Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2005 (01/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 303474

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 1 de noviembre de 2005

la accion de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el Expediente Nº 715-05; en consecuencia, inaplicables las Resoluciones Administrativas Nº 037-2003-PCNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura, publicada con fecha veintidos de MORDAZA de dos mil tres, y la Resolucion Administrativa Nº 280-2003, de fecha catorce de junio de dos mil tres; asi mismo, declaro que se encuentra vigente el titulo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, el Trigesimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante resolucion numero dieciseis, de fecha veintinueve de setiembre de dos mil cinco, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura para que cumpla con lo ordenado en la sentencia de vista emitida por la MORDAZA Sala Civil de Lima; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de veinte de octubre de dos mil cinco, acordo por unanimidad, reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima; y excluir dicha plaza de la Convocatoria Nº 002-2005-CNM; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Reincor porar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Excluir la plaza de Vocal Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, de la Convocatoria Nº 0022005-CNM. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 18491
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1113-2005-CNM

Que, la mencionada reincorporacion tiene el caracter de provisional y se ha dispuesto en virtud del articulo 15º del Codigo Procesal Constitucional, sin correr traslado al Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de veinte de octubre de dos mil cinco, acordo por unanimidad, reincorporar provisionalmente al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Superior del Distrito Judicial del Callao; y excluir dicha plaza de la Convocatoria Nº 002-2005-CNM; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar provisionalmente al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Superior del Distrito Judicial del Callao. Segundo.- Excluir la plaza de Vocal Superior del Distrito Judicial del Callao, de la Convocatoria Nº 0022005-CNM. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 18493

Expiden Titulo de Juez Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA, Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1112-2005-CNM

MORDAZA, 26 de octubre de 2005 VISTO: La solicitud de la doctora Fany MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentada con fecha doce de octubre de dos mil cinco; y, CONSIDERANDO: Que, la recurrente mediante escrito presentado con fecha doce de octubre de dos mil cinco, solicita al Consejo Nacional de la Magistratura que se le expida el titulo de Juez Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA del Distrito Judicial del Cusco; en merito a que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolucion Administrativa Nº 024-2005-CE-PJ, de fecha siete de febrero de dos mil cinco, ratifico el acuerdo de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, de fecha diecisiete de agosto de dos mil cuatro, que dispuso su traslado del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA, al Juzgado Especializado en lo Penal del referido Modulo Basico de Justicia, por razones de necesidad del servicio; Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; y teniendo en cuenta que los traslados de magistrados corresponden a una reglamentacion interna propia del Poder Judicial y del

MORDAZA, 26 de octubre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 7860-2005-P-CSJCL/PJ, recibido con fecha cinco de octubre de dos mil cinco, del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, mediante Oficio Nº 7860-2005-P-CSJCL/PJ, recibido con fecha cinco de octubre de dos mil cinco, remite para conocimiento, MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 175-2005-P-CSJCL/PJ, de fecha tres de octubre de dos mil cinco, mediante la cual reincorpora por medida cautelar, en el cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del cuatro de octubre de dos mil cinco; Que, la reincorporacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corresponde a la ejecucion de la medida cautelar dictada por el Quincuagesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, en el tramite del MORDAZA constitucional de MORDAZA que el mencionado letrado viene siguiendo ante dicho organo constitucional en contra del Consejo Nacional de la Magistratura;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.