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PÆg. 304036 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de noviembre de 2005 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 606-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 28 de octubre de 2005 Visto, el Expediente N° 001417-2005-MINCETUR, de fecha 28.09.2005, presentado por la empresa Universalde Desarrollos Electrónicos S.A., en el que solicitaautorización y registro de un (1) modelo de máquinatragamonedas; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 27153, modificada por la Ley N° 27796, se regula la explotación de los juegos decasino y máquinas tragamonedas, estableciéndose enel artículo 11° del citado cuerpo legal que los modelosde máquinas tragamonedas cuya explotación espermitida en el país son aquellos que cuentan conautorización y registro; Que, el artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 27153, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación quedeben presentar los interesados en obtener laautorización y registro de los modelos de máquinastragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21° del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedasy las memorias de sólo lectura de los programas dejuego deberán someterse con anterioridad a suautorización y registro, a un examen técnico ante unaentidad autorizada, la cual expedirá un Certificado deCumplimiento que acreditará que el modelo o lasmemorias que componen el programa de juego, segúnsea el caso, cumplen con los requisitos establecidos enla Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumplimiento N° 200508-01, de fecha 18.08.2005,expedido por el Laboratorio de Certificación de la PontificiaUniversidad Católica del Perú, y verificado los requisitostécnicos de la máquina tragamonedas cuya autorizacióny registro solicitan, se advierte que la misma cumple conlo dispuesto en el artículo 16° del Decreto SupremoN° 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante hacumplido con las disposiciones legales aplicables paraque la Dirección Nacional de Turismo acceda a laautorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley N° 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento N° 05 del DecretoSupremo N° 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinadoen los Informes Técnico N° 123-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR-JYM y Legal N° 677-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Universal de Desarrollos Electrónicos SA.,el modelo de máquina tragamonedas fabricada por laempresa Universal de Desarrollos Electrónicos –UNIDESA (España), según el siguiente detalle: N° de Registro B0000256 Código del Modelo CIRSA SERIE 300 VIDEO XL Descripción Máquina tragamonedas de video vertical con cuerpo superior semi circular. En laparte central tiene un monitor de pantallaplana de alta resolución. Como mediosde juego cuenta con un aceptador demonedas y un aceptador de billetes. Comomedios de pago puede contar con unhopper o una impresora. Este modelo nocuenta con palanca lateral. Dimensiones Alto: 225.00 cm del Modelo Largo: 72.00 cm Ancho: 96.00 cmRegístrese, comuníquese y publíquese MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 19125 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 607-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 28 de octubre de 2005 Visto, el Expediente N° 001531-2005-MINCETUR, de fecha 12.10.2005, presentado por la empresa DiversiónExtra de Quebec de Perú S.A., en el que solicitaautorización y registro de un (01) modelo de máquinatragamonedas; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 27153, modificada por la Ley N° 27796, se regula la explotación de los juegos de casinoy máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo11° del citado cuerpo legal que los modelos de máquinastragamonedas cuya explotación es permitida en el paísson aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 27153, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación quedeben presentar los interesados en obtener laautorización y registro de los modelos de máquinastragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21° del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedasy las memorias de sólo lectura de los programas dejuego deberán someterse con anterioridad a suautorización y registro, a un examen técnico ante unaentidad autorizada, la cual expedirá un Certificado deCumplimiento que acreditará que el modelo o lasmemorias que componen el programa de juego, segúnsea el caso, cumplen con los requisitos establecidos enla Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumplimiento N° 200509-33 de fecha 16.09.2005,expedido por el Laboratorio de Certificación de la PontificiaUniversidad Católica del Perú, y verificado los requisitostécnicos de la máquina tragamonedas cuya autorizacióny registro solicitan, se advierte que la misma cumple conlo dispuesto en el artículo 16° del Decreto SupremoN° 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante hacumplido con las disposiciones legales aplicables paraque la Dirección Nacional de Turismo acceda a laautorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley N° 27153, el Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR y el ProcedimientoN° 05 del Decreto Supremo N° 006-2005-MINCETUR,estando a lo opinado en los Informes Técnico N° 127-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR-JYM yLegal N° 688-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Diversión Extra de Quebec de Perú S.A., elmodelo de máquina tragamonedas fabricada por laempresa Pro Diversión Extra de Canadá S.A. (Panamá),según el siguiente detalle: Registro B0000257 Código del Modelo LAB-6600-000 Descripción Máquina tragamonedas de video vertical con cuerpo superior semicircular y puedecontar con un monitor de tacto LCD dediecisiete (17”) pulgadas. Cuenta con unaceptador de monedas y puede contarcon un aceptador de billetes; y como