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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (04/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G35/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de octubre de 2005 Andina de Fomento, en el que se establecen las condiciones para la ejecución de la Cooperación TécnicaNo Reembolsable que se acepta mediante el artículo 1ºde la presente Resolución Suprema. Artículo 3º.- El MINCETUR remitirá la información correspondiente a la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16897 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G4E/G6F /G52/G65/G65/G6D/G62/G6F/G6C/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G22/G46/G6F/G72/G74/G61/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G61/G64/G65/G20/G50/G59/G4D/G45/G20/G2D/G20/G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2005-MINCETUR Lima, 3 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Corporación Andina de Fomento - CAF, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 4843/05 del 13 de mayo de 2005, aprobó una Cooperación Técnica no Reembolsable a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, destinada abrindar asistencia en la realización del proyecto "Fortalecimiento Institucional de la Secretaría Técnica de la coordinadora de PYME - Perú", hasta por la suma detreinta mil y 00/100 Dólares Americanos (US$ 30,000.00); Que, es necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Técnica No Reembolsable, la queconstituye una valiosa contribución para el desarrollo del comercio exterior en el país; y aprobar el Convenio correspondiente suscrito entre la Corporación Andinade Fomento y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 719, modificado por la Ley Nº 28286, la Ley Nº 27692 y el Decreto Supremo Nº 105-92; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable aprobada a favor del Ministerio deComercio Exterior y Turismo - MINCETUR, por la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de treinta mil y 00/100 Dólares Americanos(US$ 30,000.00), destinada a brindar asistencia en la realización del proyecto "Fortalecimiento Institucional de la Secretaría Técnica de la coordinadora de PYME -Perú". Artículo 2º.- Aprobar el Convenio suscrito entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Corporación Andina de Fomento, en el que seestablecen las condiciones para la ejecución de la Cooperación Técnica No Reembolsable que se acepta mediante el artículo 1º de la presente ResoluciónSuprema. Artículo 3º.- El MINCETUR remitirá la información correspondiente a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16898 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G41/G4E/G55/G47/G41/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2005-MINCETUR/DM Lima, 29 de setiembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1240-2005-PROMPEX/DE, del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción deExportaciones – PROMPEX: CONSIDERANDO: Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas, facilitando ycontribuyendo al posicionamiento y consolidación de losbienes y servicios en el mercado internacional, a travésde una acción concertada con el sector privado y lasdiferentes instituciones públicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimientoy diversificación de la oferta exportable peruana, lacapacidad de gestión de las empresas exportadoras yla apertura y consolidación de los mercados deexportación; Que, entre las funciones que PROMPEX realiza, con el objeto de promover las exportaciones de bienes yservicios peruanos y mejorar la oferta exportable, seencuentra la de diseñar y ejecutar estrategias yacciones de promoción que permitan fomentar yfortalecer el desarrollo de la oferta exportable del país en condiciones competitivas, conforme lo establece el artículo 5º del Reglamento de Organización yFunciones de la entidad; Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado su participación en la Feria ANUGA 2005, a realizarse en laciudad de Colonia, República Federal de Alemania, del 8 al 12 de octubre del 2005, en la que participarán 90 países; Que, dicha feria es uno de los principales eventos de alimentos y bebidas del mercado europeo, que se celebracada dos años y es el medio más utilizado por losexportadores para ingresar a dicho mercado; Que, el objetivo de participar en esta feria es promocionar, posicionar, ofrecer y difundir los productos alimenticios peruanos, apoyar a lasempresas peruanas participantes, intensificar lasrelaciones técnico-comerciales entre productores,transformadores y exportadores del mercado europeo,conocer las tendencias del mercado a nivel mundial e identificar potenciales compradores para los productos peruanos; Que, por lo expuesto, PROMPEX ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Eduardo Talavera Larenasy Julio César Rejas García, profesionales de la Gerenciade Agro y Agroindustrias, para que participen en la Feria ANUGA 2005; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de