Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2005 (25/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 25 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 302927

mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17961

ORGANISMOS AUTONOMOS ONPE
Designan Coordinadores de Local de Votacion para Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA y Pasco
RESOLUCION JEFATURAL Nº 296-2005-J/ONPE MORDAZA, 19 de octubre de 2005 Vistos; el Oficio Nº 2979-2005-SG/JNE del 19 de octubre de 2005; el Acta Nº 024-2005, de fecha 19 de octubre del presente ano, de la Comision de Seleccion de Jefes y Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y Coordinadores de Local de Votacion para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y Referendum de Demarcacion de Regiones 2005, designada mediante Resolucion Jefatural Nº 192-2005-J/ONPE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Nºs. 136-2005-JNE y 1712005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 3 y el 16 de junio del presente ano, respectivamente, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el MORDAZA 30 de octubre de 2005; Que, mediante Resoluciones Nº 137-2005-JNE, Nº 138-2005-JNE, Nº 139-2005-JNE, Nº 140-2005-JNE y Nº 141-2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 2 de junio de 2005, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a Referendum para conformar cinco (5) regiones relativas a dieciseis departamentos de la Republica, para el dia MORDAZA 30 de octubre de 2005; Que, el inciso c) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, senala que es funcion de la ONPE planificar, preparar, y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, mediante Resolucion Nº 205-2005-JNE, de fecha 27 de MORDAZA de 2005, el MORDAZA Nacional de Elecciones ha determinado 28 circunscripciones administrativas electorales y sus sedes para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y el Referendum para la Integracion y Conformacion de Regiones 2005; Que, con fecha 12 de octubre del presente ano se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Jefatural Nº 284-2005-J/ONPE, mediante la cual se determina la relacion complementaria de personas que desempenaran el cargo de Coordinador de Local de Votacion y Accesitarios en la Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA y Pasco, que asumiran dichos cargos para el desarrollo de los procesos electorales precitados, otorgandose el plazo de ley para la interposicion de las tachas respectivas;

Que, mediante Oficio Nº 2979-2005-SG/JNE, de fecha 19 de octubre de 2005, el MORDAZA Nacional de Elecciones comunica que, habiendo transcurrido el plazo legal, no se han encontrado solicitudes de tacha contra las personas seleccionadas como Coordinadores de Local de Votacion y Accesitarios, conforme a la Resolucion Jefatural MORDAZA mencionada; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, resulta necesario designar, en forma complementaria, a los Coordinadores de Local de Votacion y sus Accesitarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA y Pasco que desempenaran sus funciones en los procesos electorales MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, los literales c) y g) de los articulos 5º y 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el literal u) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE, Nº 2522004-J/ONPE y Nº 269-2005-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votacion para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA y Pasco a las personas consignadas en la Resolucion Jefatural Nº 284-2005-J/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de octubre de 2005. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 18056

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban solicitud para reinscripcion de Libros Registrales de Nacimiento de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jepelacio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1001-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de octubre de 2005 VISTO: el Informe Nº 2206-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 22 de MORDAZA del 2005 y el Informe Nº 933-2005-GAJ/ RENIEC de fecha 8 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Jepelacio, provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Jepelacio, provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.