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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de diciembre de 2006 334368 Que, el artículo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobación de trámites anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios y/o al registro de prospectos informativos correspondientes a programas de emisión, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O ficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en la sesión del Directorio de CONASEV del 18 de diciembre del 2000, en la que se establece que el Gerente de Mercados y Emisores se encuentra facultado a aprobar trámites anticipados y disponer el registro de prospectos de bonos que se emitan por oferta pública y tengan la opinión favorable de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa de bonos denominado “Tercer Programa de Bonos Corporativos del Banco Continental”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/ 100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles; y, disponer el registro del prospecto marco correspondiente; en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto el Banco Continental mantenga su condición de entidad cali ficada, la inscripción de los bonos y el registro de los prospectos complementarios a utilizar en el marco del programa, se entenderán efectuados a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos correspondientes, se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14 literal b) inciso 2) del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a la que se re fiere el artículo 2 de la presente resolución debe efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a los que se re fiere el presente artículo se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de recepción de documentos a la que se re fiere el artículo 14 literal b), numeral 1 Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, de ser el caso, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4º.- La inscripción y el registro a los que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario O ficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución al Banco Continental, en su calidad de emisor y entidad estructuradora; a Continental S.A.B S.A., en su calidad de agente colocador, a Scotiabank Perú S.A.A., en su calidad de Representante de Obligacionistas; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR DELGADO BUTLER Gerente de Mercados y Emisores (e)Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 6223-1INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO Designan Jefe de la Oficina de Aseso- ramiento Institucional del INABEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 289-JI-INABEC/2006 San Borja, 4 de diciembre del 2006VISTO: La Carta de renuncia presentada por el señor Dr. Magno Parra Rodríguez. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 176-JI- INABEC/2006, de fecha 23 de agosto del 2006, se designó al señor Magno Parra Rodríguez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe da la O ficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC Que es necesario aceptar la renuncia presentada al cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la O ficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC; y, De conformidad con la Ley Nº 27594 - Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Orgánica del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo – INABEC, su modi ficatoria Ley Nº 28075 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 041-JI-INABEC-2001; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar la renuncia , a partir de la fecha, del señor Dr. Magno Parra Rodríguez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la O ficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha al señor Luis José Calderón Vargas, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la O ficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY DEL PILAR GARCIA CARRILLO Jefa Institucional 6630-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Precisan plazo contractual del servicio de telefonía autorizado mediante Res. N° 646-2006-INPE/P RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 697-2006-INPE/P Lima, 30 de noviembre de 2006 VISTOS, el O ficio N° 1895-2006-INPE/10 de fecha 27 de noviembre de 2006, de la O ficina General de Administración, O ficio N° E-462-2006/GNP/APS de fecha 24 de noviembre de 2006, emitido por la Subgerencia de Administración de la Plataforma SEACE del CONSUCODE y Oficio N° 1061-2006-INPE/06 de fecha 28 de noviembre de 2006, de la O ficina General de Asesoría Jurídica.