Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2006 (16/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano miercoles 16 de agosto de 2006

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EP

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

326357

Los docentes con contrato de trabajo vigente, se adecuaran a lo dispuesto en el presente Reglamento en un plazo no mayor de seis meses contados a partir de la fecha de su aprobacion. Sexta.- Los alumnos que cursan el MORDAZA (6º) ano de estudios, continuaran los mismos conforme al plan curricular establecido al momento de su ingreso a la ESCUELA. Septima.- Dentro de los treinta (30) dias siguientes a la aprobacion del Reglamento de Elecciones, las actuales autoridades de la ESCUELA convocaran a elecciones para conformar el Comite Electoral, encargado de conducir las elecciones generales para elegir a los miembros de la Asamblea de la Escuela y el Consejo Superior, conforme al citado Reglamento. El MORDAZA electoral para elegir a los representantes de los estudiantes y de docentes ante la Asamblea y Consejo Superior se desarrolla durante los periodos de labores academicas. Octava.- Deroguese la Resolucion Ministerial Nº 75099-ED y toda MORDAZA que se oponga al presente Reglamento. 01019-1

Designan Jefe de la Oficina de Prensa y Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0466-2006-ED
MORDAZA, 15 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Prensa y Comunicaciones, dependiente de la Secretaria General del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que ocupara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA URMENETA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina de Prensa y Comunicaciones, dependiente de la Secretaria General del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 01083-1

Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2006 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 0102004, sera hasta el 31 de diciembre de 2006; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 9 de agosto de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de la Banda de Precio para todos los combustibles; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 019-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar la Banda de Precio para el Diesel 2 y mantener las Bandas de Precios para los demas combustibles. PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. G - 97 G - 95 G - 90 G - 84 KERO DIESEL 2 PIN 6 PIN 500 DIESEL 2 GE PIN 6 GE PIN 500 GE LIMITE SUPERIOR 2,50 9,75 9,27 7,52 6,91 7,59 7,12 4,53 4,32 6,88 4,43 4,22 LIMITE INFERIOR 2,00 8,75 8,37 6,77 6,21 7,09 6,62 4,23 4,02 6,38 3,98 3,80

Articulo Segundo.- Determinar los Factores de Compensacion y Aportacion correspondientes entre el 16 y el 21 de agosto de 2006. PRODUCTOS Factor de Factor de Soles por Galon Aportacion Compensacion GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 0,01 KEROSENE 0,21 DIESEL 2 0,24 Petroleo Industrial Nº 6 0,08 Petroleo Industrial Nº 500 0,05 DIESEL 2 GE 0,48 Petroleo Industrial Nº 6 GE 0,18 Petroleo Industrial 500 GE 0,15 Articulo Tercero.- La presente Resolucion Directoral tendra efectos desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 01085-1

ENERGIA Y MINAS
Actualizan Banda de Precios de Combustibles y determinan Factores de Compensacion y Aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 102-2006-EM/DGH
MORDAZA, 15 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004;

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