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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (11/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G39/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de octubre de 2005 - Radio La Inolvidable 93.7 FM / 660 AM S/. 3,816 - Radiomar Plus 106.3 FM / 760 AM S/. 1,960 Artículo Tercero .- La contratación aprobada mediante la presente Resolución será financiada con recursosdirectamente recaudados, encontrándose dicho gastodebidamente presupuestado. Artículo Cuarto .- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada medianteacciones inmediatas conforme a lo prescrito por las normasde contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes a su emisión, y remita unacopia de la misma y de los informes que la sustentan a laContraloría General de la República y al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro delos diez (10) días hábiles siguientes, conforme lo estableceel artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 147ºde su Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ÁNGEL MONTERO ONETO Servicio de Administración Tributaria 17252 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G22/G49/G49 /G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G32/G30/G30/G35/G22 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2005-MDI Independencia, 6 de octubre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto, El Informe Nº 213-2005-URC-GSG/MDI, de fecha 11 de agosto del 2005, procedente de la Unidad deRegistros Civiles, y el Memorando Nº 1235-2005-GSG/MDI,de fecha 24 de agosto del 2005, de la Gerencia deSecretaría General; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la Comunidad y elEstado protegen a la familia, promueven el matrimonio ylos reconoce como institutos naturales y fundamentales dela sociedad; Que, según lo prescrito en el Artículo 233º del Código Civil, la regularización jurídica de la familia tiene por finalidadcontribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armoníacon los principios y normas proclamadas en nuestra CartaMagna; Que, se ha tomado conocimiento que en nuestra Jurisdicción existe un alto índice de parejas de escasosrecursos económicos que han conformado su hogar bajounión de hecho y desean formalizar su estado civilcontrayendo matrimonio; Que, es política primordial de la actual Gestión Municipal, proteger a la familia y promover el matrimoniocomo institución natural y fundamental de la sociedad,cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; Que, mediante los documentos del visto, la Unidad de Registros Civiles y la Gerencia de Secretaría General deesta Corporación Edilicia, sugieren la realización del IIMatrimonio Civil Comunitario del año en curso; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 4º de la Constitución Política delEstado, los Artículos 233º, 234º y 248º del Código Civil, yen uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 20º,incisos 6 y 16; y, 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades;DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar la celebración del "II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2005" a llevarsea cabo el día 26 de noviembre del 2005 a horas 9:00 a.m. en lasinstalaciones de Hiper Mercado METRO Panamericana Norte,ubicado en la esquina de las Avenidas Carlos Izaguirre yPanamericana Norte, distrito INDEPENDENCIA. Artículo Segundo.- Los contrayentes deben presentar los requisitos establecidos en los Artículos 248º y siguientes delCódigo Civil y en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Tercero.- Disponer la exoneración de los plazos legales para la referida celebración y la dispensa de la publicacióndel Edicto Matrimonial por cuenta de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Fijar como pago único por concepto de pliego matrimonial comunitario la suma de S/. 80.00(Ochenta y 00/100 Nuevos Soles) Artículo Quinto.- Establecer como fecha término para la presentación de expedientes matrimoniales el día 24 denoviembre del 2005. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Administraciónde Recursos y Unidad de Registros Civiles el fiel cumplimientode lo dispuesto en el presente Decreto, y a la Unidad de ImagenInstitucional la difusión masiva correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 17232 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G32/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G44/G50/G48/G2C/G20/G71/G75/G65/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G55/G73/G6F/G54/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4B/G69/G6F/G73/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 067-2005-MDPH Punta Hermosa, 22 de septiembre del 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Punta Hermosa, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, se le reconoce a los Gobiernos Locales autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, las municipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos municipales de conformidad con elinciso 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, con fecha 28 de noviembre del 2003, se aprobó la Ordenanza Nº 032-2003-MDPH, que regula el otorgamientode Cesión de Uso Temporal de Kioscos y Normas deconducción en las playas del distrito de Punta Hermosa; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades, y con la aprobación por mayoría delConcejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 17º DE LA ORDENANZA 032-2003-MDPH Artículo Primero.- MODIFÍQUESE los plazos establecidos en el artículo 17º de la Ordenanza Nº 032-2003-MDPH, la misma que fue modificada por el textoestablecido en la Ordenanza Nº 047-2004-MDPH; losmismos que es modificado bajo los siguientes términos: