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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (12/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 304026 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de noviembre de 2005 Artículo 9º.- De la distribución de cartas en la partida: En este juego antes de empezar la distribución de las cartas nos aseguramos de los siguientes puntos: - Para determinar quién tiene el Botón dealer en la primera mano de la partida, se distribuye una carta acada jugador, comenzando por el primer jugador a laizquierda del dealer, y lo será quien reciba la más alta,éste jugador tendrá el Botón dealer a su derecha y deberáser visible para todos los participantes en el juego. - El jugador que tenga el Botón dealer determina que el situado a su izquierda debe poner la ciega pequeña, yel jugador a la izquierda de éste la ciega grande. En una partida, luego de colocadas las apuesta llamadas ciega pequeña y ciega grande, el dealerdistribuirá de izquierda a derecha dos cartas cubiertas acada jugador. Luego se colocarán cinco cartas másdescubiertas en el centro de la mesa, llamadas “cartascomunitarias”, compartidas por todos los jugadores. Altérmino cada jugador formará su jugada usando la mejorcombinación entre sus dos cartas y las cinco cartascomunitarias. Artículo 10º.- Del desarrollo de la partida: Se aplican las siguientes reglas: a.- Para empezar la partida, cada jugador recibe una carta, se reparte de izquierda a derecha del dealer, elque obtenga la carta mayor tendrá el Botón dealer. b.- Luego están las ciegas, las cuales son dos apuestas obligatorias, la ciega pequeña y la ciega grande.El jugador que se encuentre a la izquierda del que tieneel Botón dealer debe poner la ciega pequeña, y el jugadora la izquierda de éste, la ciega grande, esta apuesta esel doble de la ciega pequeña. c.- Una vez colocadas las ciegas, el dealer reparte a cada jugador dos cartas cubiertas, empezando con eljugador que se encuentra a la izquierda del que tiene elBotón dealer, a continuación la primera ronda de apuestasla inicia el jugador que se encuentra a la izquierda delque ha puesto la ciega grande. Teniendo las opciones deretirarse, ir o apostar. Si decide ir debe igualar el importede la ciega grande. Si apuesta debe aumentar lo apostado,el turno de apuesta continúa en el sentido de las agujasdel reloj hasta finalizar en el jugador que apostó la ciegagrande. d.- Si el primer jugador ha apostado, el siguiente jugador puede retirarse, ir o aumentar la apuesta. Elturno pasa a su izquierda y concluye cuando todos losjugadores han contribuido al pozo la misma cantidad dedinero, habiéndose retirado aquellos que así lo handecidido. En caso que un jugador aumente la apuesta yningún otro la iguale, gana la partida automáticamente yse lleva el dinero del pozo. d.- Los jugadores que continúen en el juego, ven entonces el “Flop”, el dealer quema una carta y repartelas tres primeras cartas comunitarias seguidas de lascinco que van a constar en la partida. A continuaciónhay otra ronda de apuestas. Esta vez empieza el jugadorque esta a la izquierda del dealer, puede escoger entrepasar o apostar. Si el jugador pasa, se reserva el derechoa igualar o superar cualquier apuestas que se haga antesque le vuelva a tocar su turno. Las apuesta continúan dela misma forma que el ronda anterior, finalizando ahoraen el jugador que tiene el Botón dealer e.- A continuación el dealer quema una carta y descubre la cuarta carta comunitaria, empezando latercera ronda de apuestas, las mismas que continúande la misma forma que la ronda anterior, esta etapa deljuego se le conoce como “The Turn”. Finalmente sequema de nuevo una carta y se descubre la quinta yúltima carta comunitaria, comenzando con la cuartaronda de apuestas, de la misma forma que la rondaanterior, esta etapa del juega se le conoce como “TheRiver”. Al finalizar la ronda, los jugadores que permanecenen la partida deben comparar sus jugadas y se lleva elpozo aquel cuya combinación sea superior. j.- Si por el resultado de las combinaciones de dos o más jugadores existe empate, el pozo será repartidoentre ellos, salvo que la sala de juego establezca un criterio razonable para el desempate. Artículo 11º.- De las apuestas ganadoras: Se considerará ganador al jugador que efectuó la última apuesta que no fue cubierta por los demásjugadores o el que muestre la combinación de mayorvalor luego de haberse repartido las dos cartas a losparticipantes y las cinco cartas comunitarias. El jugadorganador recibirá como premio el pozo menos unporcentaje equivalente al cinco por ciento percibido comocomisión por el explotador. CAPÍTULO IV DE LOS ERRORES EN EL JUEGO Artículo 12º.- De las reglas aplicables ante errores en el juego: El personal de la sala de juego procurará corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas.Cuando un jugador no esté de acuerdo con la decisióndel personal de la sala de juego podrá solicitar lapresencia del Inspector o en su defecto, presentar unescrito ante la Dirección Ejecutiva explicando los hechosy las razones que sustentan su reclamo. CAPÍTULO V DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Artículo 13º.- De la información sobre las reglas del juego de Texas Hold’em Póker: En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento. Asimismo, en cada mesa dejuego donde se practique el Texas Hold’em Pókerdeberán estar a disposición de los usuarios en formagratuita cartillas que informen sobre las instruccionesde este juego. Artículo 14º.- De la información sobre los límites de las apuestas: Los límites para las apuestas deberán exhibirse en un sitio visible de la mesa donde se juegue el TexasHold’em Póker ya sea con límites o sin límites. Estoslímites podrán modificarse durante las horas defuncionamiento de la sala de juego, previa comunicacióna los jugadores antes del inicio de la partida. 19117 Renuevan autorización expresa a Masaris S.A. para explotación demÆquinas tragamonedas en sala dejuegos ubicada en la provincia deChepØn RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 585-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 25 de octubre de 2005 Visto, el Expediente Nº 000433-2002-MINCETUR, de fecha 28.8.2002, en el que la empresa MASARIS S.A.solicita la renovación de la autorización expresa para laexplotación de máquinas tragamonedas en la Sala deJuegos “MASARIS CHEPEN” de la Discoteca ubicadaen la calle San Pedro Nº 238, distrito y provincia deChepén, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regula laexplotación de juegos de casino y máquinastragamonedas en el país; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27796,excepcionalmente las empresas que explotan máquinastragamonedas en bingos y discotecas podrán renovar