Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2005 (08/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, martes 8 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES
Nº INFRACCION

Pag. 303775
MEDIDAS ALTERNATIVAS
SANCIONES Decomiso, clausura, vaciados de cisternas.

Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con la abstencion del senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA EL CONSUMO HUMANO A TRAVES DE CAMIONES CISTERNAS EN LOS SECTORES DE EXPANSION MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES Articulo Primero.- Regular las medidas de seguridad en el Abastecimiento de Agua Potable, para el consumo humano a traves de camiones cisternas en el distrito de San MORDAZA de Porres desde la salida del surtidor, su distribucion hasta el almacenamiento en el tanque del consumidor. Articulo Segundo.- Dispongase ejercer el control e inspecciones de MORDAZA en forma permanente a todos los surtidores, pozos, excavaciones o lugares, y cualquier medio de transporte que sirva o se utilice para el abastecimiento y/o suministro de agua para el consumo humano, debiendo la autoridad municipal constatar que se cuente con la autorizacion sanitaria del Ministerio de Salud, la factibilidad tecnica de Sedapal, la autorizacion de uso otorgado por el Ministerio de Agricultura sobre el uso de subsuelo, segun el caso, que se cumpla con el aseo, higiene, salubridad, de acuerdo a las normas sanitarias establecidas por la autoridad competente, en coordinacion con el personal tecnico de la Direccion General de Salud (DIGESA). Articulo Tercero.- Modificar la Ordenanza Nº 064MDSMP que aprueba el cuadro de infracciones y sanciones de la municipalidad. Incorporando las siguientes infracciones y sanciones con su respectiva escala de multas, correspondientes a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, tal como se detalla a continuacion:
Nº 1 2 3 4 INFRACCION Operar el camion sin la autorizacion y registro de la autoridad sanitaria. No realizar los analisis bacteriologicos y la medicion del cloro residual en la cisterna del camion. No permitir o entorpecer las acciones de fiscalizacion a la autoridad en la cisterna del camion. No renovar en el plazo previsto ante la autoridad de salud, la autorizacion sanitaria para operar como camion cisterna. Laborar en la distribucion sin estar debidamente uniformado y no portar el carne de salud. Realizar trabajos de limpieza y desinfeccion en las cisternas por empresas de saneamiento ambiental, sin contar con la inspeccion tecnica de la autoridad de salud correspondiente. No adoptar medidas preventivas o correctoras necesarias ordenadas en la inspeccion tecnica de la autoridad de salud correspondiente. No tener actualizado el libro de mantenimiento de las condiciones sanitarias y del registro de la calidad del agua de cada cisterna. MULTA 20% UIT 20% UIT 20% UIT 10% UIT

1

MUY GRAVE La acumulacion de dos infracciones muy graves, MORDAZA lugar al retiro definitivo del servicio del camion cisterna.

2

GRAVE

Suspension de autorizaciones, licencias o permisos, internamiento de vehiculos.

3

LEVE

Multa economica.

Articulo Cuarto.- Las empresas, comites o cualquier forma societaria que agrupe personas naturales o juridicas responsables de los surtidores informales y/o distribuidores de agua potable, a traves de camiones cisternas que no cuenten con la Autorizacion Sanitaria correspondiente, en un plazo no mayor de 120 dias de publicada la presente ordenanza. Debera hacerlo con el registro municipal respectivo, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la autoridad sanitaria correspondiente, vencido dicho plazo se aplicara las sanciones respectivas. Articulo Quinto.- Autorizar a la Alcaldia para que mediante Decreto expida el Reglamento de la presente, el mismo que debera emitirse en un plazo no mayor a 60 dias utiles. La Gerencia de Servicios y Programas Sociales a traves de la Division de Salud, sera la encargada de formular el proyecto del documento normativo. Articulo Sexto.- Incorporese las infracciones senaladas en el Reglamento de Aplicaciones de Sanciones de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres. Articulo Septimo.- Dejese sin efecto cualquier disposicion municipal distrital que se oponga al cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, de Servicios y Programas Sociales, de Proteccion del Medio Ambiente y de Seguridad Ciudadana. Articulo Noveno.- La presente ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 18878

5 6

10% UIT 10% UIT

Aprueban Reajuste Integral de Zonificacion Distrital de San MORDAZA de Porres
ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2005-MDSMP San MORDAZA de Porres, 28 de octubre del 2005

7

10% UIT

8

5% UIT

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 02-2005-CPUTM/MDSMP de la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte, el Memorandum Nº 610-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Informe Nº 338-2005-MDSMP-GDU-DC, de

CLASIFICACION DE LAS INFRACCIONES Nº 1 2 3 INFRACCION MUY GRAVE GRAVE LEVE MULTA 20% UIT 10% UIT 5% UIT

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