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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G37/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de noviembre de 2005 Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema CrisóstomoCastañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Ella Castañeda Abanto, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos AlbertoCastillo Vidalón, Roberto Asunción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Rios y con la abstención del señor Regidor Carlos Enrique Calderón Carvajal, con dispensa deltrámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA EL CONSUMO HUMANO A TRAVÉS DE CAMIONES CISTERNAS EN LOS SECTORES DE EXPANSIÓN URBANA DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- Regular las medidas de seguridad en el Abastecimiento de Agua Potable, para el consumo humano a través de camiones cisternas en el distrito de San Martín de Porres desde la salida del surtidor, sudistribución hasta el almacenamiento en el tanque del consumidor. Artículo Segundo.- Dispóngase ejercer el control e inspecciones de campo en forma permanente a todos los surtidores, pozos, excavaciones o lugares, y cualquier medio de transporte que sirva o se utilice parael abastecimiento y/o suministro de agua para el consumo humano, debiendo la autoridad municipal constatar que se cuente con la autorización sanitaria del Ministerio deSalud, la factibilidad técnica de Sedapal, la autorización de uso otorgado por el Ministerio de Agricultura sobre el uso de subsuelo, según el caso, que se cumpla con elaseo, higiene, salubridad, de acuerdo a las normas sanitarias establecidas por la autoridad competente, en coordinación con el personal técnico de la DirecciónGeneral de Salud (DIGESA). Artículo Tercero.- Modificar la Ordenanza Nº 064- MDSMP que aprueba el cuadro de infracciones ysanciones de la municipalidad. Incorporando las siguientes infracciones y sanciones con su respectiva escala de multas, correspondientes a la Gerencia deServicios y Programas Sociales, tal como se detalla a continuación: Nº INFRACCIÓN MULTA 1 Operar el camión sin la autorización y registro de 20% UIT la autoridad sanitaria. 2 No realizar los análisis bacteriológicos y la medi- 20% UIT ción del cloro residual en la cisterna del camión. 3 No permitir o entorpecer las acciones de fiscali- 20% UIT zación a la autoridad en la cisterna del camión. 4 No renovar en el plazo previsto ante la autoridad 10% UIT de salud, la autorización sanitaria para operarcomo camión cisterna. 5 Laborar en la distribución sin estar debidamente 10% UIT uniformado y no portar el carné de salud. 6 Realizar trabajos de limpieza y desinfección en 10% UIT las cisternas por empresas de saneamiento am- biental, sin contar con la i nspección técnica de la autoridad de salud correspondiente. 7 No adoptar medidas preventivas o correctoras ne- 10% UIT cesarias ordenadas en la inspección técnica dela autoridad de salud correspondiente. 8 No tener actualizado el libro de mantenimi ento 5% UIT de las condiciones sanitarias y del registro dela calidad del agua de cada cisterna. CLASIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Nº INFRACCIÓN MULTA 1 MUY GRAVE 20% UIT 2 GRAVE 10% UIT 3 LEVE 5% UITMEDIDAS ALTERNATIVAS Nº INFRACCIÓN SANCIONES Decomiso, clausura, vaciados de cisternas. 1 MUY GRAVE La acumulación de dos infracciones muy graves, dará lugar al retiro definitivo delservicio del camión cisterna. 2 GRAVE Suspensión de autorizaciones, licencias o permisos, internamiento de vehículos. 3 LEVE Multa económica. Artículo Cuarto.- Las empresas, comités o cualquier forma societaria que agrupe personas naturales ojurídicas responsables de los surtidores informales y/o distribuidores de agua potable, a través de camiones cisternas que no cuenten con la Autorización Sanitariacorrespondiente, en un plazo no mayor de 120 días de publicada la presente ordenanza. Deberá hacerlo con el registro municipal respectivo, previo cumplimiento de losrequisitos exigidos por la autoridad sanitaria correspondiente, vencido dicho plazo se aplicará las sanciones respectivas. Artículo Quinto.- Autorizar a la Alcaldía para que mediante Decreto expida el Reglamento de la presente, el mismo que deberá emitirse en un plazo no mayor a 60días útiles. La Gerencia de Servicios y Programas Sociales a través de la División de Salud, será la encargada de formular el proyecto del documentonormativo. Artículo Sexto.- Incorpórese las infracciones señaladas en el Reglamento de Aplicaciones deSanciones de la Municipalidad de San Martín de Porres. Artículo Séptimo.- Déjese sin efecto cualquier disposición municipal distrital que se oponga alcumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerenciade Desarrollo Urbano, de Servicios y Programas Sociales, de Protección del Medio Ambiente y de Seguridad Ciudadana. Artículo Noveno.- La presente ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 18878 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20 /G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G64/G65 /G50/G6F/G72/G72/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2005-MDSMP San Martín de Porres, 28 de octubre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 02-2005-CPUTM/MDSMP de la Comisiónde Planificación Urbana y Transporte, el Memorándum Nº 610-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 338-2005-MDSMP-GDU-DC, de