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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (25/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G39/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de octubre de 2005 Multisectorial encargado de estudiar, elaborar y proponer acciones administrativas y normativas en materia deSeguridad y Salud en el Trabajo de los EstibadoresTerrestres y Transportistas Manuales; Que, el Artículo 2º de la citada Resolución Suprema, dispone que el citada Comité estará conformado, entreotros, por un representante del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo, quien lo presidirá; Que, en mérito a lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo que designe al representante delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante elComité Técnico Multisectorial encargado de estudiar,elaborar y proponer acciones administrativas y normativasen materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de losEstibadores Terrestres y Transportistas Manuales; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12º delReglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al señor RICARDO HERBOZO COLQUE, Asesor Técnico de la Alta Dirección,como representante del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, quién actuará como Presidente, ante elComité Técnico Multisectorial encargado de estudiar,elaborar y proponer acciones administrativas y normativasen materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de losEstibadores Terrestres y Transportistas Manuales, creadapor Resolución Suprema Nº 054-2005-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 18033 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 723-2005-MTC/02 Lima, 18 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundopárrafos del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedanprohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no esaplicable a los sectores Relaciones Exteriores y ComercioExterior y Turismo, así como la Dirección de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encuyos casos los viajes serán autorizados a través deresolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - Iotorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones establecidasen el citado Convenio y en los estándares de laOrganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Taca Perú S.A., con Carta GO-541/ 05, del 27 de setiembre de 2005, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar un chequeo técnico en simulador de vuelodel equipo Airbus 319/320, en el Centro de Entrenamientode CAE de la ciudad de Miami, a su personal aeronáuticopropuesto, durante el día 27 de octubre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 27390 y 27391, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1915-2005-MTC/12.04-SDO designando alInspector Oscar Gustavo Camino Freundt, para realizarun chequeo técnico en simulador de vuelo del equipoAirbus 319/320, en el Centro de Entrenamiento de CAE,al personal aeronáutico propuesto por la empresa TacaPerú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 26 al 28 de octubre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae laOrden de Inspección Nº 1915-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gustavo Camino Freundt, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 26 al 28 de octubre de 2005, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Taca Perú S.A. a través de los Recibos de AcotaciónNºs. 27390 y 27391, abonados a la Dirección de Tesoreríadel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendolas asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso deaeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector