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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G39/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 305-2004- MIMDES de fecha 28 de mayo de 2004, se designó a laseñora LUZ MARINA FIGUEROA ARIAS, en el cargo deDirectora Ejecutiva del Programa Nacional contra laViolencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, cargo considerado de confianza, y alcual ha formulado renuncia; Que, en consecuencia es necesario aceptar la renuncia presentada, así como designar a la funcionariaque desempeñará dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir del 26 de octubre de 2005, la renuncia presentada por la señora LUZ MARINAFIGUEROA ARIAS, al cargo de Directora Ejecutiva delPrograma Nacional contra la Violencia Familiar y Sexualdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir del 26 de octubre de 2005, a la abogada ILLIAN M ILAGROS HAWIE LORA en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacionalcontra la Violencia Familiar y Sexual del MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18062 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G4E/G6F/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G43/G69/G72/G75/G6A/G61/G6E/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 811-2005/MINSA Lima, 21 de octubre del 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 019-2005-SA, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28498 - Ley deNombramiento de los Profesionales de la Salud noMédicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Saluda nivel nacional; Que el artículo 12° del Reglamento de la Ley N° 28498 señala que para efectos de conducción del proceso denombramiento de los profesionales de la saludcontratados, se designará una Comisión Nacional deNombramiento y que ésta debe ser oficializa porresolución del Ministerio de Salud; Que el proceso de nombramiento de los profesionales no médicos cirujanos se efectuará a partir del año 2006,en forma gradual hasta en un 15% anual del total delpersonal que estuvo contratado a la vigencia de la LeyN° 28498, 18 de abril de 2005, el mismo podrá serampliado de producirse modificaciones presupuestariasen el nivel institucional; Que a fin de iniciar el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos, por loque resulta necesario conformar la Comisión Nacionalde Nombramiento; y, De conformidad con lo previsto en el artículo 12° del Reglamento de la Ley N° 28498, aprobado por DecretoSupremo N° 019-2005-SA y el inciso l) del artículo 8° dela Ley N° 27657; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar la Comisión Nacional de Nombramiento de los Profesionales No Médicos Cirujanoscontratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, que estará integrada por: Un representante de la Ministra de Salud, quien la presidirá. El Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante. El Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos o su representante, quien actuarácomo Secretario Técnico. El Coordinador General del Programa de Administración de Acuerdos de Gestión o surepresentante Un representante de los Colegios Profesionales de la Salud. Un representante de los Gremios de los Profesionales de la Salud. Artículo 2°.- La citada Comisión Nacional de Nombramiento de Profesionales No Médicos Contratadosen el Ministerio de Salud se instalará a los quince (15)días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 3°.- La Comisión Nacional a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución podrá elevar alDespacho Ministerial, las propuestas de modificación parala mejor aplicación del Reglamento de la Ley N° 28498. Artículo 4°.- La Comisión Nacional al término del proceso de nombramiento en cada ejercicio presupuestalelevará un Informe a la Alta Dirección. Regístrese, comuníquese y publíquesePILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 18064 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6D/G62/G69/G6F /G64/G65/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G4F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G43/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65 /G4C/GED/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G69/G65/G67/G6F/G20/G30/G31/G31/G20/G2D /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 812-2005/MINSA Lima, 21 de octubre del 2005 CONSIDERANDO:Que la progresión en la Carrera Administrativa de los servidores se expresa a través del ascenso y el cambiode grupo ocupacional para la asunción de funciones yresponsabilidades de dificultad o complejidad mayor a ladel nivel de procedencia; Que el artículo 11° del Reglamento para la Implementación de Plazas en el Presupuesto Analítico dePersonal, según cargos previstos en el Cuadro paraAsignación de Personal, para cobertura mediante el Cambiode Grupo Ocupacional y Cambio de Línea de Carrera en elMinisterio de Salud, aprobado mediante ResoluciónMinisterial N° 648-2005/MINSA, de fecha 24 de agosto de2005, establece que para efectos de la conducción de dichoproceso se deberá conformar una Comisión Central; Que con la finalidad de dar inicio al proceso de ascenso por cambio de grupo ocupacional es necesario emitir elacto administrativo de conformación de la Comisión Centraly Comisión de la Unidad Ejecutora 001 - Administraciónde la Administración Central del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, artículo 42° del Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado por Decreto SupremoN° 005-90-PCM, artículos 11°, 12° y 13° Reglamento parala Implementación de Plazas en el Presupuesto Analíticode Personal, según cargos previstos en el Cuadro paraAsignación de Personal, para cobertura mediante elCambio de Grupo Ocupacional y Cambio de Línea deCarrera en el Ministerio de Salud, aprobado porResolución Ministerial N° 648-2005/MINSA y literal l) delartículo 8° de la Ley N° 27657;