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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de diciembre de 2006 334370 corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, presumiéndose posibles irregularidades en el desarrollo del proceso de selección, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuración de la situación de desabastecimiento inminente, conforme lo dispone el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084 –2004- PCM; Que, en el artículo 148º de la normatividad legal antes citada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Centro Huancayo sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situación; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones de finitivas; Que, mediante O ficio Nº 174-2006-INPE/18.03 de fecha 27 de octubre de 2006, la O ficina de Plani ficación de la Dirección Regional Centro Huancayo, señala que existe la disponibilidad presupuestal para cubrir el desabastecimiento inminente de los citados establecimientos penitenciarios; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Centro Huancayo y a lo opinado por la O ficina General de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de las O ficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Resolución Ministerial N° 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DECLARAR, en situación de desabaste- cimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Huancayo II (Concepción), Chanchamayo (La Merced), Tarma, La Oroya, Satipo y Sede Regional de la Dirección Regional Centro Huancayo, por los períodos de 26 días para el personal INPE y 6 días para internos; 44 días para el personal INPE y 26 días para internos; 32 días para el personal INPE y 17 días para internos; 32 días para el personal INPE y 22 días para internos; 23 días para los internos de Satipo y 17 días calendario para el personal de la Sede Regional, a partir de la fecha de la presente Resolución, mientras resuelve el CONSUCODE el recurso de revisión, se concluye el proceso de Licitación Pública y se perfeccionan los correspondientes contratos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- EXONERAR, a la Dirección Regional Centro Huancayo, del requisito de Licitación Pública para la adquisición de alimentos preparados a que se re fiere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3°.- AUTORIZAR, a la Dirección Regional Centro Huancayo, para la adquisición de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios de Huancayo II (Concepción), Chanchamayo (La Merced), Tarma, La Oroya, Satipo y Sede Regional de la Dirección Regional Centro Huancayo, de acuerdo al siguiente cuadro: NºESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOSPERÍODOS MONTO S/. 1HUANCAYO II (CONCEPCIÓN) (Incluye internos y personal INPE)06(i) 26(p) 1 733,00 2CHANCHAMAYO (LA MERCED) (Incluye internos y personal INPE)26(i) 44(p) 29 242,00 3LA OROYA (Incluye internos y personal INPE)22(i) 32(p) 4 925,00 4TARMA (Incluye internos y personal INPE)17(i) 32(p) 3 633,00 5SATIPO (Sólo internos)23(i) 7 808,50 6SEDE REGIONAL DE LA DRC HYO (Sólo personal INPE)17(p) 68,00 TOTAL 47 409,50Dicha autorización y por los períodos antes mencionados, es con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento inminente prevista en el artículo precedente debiéndose adquirir los alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4°.- DISPONER, que la O ficina General de Administración comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5°.- DISPONER, que la O ficina General de Auditoría inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o con figuración de la situación de desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6°.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA DELSA MAVILA LEON Presidente 6623-1 Designan Secretaria del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 708-2006-INPE/P Lima, 5 de diciembre de 2006VISTO, el O ficio Nº 128-2006-INPE/03 de fecha 14 de noviembre de 2006 del Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Secretaria del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios nivel F-2 del Instituto Nacional Penitenciario; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de con fianza; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de las O ficinas Generales de Asesoría Jurídica y Administración; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º .- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la servidora CARMEN LUZ CORA CASTRO, en el cargo público de con fianza de Secretaria del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios, nivel F-2 del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2º.- REMITIR, copia de la presente Resolución a la Vicepresidencia, Dirección Regional Sur Arequipa, O ficina General de Asesoría Jurídica, O ficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario e interesada para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA DELSA MAVILA LEON Presidente 6622-1