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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (16/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de abril de 2006 Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como las acciones administrativas quecorrespondan para llevar adelante la delegación, a que serefiere la parte considerativa de la presente Resolución, ala Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en laComunidad Nativa de: COMUNIDAD NATIVA DISTRITO PROVINCIA DEPART AMENTO BOCA COCANI RAIMONDI ATALAYA UCAYALI Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa mencionada enel artículo precedente, queda encargado de las funcionesregistrales cuya delegación se autoriza, así como de lasacciones administrativas que correspondan para llevaradelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a lanormatividad sustantiva y registral vigente, bajo lasupervisión y control del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil. Artículo 3º.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros delEstado Civil, proporcionará los libros de nacimiento ydefunción, a la Oficina de Registro de Estado Civil quefunciona en la Comunidad Nativa de BOCA COCANI, cuyadelegación de facultades registrales se aprueba con lapresente Resolución; así como también corresponderá adicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta,a fin que el procedimiento registral se realice enconcordancia con las normas legales, reglamentarias yadministrativas, que regulan las inscripciones en losRegistros de Estado Civil. Artículo 4º.- Asimismo, la Subgerencia de Registros del Estado Civil proveerá del respectivo libro dematrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil quefunciona en la Comunidad Nativa de BOCA COCANI,cuando ésta cumpla con remitir copia del Acta deAsamblea Comunal, mediante el cual se ha conformadoel Comité Especial, a que hace referencia el artículo262º del Código Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06643 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 SUNARP /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C /G4E/GBA/G20/G56/G49/G20/G2D/G20/G50/G75/G63/G61/G6C/G6C/G70/G61 RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 111-2006-SUNARP/SN Lima, 11 de abril de 2006 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Zona Registral Nº VI – Sede Pucallpa; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 209 del 7 de abril de 2006, se aceptó la renuncia de la abogada MaríaAurora Valencia Espinoza, Jefa de la Zona Registral Nº VI– Sede Pucallpa; Que, resulta necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo de confianza, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 18º literal d) de la LeyNº 26366; Que, el Directorio de la SUNARP acordó designar al señor abogado Erick Samuel Villaverde Sotelo en elcargo de Jefe de la Zona Registral Nº VI – Sede Pucallpa;y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26366 y en los literales v) y w) del Estatuto de la SUNARP aprobadopor Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir del 17 de abril de 2006, al señor abogado Erick Samuel Villaverde Sotelo enel cargo de confianza de Jefe de la Zona Registral Nº VI – Pucallpa. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR FREITAS A. Superintendente Nacionalde los Registros Públicos 06574 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G6C/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G74/G65 /G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G52/G50 RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 112-2006-SUNARP/SN Lima, 11 de abril de 2006 CONSIDERANDO:Que, la señora abogada Luz María del Pilar Freitas Alvarado, Superintendente Nacional de los RegistrosPúblicos, hará efectivo su goce físico vacacional, a partirdel 17 de abril de 2006; Que, en virtud de lo antes expuesto, resulta necesario encargar el Despacho de la Superintendencia Nacional delos Registros Públicos, mientras dure la ausencia de sutitular; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 13º del Estatuto de la SUNARP, el SuperintendenteAdjunto tiene dentro de sus funciones y atribuciones,reemplazar al Superintendente Nacional en caso deausencia o impedimento temporal; así como por delegaciónde aquél; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal s) y v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Encargar el Despacho de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos alseñor abogado Raúl Rivera Bustamante,Superintendente Adjunto de la SUNARP, a partir del 17abril de 2006 hasta que dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese; PILAR FREITAS A. Superintendente Nacionalde los Registros Públicos 06575 /G43/G4F/G4E/G56/G45/G4E/G49/G4F/G53/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65 /G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G49/G6E/G64/G69/G61/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G41/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20 /G52/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G64/G61/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G61/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G6F/G20/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G72/G22 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 0-3-A/93, comunica que el "Acuerdo entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de laRepública de la India sobre Actividades Remuneradaspara Familiares de Miembros de una MisiónDiplomática o Representación Consular" , suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 20 de junio de2005 y ratificado por Decreto Supremo Nº 103-2005-RE,de 23 de diciembre de 2005, publicado el 25 de diciembrede 2005. Entró en vigencia el 28 de diciembre de 2005. 06560