Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2006 (03/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 3°.- Vigencia de la Ley La presente Ley entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del decreto supremo que apruebe las modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus normas modificatorias, en lo relativo a lo senalado por esta Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al uno de diciembre de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 6418-2

1.- Expediente de Contratacion ESSALUD lleva un expediente de contratacion de todas las actuaciones realizadas durante el MORDAZA, desde el requerimiento para adquirir o contratar hasta la culminacion del contrato. Dicho expediente contiene como minimo: 1.1 Requerimiento: formulado por la dependencia de ESSALUD que necesita el bien, servicio u obra. 1.2 Especificaciones Tecnicas, Terminos de Referencia o Expediente Tecnico: detallan las caracteristicas de los bienes, servicios y obras segun sea el caso, atendiendo a las necesidades de ESSALUD y las posibilidades que ofrece el mercado. Las especificaciones tecnicas, los terminos de referencia y el expediente tecnico deben estar visados por los funcionarios y personal operativo que participo en su elaboracion. Cuando se MORDAZA contratado expertos independientes para estos efectos, tambien deben suscribir los documentos elaborados. 1.3 Valor Referencial: se obtiene utilizando una o mas cotizaciones, precios historicos y cuando el caso lo amerite, estructura de costos. 2.- Aprobacion de Expediente y Nombramiento de Comite Especial El expediente de contratacion de cualquier MORDAZA de MORDAZA realizado bajo el presente MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) debe ser aprobado por la Gerencia General de ESSALUD que indica como minimo lo siguiente: 2.1.- Numero de Referencia en el Plan de Emergencia de Desembalse Asistencial del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD precisando su fecha de inclusion. 2.2.- Numero del MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) indicando de manera expresa que debe realizarse bajo el presente proceso. 2.3.- Designacion de los miembros titulares y sus respectivos suplentes del Comite Especial, detallando sus nombres completos. 3.- Bases Las Bases de los Procesos de Seleccion Abreviado (PSA), regulados por esta Ley son elaboradas por el Comite Especial designado por ESSALUD y deben contar con la conformidad del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, como requisito para su aprobacion, bajo causal de nulidad. La determinacion de las caracteristicas tecnicas y del valor referencial del objeto contractual es de exclusiva competencia y responsabilidad de ESSALUD. Su aprobacion se realiza mediante resolucion ejecutiva de ESSALUD o de gerencia de ESSALUD. 4.- Propuestas 4.1 Propuestas tecnicas: El contenido minimo de la propuesta tecnica es: 4.1.1.- MORDAZA de Inscripcion en el Registro Nacional de Proveedores en el capitulo que corresponda. Cuando se trate de consorcios, cada uno de sus miembros debe presentar dicha constancia. 4.1.2.- Carta de MORDAZA y Declaracion Jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcios, la declaracion jurada es presentada por cada uno de los miembros del consorcio. 4.1.3.- Declaracion Jurada de conformidad con el articulo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM.

LEY Nº 28912
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE EL MORDAZA DE SELECCION ABREVIADO (PSA) PARA ATENDER EL PLAN DE EMERGENCIA DE DESEMBALSE ASISTENCIAL DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD ­ ESSALUD, POR EL PLAZO DE 90 DIAS HABILES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Establecese el MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) para atender el Plan de Emergencia de Desembalse Asistencial del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, por el plazo de noventa (90) dias habiles, contados a partir de la vigencia de la presente Ley. ESSALUD tiene la obligacion de publicar en el Diario Oficial "El Peruano" y en su MORDAZA electronico, la relacion de los bienes, servicios que se van a convocar por el procedimiento senalado en la presente Ley, las mismas que deben encontrarse incluidas en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Articulo 2º.- MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) Para la ejecucion del Plan de Emergencia y Desembalse Asistencial del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, aprobado por Resolucion de Gerencia General Nº 666-GG-ESSALUD-2006, rectificada por Resolucion de Gerencia General Nº 737-GG-ESSALUD-2006 del 8 de noviembre de 2006, se establece el siguiente MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA):

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