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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de diciembre de 2006 333927 Artículo 3°.- Vigencia de la Ley La presente Ley entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del decreto supremo que apruebe las modi fi caciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus normas modi fi catorias, en lo relativo a lo señalado por esta Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, al uno de diciembre de dos mil seis.MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 6418-2 LEY Nº 28912 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE EL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADO (PSA) PARA ATENDER EL PLAN DE EMERGENCIA DE DESEMBALSE ASISTENCIAL DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD – ESSALUD, POR EL PLAZO DE 90 DÍAS HÁBILES Artículo 1º.- Objeto de la Ley Establécese el Proceso de Selección Abreviado (PSA) para atender el Plan de Emergencia de Desembalse Asistencial del Seguro Social de Salud – ESSALUD, por el plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente Ley. ESSALUD tiene la obligación de publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en su portal electrónico, la relación de los bienes, servicios que se van a convocar por el procedimiento señalado en la presente Ley, las mismas que deben encontrarse incluidas en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Artículo 2º.- Proceso de Selección Abreviado (PSA) Para la ejecución del Plan de Emergencia y Desembalse Asistencial del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 666-GG-ESSALUD-2006, recti fi cada por Resolución de Gerencia General Nº 737-GG-ESSALUD-2006 del 8 de noviembre de 2006, se establece el siguiente Proceso de Selección Abreviado (PSA):1.- Expediente de Contratación ESSALUD lleva un expediente de contratación de todas las actuaciones realizadas durante el proceso, desde el requerimiento para adquirir o contratar hasta la culminación del contrato. Dicho expediente contiene como mínimo: 1.1 Requerimiento: formulado por la dependencia de ESSALUD que necesita el bien, servicio u obra. 1.2 Especi fi caciones Técnicas, Términos de Referencia o Expediente Técnico: detallan las características de los bienes, servicios y obras según sea el caso, atendiendo a las necesidades de ESSALUD y las posibilidades que ofrece el mercado. Las especi fi caciones técnicas, los términos de referencia y el expediente técnico deben estar visados por los funcionarios y personal operativo que participó en su elaboración. Cuando se haya contratado expertos independientes para estos efectos, también deben suscribir los documentos elaborados. 1.3 Valor Referencial: se obtiene utilizando una o más cotizaciones, precios históricos y cuando el caso lo amerite, estructura de costos. 2.- Aprobación de Expediente y Nombramiento de Comité Especial El expediente de contratación de cualquier tipo de proceso realizado bajo el presente Proceso de Selección Abreviado (PSA) debe ser aprobado por la Gerencia General de ESSALUD que indica como mínimo lo siguiente: 2.1.- Número de Referencia en el Plan de Emergencia de Desembalse Asistencial del Seguro Social de Salud – ESSALUD precisando su fecha de inclusión. 2.2.- Número del Proceso de Selección Abreviado (PSA) indicando de manera expresa que debe realizarse bajo el presente proceso. 2.3.- Designación de los miembros titulares y sus respectivos suplentes del Comité Especial, detallando sus nombres completos. 3.- Bases Las Bases de los Procesos de Selección Abreviado (PSA), regulados por esta Ley son elaboradas por el Comité Especial designado por ESSALUD y deben contar con la conformidad del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, como requisito para su aprobación, bajo causal de nulidad. La determinación de las características técnicas y del valor referencial del objeto contractual es de exclusiva competencia y responsabilidad de ESSALUD. Su aprobación se realiza mediante resolución ejecutiva de ESSALUD o de gerencia de ESSALUD. 4.- Propuestas 4.1 Propuestas técnicas: El contenido mínimo de la propuesta técnica es: 4.1.1.- Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores en el capítulo que corresponda. Cuando se trate de consorcios, cada uno de sus miembros debe presentar dicha constancia. 4.1.2.- Carta de Presentación y Declaración Jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es presentada por cada uno de los miembros del consorcio. 4.1.3.- Declaración Jurada de conformidad con el artículo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.