Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 303910 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 cumplimiento de lo dispuesto en dicha Resolución, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de laSEPS, aprobado mediante Resolución de SuperintendenciaNº 029-2001-SEPS/CD, corresponde al Superintendenteemitir las resoluciones y normas en materia de sucompetencia; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el modelo TEDEF-EV, descrito en el Anexo Nº 1, y el modelo TEDEF-EPS, descrito en elAnexo Nº 2, con la estructura de datos especificada en lasseis (6) tablas de cada uno de los Anexos, de acuerdo alsiguiente detalle: Tabla 1: Cabecera del Documento Facturador Tabla 2: Características Generales de la AtenciónTabla 3: Detalle de los Servicios de la AtenciónTabla 4: Detalle de los Diagnósticos de la AtenciónTabla 5: Detalle de los Productos de FarmaciaTabla 6: Detalle del Servicio Odontológico Artículo 2º.- Los procedimientos estandarizados para denominar o nombrar los archivos magnéticos y el mensajemediante el cual serán transmitidos se describen en elAnexo Nº 3 de la presente Resolución. Artículo 3º.- Las EEVV incluidas en el listado a que hace referencia el artículo 6º de la Resolución deSuperintendencia Nº 019-2005-SEPS/CD se muestran enel Anexo Nº 4 de la presente Resolución. Las EPS recibiránla transmisión electrónica de las EEVV según el siguientecronograma: a) De las EEVV consignadas con los números 1 al 10, a más tardar el 28 de febrero de 2006. b) De las EEVV consignadas con los números 11 al 15, a más tardar el 30 de junio de 2006. c) De las EEVV consignadas con los números 16 al 20, a más tardar el 30 de setiembre de 2006. Artículo 4º.- Las EPS transmitirán a la SEPS los datos del modelo TEDEF-EPS dentro de los primeros diez (10)días calendario del mes siguiente al reportado,comprendiendo la información que hayan recibido duranteel período establecido entre el primer y el último día delmes reportado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo7º de la Resolución de Superintendencia Nº 019-2005-SEPS/CD. Artículo 5º.- Los Anexos Nºs. 1, 2, 3 y 4 mencionados en los artículos 1º, 2º y 3º de la presente Resolución, seencontrarán publicados en la página WEB de la SEPS:www.seps.gob.pe/normatividad/formatos.htm. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS Superintendente 18960 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra la Municipalidad Provin-cial del Callao para acceder a informa-ción sobre Concesión y Ejecución de laObra "Vía Expresa del Callao" RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 251-2005-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO/PR Callao, 9 de noviembre de 2005VISTOS: El Acuerdo del Consejo Regional N° 016-2005-REGIÓN CALLAO-CR de fecha 21 de setiembre de 2005; el OficioN° 347-2005-REGIÓN CALLAO/SCR de fecha 27 desetiembre de 2005 de la Secretaría del Consejo Regional; elMemorándum N° 406-2005-REGIÓN CALLAO/GGR de fecha10 de octubre de 2005 de la Gerencia General Regional; elInforme N° 126-2005-REGIÓN CALLAO/GRI-OVTCyT defecha 9 de noviembre de 2005 de la Oficina de Vialidad,Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones; elMemorandum N° 338-2005-REGIÓN CALLAO/GRI de fecha9 de noviembre de 2005 de la Gerencia Regional deInfraestructura y el Informe N° 1586-2005-GOBIERNOREGIONAL DEL CALLAO/GAJ de fecha 9 de noviembre dela Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Notarial N° 770-2005-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO/PR de fecha 23 de setiembre de2005, se solicitó en forma reiterada a la MunicipalidadProvincial del Callao, en el marco de lo establecido en elTUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso ala Información y su Reglamento aprobado por D.S. N° 072-2003-PCM, la remisión de una serie de documentosrelacionados a la Concesión y Ejecución de la Obra "VíaExpresa del Callao", siendo que a la fecha la MunicipalidadProvincial del Callao aún no ha cumplido con remitir ladocumentación solicitada; Que, el Consejo Regional mediante Acuerdo N° 016- 2005-REGIÓN CALLAO/CR, acordó proponer a laPresidencia del Gobierno Regional del Callao, que autoriceal Procurador Público Regional, el inicio de las accioneslegales pertinentes en defensa de la institucionalidad y losderechos de la población chalaca, en razón de que lainformación solicitada a la Municipalidad Provincial del Callaorespecto de la obra "Vía Expresa Callao", ha sido remitidade manera incompleta y no se ajusta a lo requerido por elConsejo Regional, motivo por el cual no puede emitirsepronunciamiento técnico ni legal sobre el particular; Que, el TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por D.S. N° 043-2003-PCM establece en su artículo 10º que "Las entidades de la Administración Pública tienen la obligación de proveer la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, siempre que haya sido creada u obtenida por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su control. Asimismo, para los efectos de esta Ley, se considera como información pública cualquier tipo de documentación financiada por el presupuesto público que sirva de base a una decisión de naturaleza administrativa, así como las actas de reuniones oficiales". Que, el artículo 11º de la acotada norma establece la facultad de recurrir a las instancias jurisdiccionales a efectosde acceder a la informa solicitada cuando ésta no esproporcionada oportunamente; Que, de lo expuesto se puede apreciar que la Municipalidad Provincial del Callao, no viene cumpliendocon los requerimientos del Gobierno Regional del Callaopara que se le remita la información obrante respecto de laObra "Vía Expresa del Callao" por lo que deviene ennecesario accionar en defensa de los intereses de laEntidad y de la comunidad Chalaca en general, mediantela correspondiente autorización al Procurador PúblicoRegional para que actúe conforme lo establece lanormatividad precitada, autorización que debe contar conel Acuerdo de Gerentes del Gobierno Regional respectivo,conforme lo exige el Artículo 7º del Decreto SupremoNº 002-2003-JUS; Que, en virtud de las atribuciones que le confiere los Artículos 20º, 21º inciso “v” y 41º de la Ley Nº 27867 “LeyOrgánica de Gobiernos Regionales”, el numeral “4” delArtículo 18° del Reglamento de Organización y Funcionesdel Gobierno Regional del Callao, aprobado por OrdenanzaRegional N° 002-2004-REGIÓN CALLAO-CR, modificadacon Ordenanza Regional N° 004-2004-REGIÓN CALLAO-CR y Ordenanza Regional N° 012-2005-REGIÓN CALLAO-CR, y con la conformidad de la Gerencia General Regionaly la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica delGobierno Regional del Callao; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Público Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno