Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2005 (20/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- La presente resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion al Banco Continental, en su calidad de emisor y entidad estructuradora; al Banco Sudamericano, en su calidad de representante de los obligacionistas; a Continental Bolsa S.A.B. S.A., en su calidad de agente colocador, a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Mercados y Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 17768

Articulo 2º.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio a setiembre del 2005, deberan utilizar para la fijacion del Indice Base del Codigo 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales Nºs. 214, 228, 240, 256, 276, 295, 320 y 335-2005-INEI, que aprobaron los Indices Unificados correspondiente a dichos meses. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 17814

INEI
Modifican Indice Unificado de Mano de Obra (Codigo 47) para las seis areas geograficas correspondiente a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre de 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 344-2005-INEI

Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificacion del Sector No Publico para las seis areas geograficas correspondientes a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre de 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 345-2005-INEI

MORDAZA, 18 de octubre del 2005 CONSIDERANDO: Que, con las Resoluciones Jefaturales Nºs. 229, 257, 296 y 336-2005 - INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificacion, correspondiente a las seis (6) areas geograficas para las Obras del Sector Privado por variacion de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras; Que, mediante Acta Final de Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2005-2006, con Expediente Nº 70963-2005-DRTPEL-DPSC-SDNC el Convenio Colectivo es suscrito con fecha 21 de setiembre y registrado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el 5 de octubre del 2005, como resultado de la negociacion directa del pliego de reclamos y que resuelve otorgar incrementos diarios, sobre el jornal basico de los trabajadores de Construccion Civil, a partir del 1 de junio del 2005; Que, en consecuencia es necesario modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificacion para las seis (6) areas geograficas correspondiente a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre del 2005; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, SE RESUELVE: Ar ticulo Unico .- Modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificacion del Sector No Publico para las seis (6) areas geograficas, correspondiente a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre del 2005, cuyo cuadro debidamente autenticado, forma parte de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica

MORDAZA, 18 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 214, 228, 240, 256, 276, 295, 320 y 335-2005-INEI, se aprobaron los Indices Unificados de Precios para las seis areas geograficas correspondiente a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre 2005; Que, mediante Acta Final de Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2005-2006, con expediente Nº 70963-2005-DRTPEL-DPSC-SDNC el Convenio Colectivo es suscrito con fecha 21 de setiembre y registrado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el 5 de octubre del 2005, como resultado de la negociacion directa del pliego de reclamos y que resuelve otorgar incrementos diarios, sobre el jornal basico de los trabajadores de Construccion Civil, a partir del 1 de junio del 2005; Que, en tal sentido es necesario modificar el Indice Unificado de Mano de Obra correspondiente a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre del 2005 para las seis areas geograficas; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Indice Unificado de Mano de Obra (Codigo 47) para las seis areas geograficas, correspondiente a los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre del 2005, en la forma siguiente: CODIGO 47: INDICE MANO DE OBRA ANO 2005 JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE INDICES ANTERIOR MODIFICADO 333,52 333,52 333,70 333,70 347,29 347,29 347,47 347,47

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