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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (22/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

PÆg. 317186 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 los cheques Nºs. 000000692, 000000693, 000000694 y 000000695, no le fueron entregados al momento de asumir el cargo, señalando que en la parte de las Observaciones dice ¨El Sr. Risco declara que de la chequera en uso queentrega, se han utilizado durante su gestión 45 cheques desde el Nº 000000651 hasta el 000000695¨ y que en el Acta de Entrega de Cargo dice que los cuatro cheques del000000692 al 000000695 fueron usados o girados cuando se encontraba al mando del área, agregando que recibió 103 cheques en blanco de la cuenta corriente señalada,desde el 698 hasta el 800 y que los cuatro cheques cuestionados no estuvieron bajo su control. Que, finalmente, indica que el personal de tesorería, no tiene acceso a las chequeras en blanco, debido a que se ha dispuesto que el Tesorero es la única personaautorizada a entregar los cheques en blanco para su giro y que las chequeras se encuentran custodiadas en una Caja de Seguridad de metal ubicada en la Oficina de la Jefatura,la misma que tiene una clave secreta de acceso sólo para el Tesorero. Que, el Informe Nº 003-2006-MDSJM/CEPAD, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios "CEPAD", señala que el artículo 25º de laLey de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público D.L. Nº 276 dispone que "Los servidores públicos son responsables civil, penaly administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de las sanciones de carácter disciplinario porlas faltas cometidas". Que, los hechos narrados, constituirían faltas administrativas tipificadas en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público D.L. Nº 276, por lo que en virtud de lo dispuesto en el artículo166 de la citada Ley, se pronuncian sobre la procedencia de abrir Proceso Administrativo Disciplinario contra el Ex Subgerente de Tesorería, Bachiller en Contabilidad, GiovanniFernando RISCO MORI. De conformidad con lo señalado en el Informe Nº 003- 2006-MDSJM/CEPAD, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Ley de Bases de la Carrera Administrativa yRemuneraciones del Sector Público Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90- PCM. RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario contra el Ex Subgerente de Tesorería Giovanni Fernando RISCO MORI, por los considerandosexpuestos. Artículo Segundo.- Notifíquese al presunto responsable el contenido de la presente Resolución a fin que en elplazo de cinco (5) días contados a partir del día siguiente de notificada, cumpla con ejercer su derecho de defensa y presente su descargo conforme a Ley. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Subgerencia de Personal, el contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 06991 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Autorizan celebración del II Matrimonio Civil Masivo en el distrito ORDENANZA Nº 171-MDSMP San Martín de Porres, 18 de abril del 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRESPOR CUANTO: El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, los Informes Nºs. 119 y 164-2006-DRC-GSYPS/MDSMP de la Divisiónde Registro Civil y el Informe Nº 080-2006-GSYPS/MDSMP y Memorándum Nº 532-2006-GSPS/MDSMP, de la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, proponen larealización de un Matrimonio Civil Masivo, para contribuir a la formalización de la relación conyugal de las parejas de este distrito, y como parte de las actividadescelebratorias por el 56º Aniversario de Creación de este distrito; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución siendo la familia célula fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuestoen el Artículo 4º de la Constitución Política del Estado; Que, el Artículo 233º del Código Civil establece “La regulación jurídica de la familia que tiene por finalidadcontribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política”; Que, el numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 establece que, “Corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos, conforme a la ley”; Que, es deber de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que seencuentren aún en una situación de hecho y requieren formalizar su situación conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido, en el marco de las actividadescelebratorias por el 56º Aniversario de Creación de este distrito; Estando al Informe Nº 547-2006-GAJ/MDSM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipalpresidido por el Primer Regidor señor Luís Caballero Sabino, con el voto unánime de los señores Regidores presentes Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto RuizRuiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Ella Castañeda Abanto, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Carlos EnriqueCalderón Carvajal, Roberto Asunción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta se dictó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde a la celebración del II MATRIMONIO CIVIL MASIVO, el día 20 de mayo del 2006, en el marco de las actividadescelebratorias por el 56º Aniversario de Creación de este distrito. Artículo Segundo.- ESTABLECER como pago único por derecho de trámite la suma de Sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 60.00), por Acta Matrimonial. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente los demás requisitos exigidos por ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, la Unidad de Imagen Institucional y División de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 07042