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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G39/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LOMBARDO MAUTINO ÁNGELES Alcalde 16324 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61 /G65/G78/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G66/G61/G6C/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/GE1/G63/G74/G65/G72/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 429-2005-ALC/MPT VISTO: El Informe Nº 002-2005-CPPAD/MPT y el expediente administrativo adjunto, referente a la investigación administrativa al ex secretario general de la municipalidad, abogado Henrry Alexander Contreras Leandro; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ha sido conformada mediante Resolución de Alcaldía Nº 219-2005-ALC/MPT de fecha 27 de mayo del 2005 a fin de que con arreglo asus atribuciones proceda a calificar las denuncias que les sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia o no de procesos administrativos disciplinarios de losservidores de la municipalidad; Que, la referida Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en cumplimiento de sufacultad prevista en el artículo 166º del D.S. Nº 005-90- PCM, luego del trámite escrito y sumario cumplido ha procedido a calificar mediante informe escrito del vistolos hechos que constituyen falta de carácter disciplinario, cometidos en el ejercicio de sus funciones por el ex secretario general de la municipalidad abogado HenrryAlexander Contreras Leandro; Que, las precitadas faltas de carácter administrativo disciplinarios se sustentan en la evidencia de documentoshallados, y consisten principalmente en lo siguiente: Que, la servidora contratada doña Jenny Bertha Aliaga Cajacuri, ha denunciado por el delito de tentativa deviolación sexual y contra el pudor, al señor secretario de la municipalidad, cuando éste se hallaba encargado temporalmente de la Defensoría Municipal del Niño yAdolescente, hecho ocurrido que ha dado lugar a la investigación ante la Fiscalía Provincial Mixta de Tarma, según el Informe Nº 045-2004-DEMUNA, y que constituyeademás infracción prevista y calificada en la Ley Nº 27942 de prevención y sanción de hostigamiento sexual cuya norma y reglamentación indican que el hostigadorindependientemente de establecer su responsabilidad civil y penal debe ser investigado administrativamente; Que, según el Informe Nº 005-GM-MPT/2005 su fecha 17 de junio del año en curso la Gerencia Municipal, refiere que con fecha 17 de diciembre del 2004 en vista de la ausencia física del procesado Henrry Alexander ContrerasLeandro, ha procedido a la apertura e inventario del escritorio de la Oficina de Secretaria General de la Municipalidad, en presencia de diversos funcionarios dela municipalidad y con intervención del señor notario Dr. Hugo Sánchez Baltazar, habiendo encontrado en la computadora de uso exclusivo con clave de seguridadpor lo que el personal técnico de informática ha tenido que operar para quitar dicha clave efectuándose la siguiente captura de imágenes de pantalla y archivosexistentes en el disco duro, encontrándose imágenes bajados de Internet de pornografía, alcoholismo y nacimientos humanos, totalmente extraños y ajenos a la función municipal: Que, igualmente el Informe Nº 006-2003/JGC/MPT y los Informes Nºs. 001 y 002 de 15 y 21 de agosto del 2003 respectivamente procedentes de control de personaly de la guardianía nocturna, se tiene que el secretario general procesado ha incurrido en reiterados y habituales actos de violencia y maltrato contra sus compañeros detrabajo, ingresando continuamente a su centro de labores en estado etílico; Que, del informe emitido por el personal auxiliar de la secretaría general se tiene que el procesado ha dejado pendientes de solución y regularización el libro de actas de sesiones del concejo municipal, advirtiéndose un totalretraso en la formalización de tales actas; Que, además según Informe Nº 004-2005-SG/MPT del 25 de enero último emitido por la encargada de lasecretaria general abogada Iris Leyva Garcilazo, también establece que existe un gran número de actas pendientes de ser pasados a los libros, además que se encuentrasin ningún trámite una serie de expedientes administrativos, informes retenidos indebidamente y paralizados sin ninguna justificación, incurriendo lo propiocon otros documentos de especial importancia referidos en el Informe Nº 09-2005-ALE-MPT remitido por el abogado Ángel Torres Ordóñez, evidenciándose que faltanuna serie de resoluciones de alcaldía y que no han sido elaborados por el procesado; Que, con Informe Nº 015-2005-SG/MPT de 2 de marzo último la actual secretaría general da cuenta de que el procesado ha omitido publicar la correspondiente ordenanza municipal aprobada en sesión de concejo,referente al arbitrio de serenazgo; Que, la comisión de procesos administrativos disciplinarios en ejercicio de las facultades señaladas enel artículo 166º del Reglamento de la Carrera Administrativa, acordó por unanimidad recomendar que se aperture, proceso administrativo disciplinario contrael ex secretario general; Que, siendo así es de aplicación lo dispuesto por el artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM, y es procedenteemitir resolución disponiéndose que se instaure dicho proceso, toda vez que los hechos descritos constituyen faltas de carácter disciplinarios, teniéndose comoelementos indiciarios lo actuado por la comisión informante en folios 86; Por estas consideraciones en estricta aplicación de lo dispuesto por los artículos 164º, 166º y 167º del precitado D.S. Nº 005-90-PCM y con la facultad que concede a este despacho, los artículos 20º incisos 6 y 35º, 37º y 43º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al ex secretar io general, abogado Henrry Alexander Contreras Leandro por la Comisión de Faltas de Carácter Disciplinario previstos en el artículo 28º delDecreto Legislativo Nº 276, incisos a), c), d), f), g), y j), en el ejercicio de sus funciones como Secretario General de la Municipalidad Provincial de Tarma. Artículo 2 º.- Remitir lo actuado y la presente resolución a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, a fin de que proceda a lainvestigación escrita y sumaria en un plazo que no excederá de 30 días hábiles improrrogables, debiendo garantizarse al procesado su derecho de defensa y aldebido proceso en arreglo a lo dispuesto por los artículos 168º, 169º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM. Artículo 3 º.- Notificar al servidor procesado con la presente resolución, con la formalidad legal pertinente y publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Dada en despacho de alcaldía, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil cinco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO MONTEVERDE POMAREDA Alcalde 16336