Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

PÆg. 303914 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 DEBE DECIR: 8.4. De la entrega de premios (...)La entrega de premios del sorteo se efectuará en la Subgerencia de Control Tributario y Fiscalización de laGerencia de Administración Tributaria sito en la Av. Du PetitThouars 3206 – San Isidro, a los ganadores del sorteo o acualquier persona que acredite vínculo de parentesco conéstos, debiéndose suscribir la correspondiente “Acta deEntrega de Premios del Sorteo Ganapuntual”, de acuerdoal modelo señalado en el Anexo. 18958 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Establecen gratuidad de diversos procedimientos administrativosincluidos en el TUPA de la Muni-cipalidad ORDENANZA Nº 243-MSS Santiago de Surco, 4 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan deautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, en el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por DecretoSupremo Nº 156-2004-EF, se precisa que conforme a loestablecido por el inciso 4 del artículo 195º y por el artículo74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidadescrean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, yotorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la ley; Que, el artículo 68º literal b) de la misma Ley de Tributación Municipal, establece que las Municipalidadespodrán imponer tasas por servicios administrativos oderechos, las cuales paga el contribuyente por conceptode tramitación de procedimientos administrativos o por elaprovechamiento particular de bienes de propiedad de laMunicipalidad; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, disponeen la segunda norma del Título Preliminar que la tasa es eltributo cuya obligación tiene como hecho generador laprestación efectiva por el Estado de un servicio públicoindividualizado en el contribuyente, pudiendo ser entreotras : Arbitrios, Derechos y Licencias, señalando que losDerechos son tasas que se pagan por la prestación de unservicio administrativo público o el uso o aprovechamientode bienes públicos; Que, por otro lado la Norma IV del Título Preliminar del mismo cuerpo legal establece en su segundo párrafo quelos Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear,modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios derechos ylicencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción ycon los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 94-MSS publicada con fecha 16 de febrero del 2002, se aprobó el Texto Único deProcedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidadde Santiago de Surco, el mismo que fue modificadomediante Decreto de Alcaldía Nº 01-2004-MSS publicadael 15 de febrero del 2004; Que, en el mencionado TUPA se establece el pago por derecho de tramitación de los procedimientos de ConstanciaCertificada de Autovalúo (3.10), Copia Certificada de Estadode Cuenta Corriente (3.11), Constancia Certificada de Pagoo Inafectación de Alcabala ( 3.12), así como deFraccionamiento de Deudas Tributarias (3.17);Que, en tal sentido, siendo uno de los objetivos de esta Municipalidad el de establecer procedimientos simplificadosa fin de favorecer la actuación del administrado, brindandoun mejor servicio con el menor costo, se ha visto a bienestablecer la gratuidad de los procedimientos señaladosen el párrafo anterior; aunado al hecho que conforme alCuadro de "Comportamiento Presupuestal de Ingresos porFuentes - Acumulado al mes de diciembre del 2004", losProcedimientos denominados: Constancia Certificada deAutoavalúo, Copia Certificada del Estado de CuentaCorriente, Constancia Certificada de Pago o Inafectaciónde Alcabala y Fraccionamiento de Deudas Tributarias, cuyagratuidad se propone, muestran una Ejecución Total deenero a diciembre del 2004, por el monto de S/. 112,689.60Nuevos Soles; no constituyendo un monto significativo queafecte económicamente a la Municipalidad, ya que sólorepresenta un 0.09 % de la recaudación total; Estando a los Informes Nº 502-2005-GAT-GCAR-MSS y Nº 1020-2005-OAJ-MSS de la Gerencia de AdministraciónTributaria y Oficina de Asesoría Jurídica, respectivamente;contando con el Dictamen Conjunto Nº 023-2005-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y AsuntosJurídicos; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite delectura y aprobación del acta por Unanimidad, se aprobó lasiguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE GRATUIDAD DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE EMISIÓN DE CONSTANCIA CERTIFICADA DE AUTOVALÚO, COPIA CERTIFICADA DE ESTADO DE CUENTA CORRIENTE, CONSTANCIA CERTIFICADA DE PAGO O INAFECTACIÓN DE ALCABALA Y DE SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA TRIBUTARIA Artículo 1º.- Establecer la gratuidad de los procedimientos de Constancia Certificada de Autoavalúo(3.10), Copia Certificada de Estado de Cuenta Corriente(3.11), Constancia Certificada de Pago o Inafectación deAlcabala ( 3.12), así como de Fraccionamiento de DeudasTributarias (3.17) que se encuentran recogidos en el TextoÚnico Ordenado de Procedimientos Administrativosaprobado por la Ordenanza Nº 94-MSS y modificatorias. Artículo 2º.- Disponer la incorporación de la gratuidad de los procedimientos, conforme lo aprobado el artículoprecedente, dentro del TUPA de la Municipalidad deSantiago de Surco. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Tte. Alcalde Encargado de la Alcaldía 18969 Modifican la Ordenanza N” 154-MSS, que creó el Registro de Organizaciones Sociales para la Promoción del Desarrollo Local ORDENANZA Nº 245-MSS Santiago de Surco, 4 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 154-MSS del 15.OCT.2003, se creó el Registro de OrganizacionesSociales para la Promoción del Desarrollo Local; Que, los vecinos de Santiago de Surco han venido organizándose en las diferentes formas previstas por la ley,