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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (22/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G37/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de setiembre de 2005 Servicios Auxiliares ha determinado que la prestación del mencionado servicio sólo es posible obtenerlo de la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., por cuanto es la única representante de la marca Schindler en el país que abastece de repuestos, partes, y piezas nuevas y originales, las cuales provienen tanto de su casa matriz en Suiza como de sus principales filiales en Francia, Italia, España, Estados Unidos y Brasil; lo que queda plenamente acreditado con el Certificado de Exclusividad emitido por Schindler Elevator Ltd., a fin de que realice la distribución, instalación, mantenimiento y reparación de ascensores de dicha marca internacional; trabajos que efectúa con su propio personal especializado, con los repuestos originales, y esquemas eléctricos y mecánicos; Que, por los motivos expuestos anteriormente la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A. es la única empresa que está en condiciones de garantizar al Ministerio de Economía y Finanzas un servicio de reparación integral y mantenimiento óptimo y eficiente, asegurando una plena operatividad de los ascensores; Que, con Resolución Directoral Nº 378-2005-EF/43.01 se modificó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2005, a efecto de realizar la contratación del Servicio de Reparación Integral y Mantenimiento de Ascensores marca Schindler; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante Memorando Nº 1069-2005-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la contratación del mencionado servicio; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar el Servicio de Reparación Integral y Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler como servicio que no admite sustituto, de conformidad con el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Reparación Integral y Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler, y autorizar su contratación con la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A. Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren los artículos precedentes se realizará con cargo al presupuesto del Pliego 009, Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2005, por un plazo de doce (12) meses y hasta por el importe de S/. 120 000,00 (Ciento Veinte Mil Cien y 00/100 Nuevos Soles), incluyendo el Impuesto General a las Ventas. La realización de las acciones inmediatas correspondientes estará a cargo de un Comité Especial que seguirá el procedimiento dispuesto por el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial y los Informes Nºs. 222-2005-EF/43.50 y 1660 -2005-EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, serán remitidos a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponer, que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la OficinaGeneral de Administración remita la información de la presente Resolución Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 16254 EDUCACIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G44/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G49/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/G76/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0580-2005-ED Lima, 19 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación la inclusión constituye uno de los Principios de la educación, la mismaque garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad; Que mediante el Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, se establece que el Ministerio de Educación de conformidad con las políticas de Estado, las normas legales e instrumentos correspondientes, y dentro de susprevisiones presupuestarias, lleve a cabo planes pilotos, programas, proyectos y convenios que garanticen la ejecución de acciones sobre la educación inclusiva dentrodel marco de una “Década de la Educación Inclusiva 2003- 2012”, mediante un trabajo coordinado con los diferentes sectores del Estado y la sociedad civil; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 0523-2005- ED, del 18 de agosto de 2005, se declaró en el ámbito del Sector Educación, el 16 de octubre de cada año, comoel “DIA DE LA EDUCACIÓN INCLUSIVA”; Que es necesario aprobar una Directiva que norme el desarrollo de las actividades con motivo de la celebracióndel “Día de la Educación Inclusiva”, para promover a nivel de instituciones educativas, Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local,espacios de encuentro, que posibiliten desarrollar actividades con la participación conjunta de estudiantes con y sin discapacidad, en el marco de la EducaciónInclusiva; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, Decreto Ley Nº 25762, LeyOrgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 006-2005- VMGP “Día de la Educación Inclusiva”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación DIRECTIVA Nº 006- 2005-VMGP DÍA DE LA EDUCACIÓN INCLUSIVA I. FINALIDAD La presente directiva tiene por finalidad normar el desarrollo de actividades con motivo de la celebración del “Día de la Educación Inclusiva”, declarado por Resolución Ministerial Nº 523-2005-ED.