NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 57
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G39/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 de inscripción de las listas de candidatos, de acuerdo a lo indicado en el cronograma electoral. El Comité Electoral publicará, por un período de tres (3) días hábiles, en un lugar visible de los locales municipales, la lista provisional de candidatos y le asignará un número de acuerdo al orden de prelación al momento de la inscripción, por cada subsector. Las listas podrán presentar un personero ante la mesa de sufragio. Artículo 16º.- Requisitos para ser Candidato Para ser candidato a delegado vecinal se requiere: 1. Ser ciudadano en ejercicio, o extranjero domiciliado en el Perú, mayor de 18 años. 2. Tener domicilio en el subsector del distrito al que postula. 3. Estar inscrito en el Padrón Electoral. 4. Postular a un solo subsector del distrito. Artículo17º.- Impedimentos Están impedidos de ser candidatos: 1. Los alcaldes, regidores y trabajadores en ejercicio, de cualquier municipio del país y sus respectivos cónyuges. 2. Toda persona contratada bajo cualquier modalidad en la Municipalidad Distrital de San Isidro. 3. Quienes cuentan con sentencia penal firme y ejecutoriada al momento de su inscripción como candidato. Artículo 18º.- Tachas Las tachas a los candidatos inscritos se pueden presentar en los plazos establecidos en el cronograma electoral. Las tachas deben estar debidamente sustentadas en las causales establecidas en el Artículo 17º y para aquellos candidatos que incumplan los requisitos fijados en el Artículo 16º. Las tachas serán resueltas por el Comité Electoral, dentro del plazo de tres (3) días hábiles culminado el plazo anterior, siendo la resolución que se emita, inapelable. Artículo 19º.- Publicación de la Relación Definitiva de Candidatos Una vez resueltas las impugnaciones presentadas, si las hubiere, el Comité Electoral procederá a la publicación de la relación definitiva de las listas de candidatos, asignándoles previamente un número de acuerdo a lo señalado en el artículo 15º. Los carteles que incluirán las listas de candidatos, con sus nombres completos y sus números correspondientes, serán publicadas por el Comité Electoral en lugares visibles de los locales municipales, así como, en lugares visibles de los locales de votación y en la cámara secreta, el día de la elección. CAPÍTULO V PROCESO ELECTORAL Artículo 20º.- Acto Electoral El acto electoral se realizará desde las 10.00 a.m. hasta las 3.00 p.m. del día señalado en el Decreto de Convocatoria. El Comité Electoral podrá invitar a la ONPE para asistencia técnica, al Jurado Nacional de Elecciones para fiscalizar el proceso y otras instituciones para observar el proceso electoral. Las mesas de sufragio estarán conformadas por tres miembros que serán personal asignado por la Municipalidad Distrital de San Isidro, siendo la relación publicada en los locales de la municipalidad. Las listas de candidatos podrán presentar un personero ante la mesa de sufragio, los que deberán ser vecinos de algún subsector del distrito. Los candidatos no podrán ser personeros. Artículo 21º.- Instalación de las Mesas de Sufragio Los miembros de mesa se reunirán a las 9.00 a.m. en el día y lugar establecidos en la convocatoria, verificando que el material electoral se encuentre conforme. El material electoral está conformado por el padrón electoral, las listas de candidatos, las cédulas de votación, una cabina de votación, un ánfora, el acta electoral, lapiceros, tampón, etc.Los miembros de mesa, verificarán la relación de las listas de candidatos; y que los carteles que contienen las listas de los candidatos se encuentren pegados en el local de votación y en la cámara secreta. El acto electoral se inicia a las 10.00 a.m con la instalación de la mesa de sufragio, procediéndose a llenar el acta de instalación. Artículo 22º.- Implementación del Sufragio Electrónico Para la elección de los delegados vecinales se podrá implementar total o parcialmente el sufragio electrónico, contando para ello con la asesoría y asistencia técnicade la ONPE y la fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 23º.- Votación Una vez instalada la mesa de sufragio, los miembros de mesa procederán a identificar al vecino electorsolicitándoles su documento nacional de identidad o carné de extranjería, luego le entregarán la cédula, pasando el elector a la cámara secreta a emitir su voto. Acto seguido,el vecino elector depositará su voto en el ánfora, suscribirá el padrón electoral y colocará su huella digital, recibiendo su documento nacional de identidad o carné de extranjeríapor parte de los miembros de mesa. Artículo 24º.- Características del Voto El voto es voluntario, secreto e indelegable. El voto es válido cuando el mismo se realiza con una cruz o un aspa que junta sus intersecciones dentro del cuadrocorrespondiente al número de una de las listas de candidatos en la cédula de votación. El voto nulo es aquel cuya marca no cumple con las condiciones del voto válido. El voto en blanco, es aquel que no tenga marca alguna. Artículo 25º.- Culminación de la Votación La votación concluirá a las 3.00 p.m., levantándose el Acta de Sufragio. Luego se llevará a cabo el escrutinio.Los resultados se anotarán en el Acta de Escrutinio que será suscrita, en cuatro (4) ejemplares, por los miembros de mesa y por los personeros, los que se distribuirán dela siguiente manera: a) Un ejemplar para el Comité Electoral. b) Un ejemplar para el Alcalde. c) Un ejemplar para la ONPE. d) Un ejemplar para el JNE. El escrutinio es un acto público e ininterrumpido. Las impugnaciones se deberán formular en el mismo actoelectoral. Los miembros de mesa las resolverán por mayoría simple, en primera instancia y en el mismo acto electoral. El Comité Electoral las resolverá en segunda ydefinitiva instancia, dentro de las 48 horas siguientes de culminado el acto electoral. Las cédulas utilizadas y no impugnadas así como las no utilizadas, serán destruidas una vez terminado el escrutinio. Artículo 26º.- Proclamación El Comité Electoral recibe de los presidentes de mesa las Actas Electorales, las ánforas y el material electoral,con el resultado final. Se eligen como delegados vecinales a los miembros de las listas que obtengan las votaciones más altas porsubsector y que hayan alcanzado un mínimo de treinta (30) votos válidos. De lo contrario, el subsector no tendrá representación. En caso de empate se procederá aefectuar un sorteo, en acto público, el cual se realizará dentro de las 48 horas siguientes de culminado el acto electoral. El Comité Electoral comunicará a lospersoneros, a la ONPE y al Jurado Nacional de Elecciones, el lugar y fecha del sorteo. Una vez resueltas las impugnaciones y efectuado el sorteo, de ser el caso, a las 72 horas de realizado el acto electoral, el Comité Electoral proclamará a los candidatos que resulten elegidos, mediante una comunicación escritaal Alcalde indicando la relación de las listas electas y adjuntando las Actas Electorales. Une vez recibido lo indicado anteriormente, se procederá con la emisión de la Resolución de Alcaldía, indicando lugar, fecha y hora de la entrega de credenciales respectivas.