Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2005 (08/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, martes 8 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC mediante Oficio Nº 600-2005-CONCYTEC-P, senala que debido a diversas razones (empresas no ubicadas, demora al responder la encuesta, entre otras) ha sido insuficiente el plazo de entrega de la referida encuesta; Que, en tal sentido es necesario ampliar el periodo de recepcion de los formularios hasta el 30 de noviembre del ano en curso; Con las visaciones de la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos, Subjefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar el periodo de diligenciamiento de los formularios de la "Encuesta Nacional de Ciencia y Tecnologia e Innovacion Tecnologica 2004 (ENCYT-04)" aprobada por Resolucion Jefatural Nº 285-2005-INEI hasta el 30 de noviembre del 2005. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 18872

OSINERG
Prorrogan plazo a empresa concesionaria Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L. otorgado mediante las RR. Nºs. 039 y 090-2005-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 411-2005-OS/CD MORDAZA, 31 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el 10 de febrero de 2005, se emitio la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 039-2005-OS/CD con la finalidad de regular las actividades vinculadas al diseno, construccion, reparacion, mantenimiento y modificacion de las instalaciones internas residenciales, comerciales y/o industriales de gas natural que se venian ejecutando en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao; Que, el 24 de MORDAZA de 2005, se emitio la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 090-2005-OS/CD prorrogando en noventa (90) dias adicionales al plazo otorgado a la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L. - GNLC en la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 039-2005-OS/CD; Que, en virtud de lo establecido en el literal f) del articulo 71º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM modificado por Decreto Supremo Nº 038-2004-EM, se procedio a elaborar los correspondientes proyectos de norma; Que, el 16 de febrero de 2005, se prepublico en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de Reglamento

de Registro de Instaladores de Gas Natural; el mismo que fue aprobado con Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 163-2005-OS/CD del 13 de MORDAZA de 2005; Que, el 5 de marzo de 2005, se prepublico en el Diario Oficial El Peruano el proyecto del Procedimiento para la Habilitacion de Suministros en Instalaciones Internas de Gas Natural; el mismo que fue aprobado con Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 1642005-OS/CD del 13 de MORDAZA de 2005; Que, a la fecha se continua con las actividades de expansion de las Redes de Distribucion en las instalaciones internas de gas natural, en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao de conformidad con lo establecido en las Resoluciones del Consejo Directivo de OSINERG Nºs. 039 y 090-2005OS/CD; Que, en virtud a lo MORDAZA senalado y teniendo en consideracion que a la fecha se encuentra en tramite el MORDAZA de implementacion de todos los dispositivos necesarios para la puesta en marcha del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural, tales como el Procedimiento de Reconocimiento de Organismos Certificadores de la Competencia Tecnica de Instaladores de Gas Natural y las Pautas de E valuacion de la Competencia Tecnica de los postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural, resulta necesario prorrogar el plazo autorizado en las resoluciones citadas en el primer considerando; debiendo exceptuarse a la presente MORDAZA del requisito de prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano dada la urgencia de su promulgacion conforme lo establecido en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG; Que, no obstante lo MORDAZA senalado, si durante el plazo otorgado en la presente resolucion se implementan los dispositivos necesarios para la puesta en marcha del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural, los instaladores debidamente inscritos ante OSINERG podran ejercer de forma inmediata las actividades de construccion, reparacion y mantenimiento de instalaciones internas de gas natural, para lo cual deberan cumplir con lo establecido en el Procedimiento para la Habilitacion de Suministros en Instalaciones Internas de Gas Natural; ello sin perjuicio de la autorizacion dada a la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L. - GNLC mediante Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 039-2005-OS/CD, la que se mantendra vigente hasta el vencimiento del plazo otorgado en la presente resolucion. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar en noventa (90) dias adicionales el plazo otorgado a la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L. - GNLC, en la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 090-2005-OS/CD que modifico la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 039-2005-OS/CD, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. La citada autorizacion sera ejercida en simultaneo con la implementacion del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural y del Procedimiento para la Habilitacion de Suministros en Instalaciones Internas de Gas Natural. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina WEB de OSINERG. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 18851

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