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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (16/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 16 de agosto de 2006 326343REPUBLICADELPERU Que, por Decreto Legislativo Nº 935, se sustituyó el texto del primer párrafo del inciso k), del Artículo 2º delTexto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, señalando que no están gravados con el Impuesto General a las Ventas, la importación otransferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, afavor de las Entidades y Dependencias del Sector Público, excepto empresas, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902; Decreto Legislativo Nº 935, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM, 055-99-EF y 099-96-EF , con susnormas modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Gobierno de los Estados Unidos de América a través delDepartamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA), a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) – Laboratorio de Residuos Tóxicos, consistente en un instrumento especializado científico denominado Espectrómetro de Masa de AltaResolución, cuyos componentes y piezas que lo conforman se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución, por un valor FOB de US $ 100,000.00 (CIEN MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). Artículo 2º.- El Instrumento a que se hace referencia en el artículo anterior, será destinado para el desarrollo de las actividades del Laboratorio de Residuos Tóxicos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). Artículo 3º.- Compréndase la citada donación en los alcances del inciso k), del Artículo 2º del Texto Único Ordenadode la Ley del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF , sustituido por el Decreto Legislativo Nº 935. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria,Embajada de los Estados Unidos de América, Contraloría General de la República y a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI del Ministerio deRelaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura ANEXO 01 Donación del Gobierno de los Estados Unidos de América - Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - Laboratorio de Residuos Tóxicos Nº Can- Descripción Monto tidad (US $) 1 Espectrómetro de Masa de Alta Resolución Compuesto de dos partes 01 Fision /VG Autospec III Fisión /VG Autospec III, High 50,000.00 Resolution Mass Spectrometer, que a su vez contiene las siguientes piezas desarmadas: 01 600lb magnet 01 Electrospray lonization and Chemical lonization Componet (feature) 01 Direct injection probe 01 Agilent model 6890N, Gas Chromatograph, que a su 50,000.00 vez contiene las siguientes piezas desarmadas 01 Autosampler (feature) 01 Nes Lab refrigeration unit; 02 Electrical transformers, 03 Vaccum Pumps TOTAL 100,000.00 VALOR FOB DE LA DONACION US $ 100,000.00 DÓLARES AMERICANOS (Son cien mil y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 01104-1 A VISO SUSCRIPCION 2007