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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G39/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de octubre de 2005 mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechosaduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17961 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 ONPE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65 /G56/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G73/G74/G69/G6C/G6C/G61/G20/G79/G50/G61/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 296-2005-J/ONPE Lima, 19 de octubre de 2005 Vistos; el Oficio Nº 2979-2005-SG/JNE del 19 de octubre de 2005; el Acta Nº 024-2005, de fecha 19 de octubre delpresente año, de la Comisión de Selección de Jefes yAsistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadasde Procesos Electorales y Coordinadores de Local deVotación para la Consulta Popular de Revocatoria delMandato de Autoridades Municipales y Referéndum deDemarcación de Regiones 2005, designada medianteResolución Jefatural Nº 192-2005-J/ONPE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Nºs. 136-2005-JNE y 171- 2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 3 yel 16 de junio del presente año, respectivamente, el Plenodel Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a ConsultaPopular de Revocatoria del Mandato de AutoridadesMunicipales para el domingo 30 de octubre de 2005; Que, mediante Resoluciones Nº 137-2005-JNE, Nº 138-2005-JNE, Nº 139-2005-JNE, Nº 140-2005-JNE yNº 141-2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial ElPeruano el 2 de junio de 2005, el Pleno del JuradoNacional de Elecciones ha convocado a Referéndum paraconformar cinco (5) regiones relativas a dieciséisdepartamentos de la República, para el día domingo 30de octubre de 2005; Que, el inciso c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales, señala que es función de la ONPE planificar,preparar, y ejecutar todas las acciones necesarias parael desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimientoestricto de la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Nº 205-2005-JNE, de fecha 27 de julio de 2005, el Jurado Nacional de Elecciones hadeterminado 28 circunscripciones administrativas electoralesy sus sedes para la Consulta Popular de Revocatoria delMandato de Autoridades Municipales y el Referéndum parala Integración y Conformación de Regiones 2005; Que, con fecha 12 de octubre del presente año se publicó en el Diario Oficial El Peruano la ResoluciónJefatural Nº 284-2005-J/ONPE, mediante la cual sedetermina la relación complementaria de personas quedesempeñarán el cargo de Coordinador de Local deVotación y Accesitarios en la Oficinas Descentralizadasde Procesos Electorales de Castilla y Pasco, que asumirándichos cargos para el desarrollo de los procesoselectorales precitados, otorgándose el plazo de ley parala interposición de las tachas respectivas;Que, mediante Oficio Nº 2979-2005-SG/JNE, de fecha 19 de octubre de 2005, el Jurado Nacional de Eleccionescomunica que, habiendo transcurrido el plazo legal, nose han encontrado solicitudes de tacha contra laspersonas seleccionadas como Coordinadores de Localde Votación y Accesitarios, conforme a la ResoluciónJefatural antes mencionada; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, resulta necesario designar, en forma complementaria, alos Coordinadores de Local de Votación y sus Accesitariosde las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electoralesde Castilla y Pasco que desempeñarán sus funciones enlos procesos electorales antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los literales c)y g) de los artículos 5º y 13º de la Ley Nº 26487, LeyOrgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales,el literal u) del artículo 9º del Reglamento de Organizacióny Funciones de la ONPE aprobado mediante ResoluciónJefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado porResoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE, Nº 252-2004-J/ONPE y Nº 269-2005-J/ONPE; y con el visado dela Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votación para las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales de Castilla yPasco a las personas consignadas en la Resolución JefaturalNº 284-2005-J/ONPE, publicada en el Diario Oficial ElPeruano con fecha 12 de octubre de 2005. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, el contenido de la presenteresolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa NacionalOficina Nacional de Procesos Electorales 18056 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G71/G75/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1001-2005-JEF/RENIEC Lima, 5 de octubre de 2005 VISTO: el Informe Nº 2206-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 22 de julio del 2005 y el Informe Nº 933-2005-GAJ/RENIEC de fecha 8 de agosto del 2005, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, sobre Autorización deProceso de Reinscripción de la Oficina de Registro de EstadoCivil que funciona en la Municipalidad del distrito de Jepelacio,provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, los Registros de las Oficinasde Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242,deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Jepelacio, provincia de Moyobamba, departamento deSan Martín, ha cumplido con los requisitos establecidos