Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2006 (13/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

334409

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales a que hubiere lugar contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA REINOSO, DEISY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ANIBERTO MOSQUERA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIMACO y los que resulten responsables, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6692-8

MORDAZA MORDAZA MORDAZA uso de su descanso fisico vacacional por 30 dias, del 11 de diciembre de 2006 al 09 de enero del 2007, proponiendo se encargue en dicho cargo, en tanto dure la ausencia de la titular, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARRENO; Estando a lo propuesto y conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26497 - Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 921-2006-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido a partir del 08 de diciembre del 2006, el encargo conferido al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe responsable de la Oficina Registral Chosica de la Jefatura Regional MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados en el referido cargo. Articulo Segundo.- Encargar del 06 al 22 de diciembre del 2006, en tanto dure la ausencia de la titular, a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA COCHELLA, en el cargo de Jefe responsable de la Oficina Registral MORDAZA de la Jefatura Regional MORDAZA de la Gerencia de Operaciones, quien ademas ejercera las funciones previstas en el articulo 15º del Reglamento de Inscripciones en su calidad de Registrador y actuara como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que alli se inicien. Articulo Tercero.- Encargar del 11 de diciembre del 2006 al 09 de Enero del 2007, en tanto dure la ausencia de la titular, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe responsable de la Oficina Registral Callao de la Jefatura Regional MORDAZA de la Gerencia de Operaciones, quien ademas ejercera las funciones previstas en el articulo 15º del Reglamento de Inscripciones en su calidad de Registrador y actuara como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que alli se inicien. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Operaciones la implementacion de las acciones pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6692-1

Encargan funciones de Jefes responsables de las Oficinas Registrales MORDAZA y Callao de la Jefatura Regional MORDAZA de la Gerencia de Operaciones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1226-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de diciembre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 5233-2006-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones, mediante el cual se propone a los profesionales que se haran cargo de las Oficinas Registrales de MORDAZA y Callao, de la Jefatura Regional Lima; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC ha venido emitiendo diversas resoluciones jefaturales por las cuales se han incorporado progresivamente las oficinas registrales de diferentes municipalidades distritales; Que. mediante Resolucion Jefatural Nº 679-2006JEF/RENIEC de fecha 06 de MORDAZA del 2006, se designo a la senora abogada LIUBEN DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la senora CPC JADI MARLENI MORDAZA MORDAZA como Jefes responsables de las Oficinas Registrales de MORDAZA y Callao, respectivamente; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 1022-2006-JEF/ RENIEC se encargo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe responsable de la Oficina Registral de Chosica, a partir del 31 de octubre del 2006, en tanto dure la ausencia de la titular, siendo el caso que el descanso medico de la senora abogada FARIDY MORDAZA HANDALL MORDAZA concluira el 07 de diciembre de 2006, luego de lo cual se reintegrara a sus labores; Que, mediante el documento de Visto, el Gerente de Operaciones manifiesta que la Jefe responsable de la Oficina Registral de MORDAZA sera intervenida quirurgicamente, por lo que se ausentara a partir del 06 de diciembre de 2006 por un lapso de 17 dias, proponiendo se encargue en dicho cargo, en tanto dure la ausencia de la titular, a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA COCHELLA; Que, asimismo, en el oficio de Visto, el Gerente de Operaciones indica que la senora CPC JADI MARLENI

Revocan facultades registrales conferidas a la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1235-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 12 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 0135-2006/CTRC/RENIEC, emitido por la Comision de Transferencia de los Registros del Estado Civil y el Oficio Nº 3613-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de MORDAZA de 1996, se delego a las Oficinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizadas a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, autorizando a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Oficinas del Registro del Estado Civil;

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