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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (11/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G39/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de octubre de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 0701/2005-GRP-PECHP-406000 Mediante Oficio Nº 937/2005-GRP-PECHP-406000, el Gobierno Regional de Piura solicita se publique Fe deErratas de la Resolución Gerencial Nº 0701-2005-GRP-PECHP-406000, publicada en nuestra edición del día 30de setiembre de 2005. DICE: "RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 0701-2005-GRP-PECHP-406000" DEBE DECIR: "RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 070/2005-GRP-PECHP-406000" 17163 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1161-2005-GRU-P Pucallpa, 6 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo de la Duodécima Disposición Transitoria de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, establece losmecanismos para realizar el Concurso Público a NivelNacional de selección de los Directores RegionalesSectoriales, proceso que se inicia con la correspondienteconvocatoria; Que, el Consejo Nacional de Descentralización - CND, mediante Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003,aprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2003, “LineamientosGenerales para el Concurso Público de Selección de losDirectores Regionales Sectoriales”, norma modificadamediante Resolución Presidencial Nº 025-CND-P-2003,donde se establece que la convocatoria se realizarámediante Resolución Ejecutiva Regional; Que, de acuerdo a las Resoluciones Presidenciales antes señaladas, el Gobierno Regional de Ucayali,oportunamente, realizó el Concurso Público y designó alos Directores Regionales Sectoriales correspondientes porel período de dos años (2) tal como lo establece el últimopárrafo del numeral 5.2.5 de la referida Directiva; Que, la política de la actual gestión se rige, entre otros, por los principios de participación, transparencia y gestiónmoderna, con la finalidad de asegurar el cumplimiento delos objetivos y metas de desarrollo regional a favor de lapoblación; por lo que en concordancia con estos principios,y estando a que los actuales directores regionalessectoriales ya cumplieron con el período de dos años desdela fecha en que fueron designados, conviene convocar anuevo concurso; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria- Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONVOCAR a concurso público de selección de los Directores Regionales Sectoriales deUcayali, que a continuación se indica:- DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE AGRICULTURA.- DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO. - DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE LA PRODUCCIÓN.- DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. - DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO. - DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE ENERGÍA Y MINAS. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los Ministerios correspondientes, ConsejoNacional de Descentralización y Órganos competentes delGobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayorcirculación de la región. Regístrese, comuníquese y archívese.EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 17240 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G79/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G6D/GE9/G64/G69/G63/G61/G20/G70/G73/G69/G63/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G69/G73/G74/G61/G73/G61/G66/G69/G6C/G69/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 032-2005-SISOL/MML San Isidro, 26 de septiembre de 2005 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SISTEMA METROPOLITANO DE LA SOLIDARIDAD: VISTOS:El Informe Técnico Nº 004-2005 ASESORIA BEAG - SISOL, de fecha 26/9/2005, que emite el asesor Técnicode SISOL, por el que comunica la situación extraordinariae imprevista de desabastecimiento de bienes y serviciospara la evaluación médica y psicológica de los transportistaspúblicos y la formalización de taxistas, y el Informe LegalNº 44-2005-LEGAL-SISOL, que sustenta la procedencia dela Exoneración de Proceso por situación dedesabastecimiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 176, de fecha 11 de noviembre de 2003, se establece el uso de credencialesde conductores y cobradores de flota vehicular para poderpermitir la identificación ante el público usuario; asimismoel indicado Decreto de Alcaldía dispone que las empresasautorizadas para estar al servicio de transporte públicourbano de pasajeros, deberá presentar el certificado médicoque acredite la buena salud física y psicológica delconductor y el cobrador; La Ordenanza Municipal Nº 104, y el Decreto de Alcaldía Nº 011 establecen el Programa de Evaluación MédicaPsicológica de los Operadores de Transporte Público; Que, el SISOL es un Organismo Público Descentralizado, autorizado por la MunicipalidadMetropolitana de Lima para brindar el servicio de exámenesmédicos y psicológicos, a efectos que los transportistaspuedan obtener su credencial; Que, el Informe de Vistos del asesor Técnico de SISOL, y el Informe Legal, mencionan que el número detransportistas previstos para los referidos exámenes se haincrementado en forma exorbitante debido a la formalizaciónde taxistas, lo cual rebasa los bienes y servicios previstospara el presente año;