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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de diciembre de 2006 334426 y la incorporación de una Disposición Complementaria en ella. Que, el sustento jurídico de la necesaria modi fi cación a la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M en los extremos antes precisados, se basa en la aplicación de los principios jurídicos de legalidad, debido procedimiento, infomalismo contenidos en el artículo IV de la Ley Nº 27444; “Ley del Procedimiento Administrativo General”, además en lo señalado en el artículo 2º de la misma Ordenanza glosada que señala; “Consolidar y fortalecer las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Huarochirí a través de la delegación de competencias, funciones y atribuciones de la Municipalidad Provincial de conformidad a las disposiciones legales vigentes, incluyendo los recursos económicos correspondientes. Que, es preciso señalar que la Adecuación de Municipalidades de Centros Poblados, es un procedimiento por el cual una Municipalidad de Centro Poblado ya creado al amparo de la Ley anterior Nº 23853, procede a ingresar a un proceso de adecuación a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, en consecuencia no resulta aplicable a este proceso las exigencias de ley de la creación de un Municipio de Centro Poblado, que es un procedimiento distinto, por lo que el artículo 17º de la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M al exigir en sus literales a) y b); exigencias de la creación de un Municipio de Centro Poblado, estarían vulnerando el principio de legalidad, por lo que atendiendo al principio tuitivo de la administración y en ejercicio del principio del Informalismo y a los efectos de recti fi car la normativa en materia de Adecuación, debe el Concejo Provincial en salvaguarda y protección de los intereses poblaciones que cautela, modi fi car la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M, para cuyo efecto se aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 028-2005/CM-MPH-M. Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Artículo 17º en sus literales a) y b) de la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M; debiendo quedar como sigue: “Artículo 17º.- Los requisitos fundamentales que deben reunir las Municipalidades de Centros Poblados para su Adecuación son los siguientes;a) Mapa Topográ fi co u otro documento similar que determina los límites territoriales de la referida Municipalidad de Centro Poblado y que estén debidamente aprobados por la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Huarochirí. b) Padrón de todos los habitantes mayores de edad que residan efectivamente en la jurisdicción de la Municipalidad de Centro Poblado, cuyo número no puede ser menor al número con el cual fueron creados en su oportunidad....” Artículo Segundo.- DISPONER que por efecto de la presente modi fi cación, la reevaluación de todos los Expedientes ya presentados y los que presenten por primera vez a la Comisión del COAMCEP debiendo activarse nuevamente los plazos establecidos del procedimiento de evaluación tanto en la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M como en la Ley Nº 28458. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA.- Señalar que el proceso de Adecuación es un proceso paulatino que se inicia con la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M y que exigirá la expedición de otras Ordenanzas vinculadas al proceso de transferencia de recursos, competencias y funciones para lo cual debe aprobarse nueva Ordenanza donde se incorpore al referido proceso a las Municipalidades Distritales de la provincia y conforme a la jurisdicción de cada Municipio de Centro Poblado. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Se reactive inmediatamente al COAMCEP a los mismos fi nes y objeto señalados en la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M. SEGUNDA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- En todo lo demás ratifíquese en todos sus extremos la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 6602-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL