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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G37/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de noviembre de 2005 CSJLI/PJ estableció el rol de turnos de las Salas Penales Especiales en tanto se implemente un sistema informáticode distribución aleatoria y equitativa de expedientes. Cuarto.- Que, los Dres. Elvia Barrios Alvarado, Víctor Prado Saldarriaga e Iván Sequeiros Vargas, Presidentesde la 4º, 5º y 6º Sala Penal Especial informan, mediante documento de fecha 27 de octubre del año en curso, que pese al tiempo transcurrido desde la conformaciónde las indicadas Salas, a la fecha no se empiezan los trabajos de adecuación de las sedes en el local destinado para su funcionamiento, ubicado en Av. La Mar Cdra. 10- Miraflores, lo que dificulta y retrasa la operatividad de estas unidades que conlleva a la demora en la adquisición de equipos y materiales de oficina necesarios para eltrabajo en las nuevas Salas; información corroborada por el Área de Desarrollo de la Presidencia que, mediante Oficio Nº 714-2005-ADP/CSJLI-PJ, señala, entre otrosfactores, que pese a haberse firmado contrato con la empresa que ejecutará las obras, ésas no se pueden iniciar ya que el Ministerio de Economía y Finanzas aúnno ha transferido los recursos necesarios, según lo indica la Gerencia General. Quinto.- Que, la Oficina de Logística y el Área de Desarrollo de la Presidencia de la Corte, mediante documentos de vista, previa solicitud de esta Corte Superior de Justicia, proponen alternativas de reubicaciónde las Salas y Juzgados Penales Especiales. Sexto.- Que, siendo esto así, el Consejo Ejecutivo Distrital, considera imprescindible adoptar las accionescorrespondientes para que, a la brevedad posible, las Salas Penales inicien sus actividades y puedan dar inicio a los Juicios Orales, evitando mayor retardo en laconclusión de los procesos, en aras del Principio del Debido Proceso consagrado en la Constitución Política del Estado, para lo cual se requiere la atención prioritariade la Gerencia General y de los órganos administrativos competentes de la Corte Superior. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de sus atribuciones establecidas la Ley Orgánica delPoder Judicial, en sesión extraordinaria, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- TRASLADAR temporalmente los seis Juzgados Penales Especiales ubicados en el Edificio"ALIMAR" (Intersección Av. Arenales Cdra. 26 y Dos de Mayo) al 2º Piso de la sede judicial "Anselmo Barreto". Artículo Segundo.- INSTALAR, a la brevedad posible, provisionalmente, la 4º, 5º y 6º Sala Penal Especial en los espacios físicos donde funcionaban los Juzgados Penales Especiales, en la sede Alimar. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración, Logística y Área de Desarrollo de la Presidencia coordinen, en lo que les compete, con laGerencia General del Poder Judicial, lo relativo a la habilitación de los ambientes e instalación de puntos de red en ambas sedes judiciales. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Oficina de Administración Distrital la coordinación necesaria con los Magistrados y el Administrador de las Salas yJuzgados Penales Especiales para brindar el apoyo necesario para el traslado físico de los expedientes a las sedes judiciales mencionadas. Artículo Quinto.- DISPONER que la Administración de la sede "Anselmo Barreto" preste las facilidades del caso para concretar el traslado e instalación ordenadospor el órgano distrital de gobierno y gestión. Artículo Sexto.- EXHORTAR a la Gerencia General a fin que se otorgue la prioridad y celeridad del caso parala habilitación de las sedes de las Salas y Juzgados Penales Especiales en los locales designados. Artículo Sétimo.- Poner la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía Superior Decana del Lima, OCMA, ODICMA, Salas y Juzgados Penales Especiales, Administración Distrital,Administración de la sede judicial "Anselmo Barreto", Administración de los órganos jurisdiccionalesmencionados, Área de Desarrollo de la Presidencia, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARIA ZAVALA VALLADARES Presidenta VICTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA ANA PATRICIA LAU DEZAOSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 18871 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G41/G64/G6D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G50/G2D /G43/G53/G4A/G4C/G49/G2F/G50/G4A/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G6C/G20/G69/G6E/G76/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G64/G65/G70/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 388-2005-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de noviembre del 2005 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 062-2005-P-CSJLI/ PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero del año en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por resolución de vista, la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso el obligatorio cumplimiento por parte de todos los órganos jurisdiccionales, de remitira la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, la información relativa al inventario y depuración de expedientes, en forma semestral, dentro de los primeros cinco días útilesposteriores a los meses de junio y diciembre del año en curso, labores que estarán a cargo de los Asistentes, Secretarios y/o Especialistas Legales, bajo la directasupervisión de los Magistrados. Segundo.- Que, la información indicada es de suma importancia para adoptar acciones de política integral yplaneamiento que permita lograr los objetivos trazados por esta Corte Superior de Justicia en aras de una eficiente y eficaz administración de justicia; es por elloque, estando a dos meses de finalizar el presente año judicial y dada la necesidad de reformular los requerimientos de la Corte Superior en función alPresupuesto que se otorgue al Poder Judicial para el Año Fiscal 2006, resulta imprescindible contar con la información relativa al inventario y depuración deexpedientes correspondiente al 2º Semestre del presente año con antelación a la fecha establecida en el artículo precedente. Tercero.- Que, para que los Magistrados de este Distrito Judicial tomen conocimiento célere y oportunamente de la presente disposición, la Presidenciade esta Corte Superior de Justicia, ha considerado pertinente comunicarla vía correo electrónico y por el Diario Oficial El Peruano, mediante su publicación. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas a la suscrita por los incisos 3) y 9) del Art. 90ºde la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Art. 3º de la Resolución Administrativa Nº 062-2005-P-CSJLI/PJ enel extremo que dispone la entrega de la información relativa al inventario y depuración de expedientes dentro de los primeros cinco días útiles posteriores al mes dediciembre.