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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (13/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 304150 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de noviembre de 2005 Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notificado la presente Resolución; por cuenta de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción correspondiente; y a los interesados para suconocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JANETTE ALVA NAVARRO Gerente de Desarrollo Urbano 19187 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Plan de Desarrollo del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2005 MDP/C Pachacámac, 27 de octubre de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinario de fecha 9 de octubre del 2004, el tema sobre el Plan de Desarrollo Integral del distrito de Pachacámac; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de acuerdo al Art. 194º de la Constitución del Perú y la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, es un Órgano de Gobierno local conautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que tiene como finalidad de representar al vecindario, promover la adecuadaprestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el plan de Desarrollo del distrito de Pachacámac, es un instrumento técnico normativo, primordial, y básico para la gestión territorial, para el acondicionamiento progresivo y ordenado del distrito, consolidando las zonasdefinidas en el plan de desarrollo integral y de acuerdo a este marco , permite la adecuada promoción de las inversiones privadas; además prevé la organización yexpansión adecuada de la zona urbana del distrito; Que, así mismo el plan de Desarrollo Integral esta orientado a los procesos e iniciativas que procuren mejorar lascondiciones de vida y procesos de su población, así como su participación en los procesos metropolitanos; Que, una de las funciones de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, es que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y lasostenibilidad ambiental, siendo ésta permanente e integral; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º Inc. 26, de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se adoptó lo siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el plan de Desarrollo del Distrito de Pachacámac, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la Supervisión de la ejecución y el fiel cumplimiento del presente acuerdo,encargar a Secretaría General su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 19168MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Aprueban habilitación urbana nueva de terreno y autorizan la ejecución de diversas obras RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00461-2005-MDR Rímac, 20 de octubre del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO: el Expediente Nº 02254-05 de fecha; 17.3.05 y anexos promovido por ARGENTA INMOBILIARIA S.A.C.,solicitando aprobación de Habilitación Urbana Nueva, con Construcción Simultánea para la realización de un Conjunto Residencial en la modalidad de Condominio “Lasnuevas Alamedas del Rímac”, para Proyecto MIVIVIENDA, en los terrenos respectivamente calificados con una Zonificación de RESIDENCIAL DE ALTA DENSIDAD(R-5) y COMERCIO SECTORIAL (C-3); CONSIDERANDO:Que el Sr. Francesc Violan González, Gerente General, en representación de ARGENTA INMOBILIARIA S.A.C., solicitaaprobación de Habilitación Urbana Nueva de los terrenos de su propiedad de 65,853.91 m2., y 29,026.85 m2., inscrita en la Ficha Nº 1157444 Partida Nºs. 44151294 y Ficha Nº 1159385Partida Nº 11037752 de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos ubicados entre las avenidas Francisco Pizarro, Felipe Arancibia, Morro de Arica y Pasaje Muñoz ycalle Totoritas del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, adjuntando documentación de acuerdo al Artículo 10º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Generalde Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA; Que, el Art. 195º Inc. 6) de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 27680 señala que los Gobiernos Locales son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones incluyendo la zonificacionurbanismo y acondicionamiento territorial; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala en su Artículo 79º Inc. 3.6.1. que en materia deOrganización del Espacio Físico y Uso del Suelo las Municipalidades Distritales ejercen funciones específicas exclusivas: normar, regular y otorgar autorizaciones, derechosy Licencias y realizar la fiscalización de Habilitaciones Urbanas; Que, la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas en su artículo 3º establece que lasMunicipalidades Distritales en el ámbito de su jurisdicción les compete conocer y aprobar las solicitudes de Habilitación Urbana para que en las municipalidadesconformaran una Comisión Técnica; Que, el artículo 4º de la citada Ley de Habilitaciones Urbanas señala que el procedimiento consta de dosetapas la Aprobación de la Habilitación Urbana y la recepción de Obras, siendo los requisitos para la aprobación de la habilitación urbana el Título de propiedadregistrado, el plano de ubicación, el plano de Lotización y memoria descriptiva, Certificado de Zonificación y Vías aprobado por la Municipalidad Provincial, factibilidad deservicios otorgado por las entidades prestadoras de servicios EDELNOR, SEDAPAL, así como la declaración jurada de reserva de áreas de aportes reglamentarios; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Transitoria Complementaria de la Ley, las áreas de aportes destinados para recreación pública y otros o serviciospúblicos complementarios corresponden a las Municipalidades Distritales; Que, mediante Ley Nº 26912 se creó el Fondo Hipotecario de Promoción a la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, con la finalidad de facilitar la adquisición de viviendas especialmente las de interés social. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 053-98-PCM se aprobó el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial, el mismo que fue modificado por el DecretoSupremo Nº 030-2002-MTC y D.S. Nº 011-2003-MTC; Que, obra en el expediente de autos las factibilidades de servicios otorgados por las empresas prestadorasde servicios SEDAPAL y EDELNOR;