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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de diciembre de 2006 333936 13.7 del artículo 13° del Decreto Supremo N° 008-2000- IN, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2002-IN, del 28 de noviembre de 2002, estableciendo entre otras, como órgano de apoyo de la Policía Nacional del Perú a la Dirección de Familia y Participación Ciudadana; Que, la Dirección de Familia y Participación Ciudadana tiene entre otras funciones, la de dirigir estratégicamente el “Sistema Policial de Participación y Seguridad Ciudadana - “SIPOLPASEC”, a nivel nacional; así como promover y difundir la Doctrina de Seguridad Ciudadana, acciones que en la actualidad viene ejecutando; Que, es resulta necesario institucionalizar a la Dirección de Participación y Seguridad Ciudadana, en base a la ya existente Dirección de Familia y Participación Ciudadana, como Órgano de Apoyo, de carácter sistémico, de asesoramiento, técnico, normativo y ejecutivo en materia de promoción de la seguridad ciudadana, participación ciudadana, familia y del modelo “Policía - Comunidad”, en apoyo de la función policial, justi fi cándose su cambio de denominación; Que, de otro lado, el Informe Final de la Comisión Especial de Reestructuración de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Suprema N° 0200-2002-IN del 22 de marzo de 2002, señaló que la Estructura Orgánica de la Policía Nacional del Perú, se encontraba burocratizada, tenía una de fi ciente coordinación, poca fl uidez e intercambio de informaciones, inadecuado alcance de control, poca delegación de autoridad y duplicidad de funciones; Que, como resultado del Proceso de Reestructuración de la Policía Nacional del Perú, mediante Decreto Supremo N° 016-2002-IN del 28 de noviembre de 2002, se crea dentro de los Órganos de Ejecución de la Policía Nacional del Perú, a la Dirección de Seguridad Pública; asimismo, se consideraron a las Direcciones Ejecutivas de Desarrollo Humano y de Administración, dependiendo de esta última, entre otras, la Dirección de Telemática de la PNP; Que, la Dirección Telemática PNP administra los sistemas de información y redes corporativas de voz y data de la Policía Nacional del Perú, y tiene la misión de brindar soporte técnico en las áreas de informática y telecomunicaciones a las unidades administrativas y operativas de la PNP a nivel nacional, por ser un órgano especializado de carácter sistémico, encargado de brindar soporte técnico, asesorar, realizar estudios técnicos, desarrollar y ejecutar sistemas telemáticos para optimizar y extender los servicios informáticos y de telecomunicaciones; Que, en virtud de lo expuesto en el considerando precedente, resulta conveniente para optimizar las funciones de los órganos en la PNP, cambiar la dependencia de la Dirección de Telemática de la Dirección Ejecutiva de Administración, e incluirla como una Dirección de Apoyo de la Dirección General PNP; Que, de otro lado, con la fi nalidad de no generar confusión en la ciudadanía en general, es necesario cambiar la denominación “Seguridad Pública” por “Operaciones Especiales”, ya que ésta es más coherente a las funciones relacionadas con operaciones policiales orientadas a proporcionar seguridad, prevención, búsqueda y combate de las organizaciones terroristas, seguridad y vigilancia de los servicios públicos esenciales y restablecimiento del Orden Público y Seguridad Ciudadana, cuando la situación haya rebasado la capacidad operativa de las unidades policiales de la zona; y, En uso a las facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1°.- Cambio de denominación en los Órganos de Apoyo e inclusión de la Dirección de Telemática Modifícase el numeral 13.5 del artículo 13° del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2000-IN, y sus modi fi catorias, conforme al texto siguiente: “Artículo 13°.- ESTRUCTURA ORGÁNICA (...) 13.5 Órganos de Apoyo - Secretaría General.- Dirección Ejecutiva de Desarrollo Humano. - Dirección Ejecutiva de Administración.- Dirección de Aviación Policial.- Dirección de Criminalística.- Dirección de Inteligencia.- Dirección de Participación y Seguridad Ciudadana. - Dirección de Información.- Ofi cina Central Nacional - INTERPOL. - Dirección de Salud.- Dirección de Telemática.” Artículo 2°.- Cambio de denominación en las Direcciones Especializadas Modifícase el numeral 13.7.1 del artículo 13° del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2000-IN, y sus modi fi catorias, conforme al texto siguiente: “Artículo 13°.- ESTRUCTURA ORGÁNICA (...) 13.7 Órganos de Ejecución 13.7.1 Direcciones Especializadas - Dirección Contra el Terrorismo. - Dirección Antidrogas.- Dirección de Seguridad del Estado.- Dirección de Operaciones Espe-ciales.- Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia. - Dirección Contra la Corrupción.- Dirección de Seguridad de Penales.- Dirección de Policía Fiscal.- Dirección de Turismo y Ecología.” Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la señora Ministra del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 6417-1 Designan Prefecto de la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SUPREMA N° 0462-2006-IN-1501 Lima, 2 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0236-2006- IN-1501 de fecha 7 de marzo del 2006 se designó a don Julio César ASSANTE ALFARO en el cargo de Prefecto de la Provincia Constitucional del Callao, cargo público considerado de con fi anza; De conformidad con el artículo 1° inciso 11), de la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y designación de funcionarios públicos, lo dispuesto en el artículo 5° y 24° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004-IN y el Reglamento de Organización y Funciones de las Autoridades Políticas aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-91-IN; y, Estando a lo dictaminado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN del 22JUL2005;