Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2005 (20/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Encomendar a la Subgerencia de Relaciones Publicas, la publicacion del presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y hagase saber. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 17767

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de MORDAZA Metalico para el MORDAZA peatonal
ACUERDO MUNICIPAL Nº 088-2005

respeta las condiciones expuestas en el proyecto de Convenio inicialmente propuesto, vale decir un pago en efectivo de S/. 50,000.00 (CINCUENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) y el saldo, en obras de asfalto que la Municipalidad Provincial de MORDAZA pueda ejecutar en la jurisdiccion del distrito de Yanahuara; Que, conforme al Articulo 20º del D.S. Nº 083-2004PCM y su Reglamento, los procedimientos no sujetos a MORDAZA de seleccion, requieren de: a) Informe Tecnico Legal sustentatorio. b) Acuerdo de Concejo Municipal; Que, cumplidos los requisitos anteriores, debe publicarse en Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio de su publicacion en el SEACE, remitiendose copias a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, con lo que la Entidad queda facultada para poder adquirir el bien en forma directa, tal como lo senala el Articulo 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM; ACUERDO: Articulo Primero.- EXONERAR, del MORDAZA de Seleccion, la contratacion entre Entidades a celebrarse entre la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Yanahuara, para la adquisicion de un MORDAZA Metalico, por un monto referencial MORDAZA de S/. 148,837.20 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 20/100 NUEVOS SOLES). El monto incluye los impuestos de Ley y con cargo a los mayores recursos recaudados por concepto de Canon Minero. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logistica, su adquisicion en forma directa mediante accion inmediata, conforme lo previsto en el Articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM y el Articulo 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Municipal, remita copias certificadas del Acuerdo Municipal y de los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, y proceda la publicacion del Acuerdo Municipal. Registrese, comuniquese y hagase saber. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 17769

MORDAZA, 20 de setiembre de 2005 VISTO: En Sesion de Concejo del 15 de setiembre del ano 2005, el Dictamen Legal Nº 864-2005-MPA/F de fecha 2 de setiembre del 2005, que dictamina exonerar del MORDAZA de seleccion, la contratacion entre Entidades a celebrarse entre la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Yanahuara; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, es una entidad de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, con el fin de dar solucion al problema de MORDAZA peatonal, la Municipalidad Provincial de MORDAZA tiene programado construir un MORDAZA peatonal en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la altura del hospital MORDAZA MORDAZA, con cargo a los mayores recursos recaudados por concepto de Canon Minero, de acuerdo al Informe Nº 249-2005-MPA-H, de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; Que, efectuadas las indagaciones en el MORDAZA, se ha verificado que la Municipalidad Distrital de Yanahuara, tiene en propiedad un MORDAZA Metalico, el cual reune las caracteristicas tecnicas requeridas por esta Municipalidad; Que, la Municipalidad Distrital de Yanahuara, ha valorizado el referido MORDAZA en la suma de S/. 146,325.00 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), conforme a la valorizacion efectuada por el Perito Adscrito a CONATA, Ing. MORDAZA MORDAZA Malaga; Que, la Oficina Tecnica de la Subgerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas de esta Municipalidad, mediante Informe Nº 069-2005-MPA/C1, presenta la valor izacion del referido MORDAZA en la suma de S/. 148,837.20 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 20/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Memorando Nº 868-2005-MPA/C, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, recomienda su adquisicion, toda vez que su compra resultaria ventajosa, en razon de costos y oportunidad, ademas que resulta tecnicamente idonea y viable; Que, el Articulo 139º del D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que la contratacion directa entre entidades procede bajo las siguientes condiciones: a) Que, la adquisicion o contratacion resulte mas favorable y ventajosa. b)Que, en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad; Que, en el presente caso, la estructura metalica del MORDAZA es nueva, no ha sido utilizada y se encuentra expedita para ser instalada, reuniendo las caracteristicas tecnicas que exige esta Municipalidad, conforme a lo senalado por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, de igual forma la Adquisicion Directa resultaria ventajosa para esta Entidad, toda vez que el ofertante,

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAREDO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 081-2005-MDL

Laredo, 29 de setiembre del 2005 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAREDO En Sesion Extraordinaria de Concejo realizada el dia 28 de setiembre del presente ano, la misma que corre en el Acta Nº 033, bajo la Presidencia del senor MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAMARRA; y, VISTO: Informe Nº 396-2005-MDL. Asesoria Legal y el Comite Especial Nº 075-2005-LOG/MDL/CE-PVL, ref. Compra por desabastecimiento inminente; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 075-2005-LOG/MDL/CEPVL del Comite Especial, indica que por Resolucion de Alcaldia Nº 864-2005-MDL se declaro nulo el MORDAZA de adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2005-PVL-CE/ MDL la que fuera ratificada por Acuerdo de Concejo

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