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PÆg. 303922 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 182-2005- MDPN/A se nombró la Comisión Permanente, encargadade evaluar a los postulantes para el cargo de EjecutorCoactivo de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLONUEVO - ICA; Que, mediante Informe Nº 002-2005-MDPN/CCPM de fecha 27 de los corrientes comunica el resultado delConcurso Público de Méritos, la Comisión de Concursodeterminó que la Srta. Maribel Marlene Morales Morales,obtuvo el más alto puntaje para el cargo de EjecutorCoactivo, y el Sr. José Fernando Valenzuela Legua,igualmente obtuvo el más alto puntaje para el cargo deAuxiliar Coactivo; Estando a lo informado por la Comisión de Concurso de Méritos y de conformidad con la Ley Orgánica deMunicipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR a partir del 2 de noviembre del 2005 a la Srta. Maribel Marlene Morales Morales, comoEjecutor Coactivo, y a don José Fernando Valenzuela Leguacomo Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de PuebloNuevo. Artículo 2º.- Encargar a la Asesoría Legal Externa y a la Oficina de Personal la elaboración de los contratosrespectivos. Artículo 3º.- Encargar a la Administración el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.FREDY CONDORI FLORES Alcalde 18962 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TORATA Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinaria para atenderzonas de emergencias afectadas porsismo producido en el sur del país ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2005-MDT Torata, 26 de octubre de 2005 VISTO: El acuerdo de Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de octubre del 2005 que dispuso Aprobar y autorizar lacompra directa de la Maquinaria para atender las zonas deemergencia del distrito de Torata y los Anexos de Azana,Arondaya, Coscore y Quebrada Honda, afectados por losmovimientos telúricos del día primero de octubre de 2005 yestando al Informe Técnico Nº 002-2005-CEGQ/EI; emitidopor el Experto Independiente Ingeniero Mecánico CesarEsteban Gutierrez Quispe, Informe Nº 11-A-ADM/MDTemitido por la Oficina de Administración, Informe Nº 149-2005-OPP-MDT emitido por la Oficina de Planificación yPresupuesto; Informe Nº 046-2005-MBC-STDC/MDT,emitido por el Secretario Técnico de Defensa Civil, InformeNº 51-2005-GM/MDT e Informe Legal Nº 55-2005-OAJ-MDT,emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece en su artículo II que los gobiernos locales gozande autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia. La autonomía que laConstitución Política del Perú establece para lasmunicipalidades radica en la facultad de ejercer actos degobierno, administrativos y de administración, con sujeciónal ordenamiento jurídico; Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicoslocales y el desarrollo integral sostenible y armónico de sucircunscripción;Que, el artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM establece que están exoneradas del proceso deselección las adquisiciones y contrataciones que serealicen: inciso "c) En situación de emergencia o dedesabastecimiento inminente declarados de conformidadcon la presente ley"; Que, el Gobierno Central mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM de fecha 7 de octubre de 2005 hadispuesto LA DECLARACIÓN DE ESTADO DEEMERGENCIA, por desastre natural en diversas provinciasde los departamentos de San Martín, Amazonas, LaLibertad, Loreto, Cajamarca, Ancash y Moquegua y encuanto este último la provincia de Mariscal Nieto,disponiendo a los diferentes sectores la ejecución de lasacciones inmediatas destinadas a afrontar la emergenciapresentada, atender a la población afectada, reducir yminimizar los riesgos existentes y rehabilitar las zonasafectadas; Que, mediante D.S. Nº 081-2005-PCM se modifica los artículos 1º, 2º y 3º del D.S. Nº 076-2005-PCM, que declarael Estado de Emergencia en diversas provincias de losdepartamentos de San Martín, Amazonas, La Libertad,Loreto, Cajamarca, Ancash y Moquegua, en su artículo 2ºsobre ejecución de acciones, establece que los gobiernoslocales correspondientes de las localidades afectadas,ejecutarán las acciones inmediatas destinadas a afrontarla emergencia presentada, atender a la población afectada,reducir y minimizar los riesgos existentes y rehabilitar laszonas afectadas; Que, el 1 de octubre del 2005 se produjo un sismo en el sur del país, afectando numerosas viviendas, parte de lainfraestructura de servicios públicos y zonas agrícolas dediversos distritos de la provincia de Mariscal Nieto,ocasionando graves perjuicios a su población. Por lo quela Municipalidad debe actuar de manera inmediata paraprevenir y atender desastres, así como satisfacer lasnecesidades sobrevivientes; Que, conforme al Informe Nº 046-2005-MCB-STDC/MDT emitido por el Secretario Técnico de Defensa Civil y elInforme Nº 51-2005-GM/MDT, emitido por la GerenciaMunicipal el referido sismo ha afectado gravementeviviendas, canales de regadío, carreteras de penetraciónhacia los diferentes anexos de nuestro distrito, así como lainfraestructura de servicios públicos como agua y desagüe.En la actualidad continúan los movimientos sísmicos ennuestro distrito, todos estos hechos afectan gravemente ala población, requiriendo una actuación inmediata por partedel gobierno local; Que, el inciso c) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,sanciona que todas las exoneraciones se aprobaranmediante Acuerdo de Concejo tratándose de gobiernoslocales, siendo esta facultad indelegable y que serápublicado en el Diario Oficial El Peruano por lo que alamparo del artículo 41º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo: ACORDÓ:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección, por Estado de Emergencia para la adquisiciónde la siguiente maquinaria: - 01 Tractor sobre Orugas de 310 HP. - 01 Cargador Frontal de 210 HP de 3.5 m 3 de capacidad. - 01 Camión Volquete de 15 m3 de capacidad. - 01Tractor Camión de 380 HP más semirremolque Cama Baja de 45 Toneladas de capacidad de carga. Artículo Segundo.- Facultar a la Unidad de Logística proceder conforme el artículo 148º del Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, "Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado". Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Administración cumpla con publicar la presente en el DiarioOficial El Peruano y su publicación a través del SEACE,conforme lo dispone el artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM y la notificación a la Contraloría General de laRepública. Regístrese, comuníquese y cúmplase. A. MANUEL HURTADO JIMÉNEZ Alcalde 19038