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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (22/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 317169 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 Cooperación Técnica Alemana GTZ, dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 07052 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dictan disposiciones en casos de impedimento, recusación, inhibición o discordia de vocales de Salas Especializadas en lo Contencioso Administrativo de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 146-2006-P-CSJLI/PJ Lima, veintiuno de abril del 2006 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 009-2006-CE- PJ de fecha 20 de enero del año en curso, el ConsejoEjecutivo del Poder Judicial dispuso la creación de órganos jurisdiccionales con carácter transitorio, correspondiendo a este Distrito Judicial la Primera y Segunda SalasEspecializadas en lo Contencioso Administrativo, cuyas funciones se iniciaron el veinte de los corrientes, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 107-2006-P-CSJLI/PJ, contando de este modo con dos Salas Permanentes y dos Transitorias de la citada especialidad. Que, en la tramitación y resolución de procesos en las Salas Superiores, se presentan impedimentos, recusaciones, inhibiciones y/o discordias de los señores Vocales. Que, el Art. 145º de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que en los casos de discordia o impedimento de uno o más vocales, el Presidente procede a llamar a los Magistrados Consejeros que corresponda, comenzando porel menos antiguo. En defecto de lo anterior, llama a los Vocales de la misma especialidad de otras Salas, si lo hubiera y luego de las Salas de otra especialidad, siempreempezando por el menos antiguo, en el orden de prelación que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente. Que, instalado el Consejo Ejecutivo Distrital en esta Corte Superior de Justicia en el año 2002, luego de haber estado suspendidos los artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre el particular, los Vocales Consejeros que lointegran, no desempeñan funciones en el órgano colegiado de gobierno a dedicación exclusiva, lo hacen en adición a las labores jurisdiccionales propias de su función comoMagistrados, razón por la cual, se ven en la imposibilidad de atender, además, la gran cantidad de requerimientos de las Salas ante la presentación de los casos citados en el párrafoprecedente, que muchas veces ocurren en forma simultánea. Que, en tal sentido, en lo que compete a las Salas Especializadas en lo Contencioso Administrativo, esconveniente dictar las medidas correspondientes, en concordancia con el segundo párrafo de la norma acotada, con el fin de cautelar el debido proceso que redunde enuna pronta y eficiente administración de justicia. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 4) del Art. 90º dela Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE : Artículo Primero.- ESTABLECER que en caso de impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más Vocales de determinada Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, el Presidente del Colegiadoprocederá a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad, tal como se detalla a continuación: - La 1º Sala Permanente llamará al Vocal de la 1º Sala Transitoria y viceversa;- La 2º Sala Permanente llamará al Vocal de la 2º Sala Transitoria y viceversa; Artículo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el artículo primero no pudiera intervenir por abstención, excusa o recusación debidamente comprobada y aceptada, se procederá a llamar almagistrado de la Sala competente que precede en antigüedad al llamado por ley. Artículo Tercero.- La efectividad de la presente resolución se entenderá a partir del 24 de abril del año en curso. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición administrativa que contravenga la presente resolución. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,OCMA, Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, Salas Contenciosas Administrativas, ODICMA, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Protocolo y Oficinade Prensa e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 07040 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a MØxico para participar en la VII Reunión sobreAdministración de Recursos Humanosorganizada por el CEMLA RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 024-2006-BCRP Lima, 19 de abril 2006 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos relacionados con la gestión humana de la Institución; Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Desarrollo de Recursos humanos tiene entre sus funciones proveer y mantener personal calificado, competitivo e identificado con la Institución, de modo quecontribuyan eficazmente, permitiendo el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Banco; Que, en tal sentido se considera necesaria la participación de la entidad en la VII Reunión sobre Administración de Recursos Humanos, organizada por el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA)con el auspicio del Banco de México, que se realizará en la ciudad de México D.F., México, del 26 al 28 de abril para lo cual han cursado la invitación a este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesión de fecha 2 de febrerode 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor César Berghüsen Gandolfo, Gerente de Desarrollo de Recursos Humanos, ala ciudad de México D.F., México, del 25 al 28 de abril y al pago de los gastos, a fin de participar en el curso indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 642,09 Viáticos US$ 800,00 Tarifa Única de Aeropuerto US$ 30,25 ------------------ TOTAL US$ 1 472,34