los procedimientos a tra- vés de los cuales los Agentes Participantes en el Presu- puesto Participativo 2006 del distrito de Puente Piedra, eligen democráticamente entre ellos, a los integrantesdel Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo2006. Artículo 2º.- De las definiciones Para la aplicación de la presente Ordenanza se con- siderará: Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo.- Es un órgano conformado por miembros elegidos entre los Agentes Participantes representantes de la Sociedad Civil acreditados en el proceso de Presu- puesto Participativo. El número mínimo de personas queintegran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro(4) miembros. Artículo 3º.- De las funciones del Comité de Vigi- lancia y Control del Presupuesto Participativo 2006 del distrito de Puente Piedra El Comité es competente para: - Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del proceso así como el cumplimiento de los acuerdos concertados en el Presupuesto Participativo. - Informar trimestralmente, sobre los resultados de la vigilancia a los Consejos de Coordinación Local yRegional y a la Sociedad Civil en general Artículo 4º.- De la vigencia del Comité de Vigilan- cia y Control del Presupuesto Participativo 2006 del distrito de Puente Piedra Tendrá una duración máxima de 2 años. Los Comités de Vigilancia se conforman al inicio del proceso, luego deculminado el registro de Agentes Participantes y finali-zan su labor en diciembre del año siguiente. Los representantes de las Organizaciones de la So- ciedad Civil son elegidos democráticamente por un pe-ríodo máximo de dos (2) años. No pudiendo ser reelegi-dos consecutivamente. TÍTULO II DEL PROCESO ELECTORAL Artículo 5º.- Elección del Comité.- La elección del Comité se realizará el 29 de mayo del 2005, al finalizar elprimer taller de elaboración del Presupuesto Participati- vo. Artículo 6º.- Del Comité Electoral.- Entre los Agen- tes Participantes representantes de la Sociedad Civil, seelegirá un Comité Electoral conformado por tres Agen-tes Participantes; siendo el Presidente el que obtengamayor votación. Artículo 7º.- Del Acto Electoral El Presidente del Comité Electoral invitará a los Agen- tes Participantes a proponer en forma ordenada a suscandidatos, para conformar el Comité de Vigilancia2006, de entre los cuales y por votación a mano alza- da, se elegirán como miembros del Comité a seis Agen- tes con mayor votación. Los tres siguientes candida-tos más votados pasarán a ser miembros suplentesdel Comité. Cada Agente Participantes podrá votar por una sola vez. Artículo 8º.- De la Vacancia del mandato Vaca el cargo de miembro del Comité de Vigilancia 2006, por las siguientes causales:- Por fallecimiento. - Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad. - Por dejar de residir en el distrito.- Por renuncia.- Por incumplimiento reiterado de sus funciones. Será el pleno del Comité de Vigilancia, el que acuerde la vacancia en reunión expresa convocada para tal fin.En dicha reunión deberá ser incorporado el nuevo inte-grante del Comité, quien será la persona que haya obte-nido la mayor votación siguiente en las elecciones reali- zadas. Regístrese, publíquese y cúmplase.RENNÁN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 09683 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G44/G65/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G6F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G2D /G67/GED/G6D/G65/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G61/GF1/G6F/G73/G20/G31/G39/G39/G38/G20/G61/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000036-MDSJM San Juan de Miraflores, 17 de mayo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Vistos y Oídos: el Memorándum Nº 165-2005- MDSJM/A de fecha 16.3.2005 del Despacho de Alcal-día; Informe Nº 047-2005-MDSJM-GR de fecha 16.5.2005 de la Gerencia de Rentas; Informe Nº 428-05- MDSJM/GM-OAJ de fecha 17.4.2005 de la Oficina deAsesoría Jurídica de esta Comuna; Memorándum Nº195-2005-MDSJM/OPRP de fecha 16.5.2005 de la Ofi-cina de Planificación, Racionalización y Presupuesto. POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Extraordinaria de Con-cejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lecturay aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el Sr. Alcalde Distrital mediante Memorándum Nº 165-2005-MDSJM/A dispuso que la Gerencia de Ren-tas, en coordinación con la Oficina de Planificación, Ra- cionalización y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica realicen un exhaustivo análisis de la legalidadde todas las disposiciones que han regulado el RégimenTributario de las Tasas Municipales denominadas Arbi-trios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques yJardines y, Serenazgo en el distrito de San Juan de Miraflores durante los años 1998 al 2004, a efectos de garantizar la aplicación del principio de legalidad en lasOrdenanzas Municipales que regulan los referidos tribu-tos por los ejercicios antes precisados; Que, los artículos 194º y 195º de la Constitución Po- lítica del Perú modificada por la Ley de Reforma Consti- tucional, Ley Nº 27680 señalan que los Órganos de Go- bierno Local son las Municipalidades Provinciales y Dis-tritales, las cuales tienen autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia. Sien-do el caso que estos espacios de autonomía reconoci-dos por la Constitución Política del Perú presuponen a su vez el reconocimiento de la existencia de un poder de derecho público al que competen las facultades de dic-tar normas jurídicas, organizar su aparato burocrático-