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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de diciembre de 2006 333938 RELACIONES EXTERIORES Designan Agregado Civil para Asuntos Administrativos en la Embajada del Perú en el Reino de España RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1460/RE Lima, 30 de noviembre de 2006CONSIDERANDO:Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar agregados a las Misiones Diplomáticas dentro de los límites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, la Embajada del Perú en el Reino de España, requiere para el mejor cumplimiento de sus funciones contar con los servicios de un funcionario especializado en el área administrativa que permita apoyar las labores propias de la citada Misión; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá designar a personal diplomático altamente cali fi cado y en situación de retiro para prestar servicios en Misiones Diplomáticas y Consulares; Teniendo en cuenta el mensaje cablegrá fi co Nº L-MADRID20060740 de la Embajada del Perú en el Reino de España, de 8 de noviembre de 2006; De conformidad con el artículo 19° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de con fi anza; la Resolución Suprema Nº 269- 1995-RE; y el literal a) de la Tercera Disposición General y Transitoria del Decreto Supremo Nº 009-88-RE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al Consejero (r) en el Servicio Diplomático de la República, Manuel José González-Olaechea Franco, como Agregado Civil para Asuntos Administrativos en la Embajada del Perú en el Reino de España, Nivel F-3, a partir de la fecha. Artículo Segundo.- El citado funcionario percibirá por concepto de remuneración por Servicio Exterior el correspondiente a un Primer Secretario en el Servicio Diplomático, en lacitada Misión. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6380-1 Aprueban inafectación del IGV e ISC de donación efectuada a favor de institución privada sin fines de lucro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1461/RE Lima, 30 de noviembre de 2006Visto el expediente Nº 9158-2006, presentado por el CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la Fundación ONCE para la Solidaridad con Personas Ciegas de América Latina, con sede en la ciudad de Madrid, España. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA – PROSOI se encuentra inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM; Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 22 de mayo de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España, se observa que Fundación ONCE para la Solidaridad con Personas Ciegas de América Latina, ha efectuado una donación a favor del CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA – PROSOI; Que, los bienes donados consisten en 10 bultos conteniendo 05 Sets aprendizaje Braille, 10 regletas Braille de iniciación lecto, 05 dominós táctil con texturas, 05 juegos aprendizaje adapt. tactil XGO-161, 02 relojes ILA juego aprendizaje sobremesa 756, 02 juegos reloj aprendizaje relieve, 02 juegos tablero – Braille game ALBRO 004-005, 02 muñecos Braillin Famosa, 100 regletas Braille Puma 6x28, 200 punzones oreja, 50 pautas Braille junior 22x24 plástico, 05 cintas métrica tipo modista relieve, 05 metro Braille RNIB enrollable, 10 ábacos chino 24 varillas aluminio, 10 ábacos chino 12 varillas aluminio, 05 encajables fi guras geométricas plana, 05 kits de dibujo WOOLYPEN, 02 blocks falsilla escritura tinta, 01 lupa TV MAGNILINK PINGÜINO LVI0131340502, 02 tres en raya en relieve, 02 ajedrez/parchis/damas, 05 máquinas Perkins Standard-Braille, 02 dominó en relieve senior, 05 pelotas sonoro plástico SHOWNDOWN, 05 balones sonoro caucho GOOLBALL, 05 dio dactilografía interactiva ONCE, 05 cursos de inglés interactivo nivel 1 CD, 05 bolsas funda p/PERKINS, 01 colección - diviértete y aprende Co, con un peso bruto manifestado de 183 kilos y un peso bruto recibido de 185 kilos, con un valor FOB de € 14,639.77 (Catorce mil seiscientos treinta y nueve y 77/100 Euros), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2006-10-057812-01-1 de fecha 22-Jun-06 y Volante de Despacho Nº 0024256 de fecha 19-Jun-06. Servirán para apoyar gratuitamente en la atención y enseñanza de personas ciegas y de baja visión que son atendidas a través del Centro “Nuestra Señora del Pilar” en la ciudad de Arequipa. Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Fundación ONCE para la Solidaridad con Personas Ciegas de América Latina a favor del CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA – PROSOI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;