Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2005 (01/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de setiembre de 2005

distrito, mantener el nivel residencial de los sectores III y IV del distrito de MORDAZA MORDAZA, comprendidos entre la Av. Brasil y la Av. Salaverry, lo cual ha sido propuesto en el Estudio de Actualizacion y Reajuste de la Zonificacion del distrito ante el Municipio Metropolitano de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 188-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2005, se establecieron las areas netas minimas por vivienda que deben observarse para la construccion de edificios multifamiliares y conjuntos residenciales en los sectores III y IV del distrito de MORDAZA MORDAZA, con excepcion de la Av. Brasil; Que, con Ordenanza Nº 192-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de MORDAZA de 2005 se modificaron las areas netas minimas por vivienda establecidas por la Ordenanza Nº 188-MDMM, con la finalidad de salvaguardar la homogeneidad de las edificaciones a fin que estas ar monicen con las caracteristicas y particularidades urbanisticas de las zonas III y IV del distrito, guardando MORDAZA con el caracter residencial de dichas zonas; Que, las regulaciones que en esta materia dicte este Municipio, en consecuencia deben apuntar a que progresivamente se logre la finalidad senalada en el considerando anterior, por lo que es necesario reajustar las areas minimas con que deberan contar las viviendas de los edificios multifamiliares y conjuntos residenciales del distrito en las zonas MORDAZA indicadas; Que, ademas se debe considerar que la regulacion de las areas minimas de las viviendas coadyuva a evitar las distorsiones en el calculo y aplicacion de los parametros normativos de las edificaciones; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del ar ticulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 192-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de febrero de 2005, de conformidad con el siguiente texto:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Amplian plazo de beneficio para contribuyentes que regularicen obligaciones tributarias en forma voluntaria o por el MORDAZA de fiscalizacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2005-MDPP MORDAZA MORDAZA, 23 de agosto de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: La Ordenanza Municipal Nº 061-2005-MDPP; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Distritales son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los Bienes, Rentas y Derechos de cada Municipalidad constituyen su Patrimonio; Que, en el MORDAZA del articulo 60º inciso b) del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, dicha MORDAZA establece que las municipalidades pueden suprimir tasas y contribuciones municipales sin limites legales; Que, la MORDAZA parte del articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece excepcionalmente, que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos; Que, mediante Ordenanza Nº 061-2005-MDPP de fecha 30 de MORDAZA del 2005, se otorgo en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, hasta el 30 de MORDAZA del 2005, el BENEFICIO PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE REGULARICEN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN FORMA VOLUNTARIA O POR EL MORDAZA DE FISCALIZACION; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 014-2005MDPP de fecha 25 de MORDAZA del 2005, se Amplio el Plazo del Beneficio para los Contribuyentes que Regularicen Obligaciones Tributarias en Forma Voluntaria o por el MORDAZA de Fiscalizacion, hasta el 31 de agosto del 2005; Que, es necesario dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la dificil situacion economica actual, con el fin de permitir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo dispuesto por el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 061-2005-MDPP, y por la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR el plazo del BENEFICIO PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE REGULARICEN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN FORMA VOLUNTARIA O POR EL MORDAZA DE FISCALIZACION, otorgadas mediante la Ordenanza Nº 061-2005-MDPP, hasta el 30 de setiembre del 2005. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Gerencia de Servicio de Administracion Tributaria, Gerencia de Informatica y Estadistica, y Gerencia de Administracion. Registrese, publiquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15012

"Articulo Segundo.- Las areas netas minimas por vivienda, segun la zonificacion en la que se encuentren los Conjuntos Residenciales y Edificios Multifamiliares, son las siguientes:
Zonificacion Residencial Densidad Baja (R2 y R2*) Residencial Densidad Media (R3 y R4) Todas las demas zonas Area Minima 140 m2 120 m2 110 m2

Excepcionalmente, solo el 20% de las unidades de vivienda a construir en el lote podra considerar un area MORDAZA minima de 110 m2 en zonas residenciales de densidad baja (R2 y R2*); 100 m2 en zonas residenciales de densidad media (R3 y R4); y 95 m2 en las demas zonas. El area MORDAZA minima por vivienda -que constituye la superficie techada- incluye el area de muros y las circulaciones internas propias de las viviendas." Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 15018

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