Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2005 (01/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de setiembre de 2005

TUO que dichas adquisiciones y contrataciones se realizaran mediante acciones inmediatas; Que, el Articulo 145º del Reglamento del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que para exonerar a una contratacion del MORDAZA de seleccion respectivo por causal de servicios personalisimos debe verificarse la contratacion de personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, per mitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, conforme al inciso a) del Articulo 20 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado las exoneraciones por causal, entre otras, de servicios personalisimos, deberan aprobarse mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; senalandose, asimismo, que dicha Resolucion requerira obligatoriamente de un informe tecnico - legal previo y que debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Que, conforme al Articulo 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion, se efectuan en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor; disponiendose ademas que la referida adquisicion o contratacion debera ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, de conformidad con el Articulo 11 del citado TUO, la Entidad puede efectuar adquisiciones o contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por mas de un ejercicio presupuestario; en cuyo caso deberan adoptarse las previsiones presupuestarias correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica la contratacion de los ser vicios personalisimos del Estudio Koechlin Asociados-Abogados & Consultores, para que se encargue de prestar los servicios de asesoria juridica externa que requiere la Alta Direccion del SENASA, conforme a los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La contratacion a que se contrae el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo al presupuesto del Pliego 160, Servicio Nacional de Sanidad Agraria, hasta por un valor total de US $ 48,000,00 (Cuarenta y ocho mil y 00/100 Dolares Americanos) incluido el Impuesto General a las Ventas con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, por un plazo de doce meses computados desde la fecha de suscripcion del respectivo Contrato; debiendose efectuar las previsiones presupuestarias correspondientes para el proximo ejercicio. La realizacion de las acciones inmediatas correspondientes estara a cargo de la Direccion de Logistica de la Oficina General de Administracion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Jefatural, junto con los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, asi como el Memorandum de disponibilidad presupuestal respectivo, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita la informacion de la presente Resolucion Jefatural al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a traves del

Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 15031

DEFENSA
Aceptan renuncia al cargo de Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 457-2005-DE/SG MORDAZA, 26 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 184-2005 DE/ SG, de fecha 18 de marzo de 2005, se designo al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo por razones estrictamente personales, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27860 y su Reglamento. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre, la renuncia formulada por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 15052

Designan Viceministro de Asuntos Economicos y Administrativos del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 458-2005-DE/SG MORDAZA, 26 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, concordante con el articulo 26º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004 DE/SG de fecha 19 de febrero de 2003, establece que el Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos constituye cargo de confianza y es nombrado por el Ministro de Defensa, mediante Resolucion Suprema; Que, encontrandose vacante el cargo de Viceministro de Asuntos Administrativos y Economicos, es necesario

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