NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (01/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 18
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G35/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de setiembre de 2005 meses más con retroactividad al uno de julio del año en curso. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público, adopte las acciones pertinentespara el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, a la GerenciaCentral de Personal, a la Gerencia de Planificación,Racionalización y Estadística y la Oficina de Registro deFiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la NaciónPresidenta de la Juntade Fiscales Supremos 15036 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G65/G6C /G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G49/G73/G69/G64/G72/G6F/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1318-2005 Lima, 24 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice el traslado de suagencia ubicada en la Av. Dos de Mayo Nº 1695, distritode San Isidro, provincia y departamento de Lima; al localubicado en calle Los Laureles Nº 214, Oficina Nº 210,esquina con la cuadra 15 de la Av. Dos de Mayo, distritode San Isidro, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de lacitada Oficina Especial; Que, la Resolución SBS Nº 1615-2004 mediante el cual esta Superintendencia autorizó el referido traslado,quedó sin efecto al no haberse efectuado el mismo dentrode los seis (6) meses siguientes de otorgada laautorización; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B", mediante el Informe Nº 124-2005-DEB "B"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, y la CircularNº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegadamediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental el traslado de su agencia ubicada en la Av. Dos de MayoNº 1695, distrito de San Isidro, provincia y departamentode Lima; al local ubicado en calle Los Laureles Nº 214,Oficina Nº 210, esquina con la cuadra 15 de la Av. Dosde Mayo, distrito de San Isidro, provincia y departamentode Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 15015/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 I N E I /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G22/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61 /G45/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 268-2005-INEI Lima, 26 de agosto del 2005 Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional deEstadística e Informática el INEI, ente rector del SistemaNacional de Estadística, tiene entre sus funciones,normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientosy técnicas estadísticas utilizados por los órganos delSistema para la producción de Estadísticas Oficiales denivel Nacional y Regional; Que, para fines de medición de la actividad de los sectores económicos del país, es necesario realizar anivel Nacional, la “Encuesta Económica Anual 2004”dirigida a empresas de los sectores: Manufactura,Agroindustria, Comercio y Servicios, PescaTransformativa, Extractiva y Acuicultura, Transportes yComunicaciones, Construcción, Centros Educativos deGestión no Estatal, Universidades No Estatales,Empresas Públicas No financieras, Servicios Eléctricos,Hidrocarburos, Actividades de Agencias de Viajes,Organizadores de Viajes y de Asistencia a Turistas yEstablecimientos de Hospedaje Temporal, que permitadisponer de información económica y financieraindispensable para la elaboración de las variables eindicadores económicos sectoriales que contribuyan a laadopción de medidas de política económica de estosSectores; Que, el INEI en coordinación con las Oficinas Sectoriales de Estadística ha efectuado las actividadesde planeamiento de la referida encuesta, así como ladefinición y contenido de los formularios electrónicos aser utilizados, por lo que es conveniente, autorizar suejecución y aprobar los formularios respectivos; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefaturade Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM,Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la “Encuesta Económica Anual 2004” que será ejecutada en el ámbitonacional por el Instituto Nacional de Estadística eInformática y las Oficinas Sectoriales de Estadística delos Ministerios correspondientes, dirigida a personasnaturales y jurídicas informantes que desarrollanactividades económicas en: Manufactura, Agroindustria,Comercio y Servicios, Pesca Transformativa, Extractiva yAcuicultura, Transportes y Comunicaciones, Construcción,Instituciones Educativas Particulares(CentrosEducativos), Universidades No Estatales, EmpresasPublicas No Financieras de Estado, Servicios Eléctricos,Hidrocarburos, Actividades de Agencias de Viajes,Organizadores de Viajes y de Asistencia a Turistas yEstablecimientos de Hospedaje Temporal. Artículo 2º.- Aprobar los formularios electrónicos de la mencionada encuesta, que forman parte de la presenteResolución, cuya distribución se efectuará a partir del 1de setiembre del 2005, según cronograma adjunto (veranexo Nº 02). Dichos formularios están dirigidos aempresas indicadas por cada sector según sus ingresospor Ventas Netas Anuales obtenidas en el año 2004, acontinuación se detallan cada formulario: