Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2006 (12/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, martes 12 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

334369

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial N° 646-2006INPE/P de fecha 24 de octubre de 2006, se exonero del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, la contratacion de una empresa que brinde el servicio de Telefonia Movil, bajo la causal de bienes y servicios que no admiten sustitutos, autorizandose a la Oficina General de Administracion a contratar directamente el servicio MORDAZA referido; Que, mediante Oficio N° E-462-2006/GNP/APS de fecha 24 de noviembre de 2006, la Subgerencia de Administracion de la Plataforma SEACE del CONSUCODE, senala que en la parte resolutiva de la citada resolucion, no se ha establecido el tiempo por el cual se contrataria a la empresa operadora del servicio de telefonia, ni la fuente de financiamiento, conforme lo dispone Directiva N° 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion N° 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, mediante Oficio Nº 1895-2006-INPE/10 de fecha 27 de noviembre de 2006, la Oficina General de Administracion senala que el plazo de duracion del servicio es de doce (12) meses, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios; Que, el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva N° 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion N° 118-2001-CONSUCODE/PRE, relativo a la "Publicacion de Avisos Referidos a Procesos de Seleccion", dispone que en la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion, se debera precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes, servicios u obras materia de exoneracion, el valor referencial y la fuente de financiamiento; Que, en cumplimiento de dicho dispositivo, se precisa que el plazo contractual del servicio de telefonia, es de doce (12) meses con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios; Contandose con la visacion de la Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Resolucion N° 1182001-CONSUCODE-PRE, la misma que aprueba la Directiva N° 011-2001-CONSUCODE/PRE "Publicacion de Avisos Referidos a Procesos de Seleccion", Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS; y estando a las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema N° 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- PRECISAR, que el plazo contractual del servicio de telefonia, autorizado mediante Resolucion Presidencial N° 646-2006-INPE/P de fecha 24 de octubre de 2006, es de doce (12) meses, y se realizara con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: RECURSOS ORDINARIOS. Articulo 2°.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, interesados y a las instancias correspondientes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELSA MORDAZA MORDAZA Presidente 6619-1

Chanchamayo (La Merced), Tarma, La Oroya, Satipo y Sede Regional de la Direccion Regional Centro Huancayo, y el Informe Nº 387-2006-INPE/06, de fecha 30 de octubre de 2006, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 17º del Codigo de Ejecucion Penal, la Administracion Penitenciaria proporciona al interno la alimentacion preparada que cumpla con las normas dieteticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud; concordante con el articulo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 050-2006INPE/P de fecha 27 de enero de 2006, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario para el Ano Fiscal 2006, en el cual se tiene previsto el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica N° 0002-2006INPE/18 para la adquisicion de raciones alimenticias para el consumo de internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios: Huamancaca, MORDAZA, La MORDAZA, Tarma, Satipo, La Oroya y la Sede Regional de la Direccion Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario, en el que se considera a internos y personal del INPE de los citados establecimientos penitenciarios; Que, mediante Informe Tecnico Legal Ampliatorio N° 21-2006-INPE/18, de fecha 26 de octubre de 2006, la Direccion Regional Centro Huancayo, refiere que el mencionado MORDAZA de seleccion debio de concluir el 13 de MORDAZA de 2006, situacion que no ocurrio, porque el postor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 9 de agosto de 2006, interpuso recurso de revision ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, el cual no se pronuncia, segun Cedula de Notificacion Nº 19140/2006.TC de fecha 16 octubre de 2006, notificado a la Entidad el 18 de octubre de 2006; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 275-2006-INPE/18 de fecha 2 de noviembre de 2006, la Direccion Regional Centro Huancayo reformula su inicial pedido de desabastecimiento inminente, respecto a los Establecimientos Penitenciarios de Huancayo II (Concepcion) y Chanchamayo (La Merced), en el extremo de los periodos y montos; Que, ante tales circunstancias, la Direccion Regional Centro Huancayo, manifiesta que es necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de alimentos preparados de los establecimientos penitenciarios de la referida Direccion Regional, por los siguientes periodos: 26 dias para el personal INPE y 6 dias para internos de Huancayo II (Concepcion); 44 dias para el personal INPE y 26 dias para internos de Chanchamayo (La Merced); 32 dias para el personal INPE y 17 dias para internos de Tarma; 32 dias para el personal INPE y 22 dias para internos de La Oroya; 23 dias para internos de Satipo y 17 dias para el personal de la Sede Regional de la Direccion Regional Centro Huancayo, hasta por la suma de S/. 47 409,50 (Cuarenta y siete mil cuatrocientos nueve y 50/100 nuevos soles), importe que cubrira los gastos, mientras el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, resuelve el recurso de revision, se concluya el MORDAZA de seleccion y se perfeccionen los contratos respectivos, en prevision de que los postores puedan interponer algun recurso impugnativo, ya que los internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requieren de dicho suministro, porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, el cual no puede ser suspendido porque ocasionaria un grave deterioro en la salud de la poblacion penal, actos de violencia, reclamos y protestas de estos, la seguridad de los internos y de los centros penitenciarios, situacion que se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera situacion de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta al Instituto Nacional Penitenciario a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de alimentos preparados para diversos establecimientos penitenciarios y sede regional de la Direccion Regional Centro Huancayo
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 705-2006-INPE/P MORDAZA, 5 de diciembre de 2006 VISTOS, el Oficio N° 275-2006-INPE/18, de fecha 2 de noviembre de 2006, por el que se adjunta Informe Tecnico Legal Ampliatorio Nº 21-2006-INPE/18 y el Oficio Nº 2712006-INPE/18 de fechas 26 y 23 de octubre de 2006, respectivamente, por el que se solicita se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios de Huancayo II (Concepcion),

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.